Novedades BOE | Regulación de los servicios de auxilio en las vías públicas

Operario trabajando en el auxilio a un vehículo | Shutterstock
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En el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles 17 de marzo se publica un real decreto por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas para establecer las condiciones en las que deben realizar sus funciones al acudir al lugar de un accidente o avería.

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El texto establece las condiciones que deben respetarse mientras se lleven a cabo las tareas propias de las operaciones de auxilio en vías públicas, así como las de circulación de los vehículos, su equipamiento y señalización. Por ejemplo, se especifica que no se realizará ninguna operación que tenga por objeto la reparación del vehículo en la propia vía salvo que requiera menos tiempo que la retirada del vehículo de la vía o que sea imprescindible para efectuar la retirada del vehículo inmovilizado.

Se indican también los requisitos para el desarrollo del servicio de los profesionales encargados de realizar las tareas de estas operaciones y los requisitos mínimos de seguridad a respetar durante las mismas. Así, queda prohibido realizar operaciones de auxilio de cualquier tipo que supongan realizar actos en el lado inmediatamente contiguo al flujo de tráfico. De ser esto estrictamente necesario, se comunicará a la autoridad encargada de la regulación para que determine la medida del flujo circulatorio que permita actuar con total seguridad.

Como novedad se introduce la obligación de comunicar la inmovilización o accidente de un vehículo por medios telemáticos a la autoridad competente en materia de regulación del tráfico, indicando la posición del vehículo y los estados durante la operación de auxilio para su publicación en el punto de acceso nacional en materia de tráfico y movilidad.

Además, por este real decreto se crea el Registro Estatal de Auxilio en Vías Públicas (REAV) del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, con el objetivo de “aportar una mayor certeza y seguridad a la hora de realizar las operaciones propias del auxilio en vías públicas”. 

Cobertura de créditos en el marco de la COVID-19

En el BOE también se publica la orden por la que se aprueba la modificación de las primas aplicables a la segunda línea extraordinaria de cobertura de créditos de circulante de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, SA, en el marco de la COVID-19. 

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Junto a la aprobación de la Segunda Línea Extraordinaria de Cobertura de Créditos de Circulante, Línea COVID II, España ha notificado a la Comisión Europea varias modificaciones de la Notificación Paraguas. Esta notificación fue emitida por España en marzo y aprobada por la Comisión Europea en abril, y hace referencia a la aplicación de las ayudas de Estado permitidas por la Unión Europea en el marco de la COVID-19. Así, estos cambios afectan a distintas condiciones de la línea entre las que se incluyen las primas, las cuales se pueden consultar aquí

Indulto a un Guardia Civil como autor de un delito de “insulto a superior”

El Boletín también recoge el indulto a Antonio Castillo Cerdá, un Guardia Civil condenado por el Tribunal Militar Territorial Primero como autor de un delito de “insulto a superior”, a la pena de nueve meses de prisión, pérdida de empleo, suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Así, a propuesta de la Ministra de Defensa, y previa deliberación del Consejo de Ministros, se conmuta su pena por otra de nueve meses de trabajos en beneficio de la comunidad.

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