El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este viernes 02 de diciembre publica la ley que regula el sistema de licencias que permite la puesta a disposición, introducción, posesión y utilización de precursores de explosivos restringidos por los particulares en España, así mismo incluye el régimen sancionador que se podrá aplicar en caso de infracción.
Los atentados que sufrió Europa obligaron a restringir más el acceso a sustancias explosivas
La base de esta ley se encuentra en el reglamento que aprobó en 2013 el Parlamento Europeo, tratando de elevar el grado de seguridad colectiva sobre los explosivos. Se trata del Reglamento (UE) n.º 98/2013, sobre la comercialización y utilización de los precursores de explosivos, en el que se establecen una serie de normas armonizadas sobre la puesta a disposición, introducción, posesión y utilización de estas sustancias.
España aplicó este reglamento en la Ley 8/2017, de 8 de noviembre, sobre precursores de explosivos, pero tras varias acciones terroristas que tuvieron lugar en Europa pusieron de relieve la necesidad de restringir aún más el acceso a este tipo de sustancias, motivando al órgano regulador de la UE a confeccionar una nueva norma más restrictiva como herramienta para continuar con el compromiso global de combatir el fenómeno terrorista y la delincuencia grave.
Es así como se aprueba el Reglamento (UE) n.º 2019/1148, del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019, que debería aprobarse a partir del 1 de febrero de 2021, es en base a este nuevo reglamento, que España ha aprobado esta nueva ley.
Quedan excluidos los artículos pirotécnicos, pistones de juguetes y productos cosméticos
En el ámbito de aplicación de la ley se limita los materiales que se tratan de controlar con esta ley. Entre ellos están los artículos y equipos pirotécnicos, los pistones de percusión destinados a juguetes, los medicamentos de uso humano, medicamentos veterinarios y productos cosméticos.
La ley también prohíbe que los particulares introduzcan en España materiales precursores de explosivos regulados desde terceros países. El BOE también señala que la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad designará al Punto de Contacto Nacional para la comunicación de transacciones sospechosas, desapariciones y sustracciones de sustancias o mezclas susceptibles de utilizarse de forma indebida para la fabricación ilícita de explosivos, que estará disponible con carácter permanente.
Multas de 10.001 a 60.000 euros
El BOE señala que las infracciones muy graves cometidas por los operadores económicos y los mercados en línea serán sancionadas con multa de 10.001 a 60.000 euros; las graves, con multa de 3.001 a 10.000 euros, y las leves, con multa de 601 a 3.000 euros.
Además de la ley que regula la comercialización y uso de explosivos, el BOE también publica la adjudicación de plazas a seis jueces, que son las siguientes:
- Gabriel Martínez García, plaza en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Palencia
- Mariano Jesús Mateo Zabala, plaza en el Juzgado de lo Penal número 4 de Valladolid
- Pedro Santiago Romero Buck-Arstad, en el Juzgado de lo Penal número 1 de Donostia-San Sebastián
- María del Pilar García Ruiz, magistrada de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
- María Jesús Manzano, como magistrada de la Sección de Apelación Penal en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
- Rafael Toledano Cantero, será magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo