El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este lunes una orden de Presidencia del Gobierno mediante la cual se modifica el real decreto por el que se reestructuraron en enero de 2020 los departamentos ministeriales.
Según la nueva orden, que entra en vigor este lunes al ser el día de su publicación en el BOE, la declaración en marzo de 2020 de la situación de emergencia ocasionada por el COVID-19 como pandemia internacional por la Organización Mundial de la Salud (OMS), así como las posteriores actuaciones para el control de la enfermedad por parte del Gobierno —y en particular por parte del Ministro de Sanidad—, «han marcado un punto de inflexión por lo que se refiere a la gestión de la política en materia sanitaria«.
Así, determina que se ha evidenciado «la necesidad de reforzar el Ministerio de Sanidad de cara al control de posibles rebrotes de la enfermedad, así como ante la aparición de nuevas enfermedades de potencial pandémico».
Es por ello por lo que se modifica el artículo 17 del Real decreto de enero, que recogía que «corresponde al Ministerio de Sanidad la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria, así como el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud».
La nueva orden añade a este artículo que el Ministerio de Sanidad «dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Sanidad«.
Ayudas a la pesca por el coronavirus
El Boletín también recoge en un Real Decreto publicado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la aprobación de las bases reguladoras —baremo que se utiliza para calcular las prestaciones— de las ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera para poder hacer frente al impacto económico y social derivado de la pandemia del COVID-19.
Así, se aprueban ayudas de 30 millones de euros para armadores y pescadores por la paralización por el COVID-19. Se trata de una prestación cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en un 75%, y por el Ministerio de Agricultura en un 25%.
El documento recuerda que el estado de alarma, declarado el 14 de marzo, permitió la continuidad de las actividades pesqueras como parte de la cadena de suministro alimentario, pero, «a su vez, estableció el cierre provisional de una gran parte de los principales compradores de productos pesqueros como son la hostelería y restauración».
Esto, recoge, ha provocado una drástica reducción de la actividad habitual de los buques españoles, así como de los establecimientos dedicados a la actividad de la acuicultura. Además, el Ministerio constata «una pérdida de liquidez en las empresas pesqueras que pone en riesgo su continuidad y viabilidad».
Así el nuevo Real Decreto, establece la posibilidad de obtener ayudas en el caso de los armadores y los pescadores cuyas empresas no han presentado un procedimiento de suspensión de contratos o cese de actividad.
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