El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este viernes publica varios contratos de la Secretaría de Estado de Sanidad. Uno de ellos hace referencia al “Servicio de asistencia técnica para la revisión y definición de procesos y para la ejecución, seguimiento y control del Plan de vacunación frente al COVID-19 en España”.
Dicho contrato, fue adjudicado el pasado 1 de diciembre a Indra por un valor de 794.892,00 euros. Se trata, de nuevo, de un contrato negociado sin publicidad y tramitado mediante procedimiento de emergencia. Del mismo modo, recordamos que en el BOE del 9 de diciembre se publicó un contrato del Gobierno con esta misma empresa en torno a Radar COVID por valor de 1,4 millones de euros.
Una vez más, los pliegos no se encuentran disponibles en el Portal de Contratación del Estado. Por ello, no es posible obtener información más detallada sobre este contrato. Esto mismo ya ha ocurrido previamente con otras licitaciones, como es el caso del contrato para el diseño y desarrollo de la app Radar COVID. Para este contrato, los pliegos tampoco se pueden consultar y su petición a través del Portal de Transparencia ha sido denegada a Newtral.es.
Límite del endeudamiento de las comunidades autónomas y municipios
El BOE recoge, además, una resolución que actualiza otra de 2017, por la que se define “el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales”. Es decir, se establece el límite máximo del endeudamiento de estas entidades.
La Resolución de 4 de julio de 2017, establece que “las comunidades autónomas y las entidades locales solo podrán concertar operaciones de endeudamiento y de derivados financieros en los términos que se establecen en los siguientes apartados». Añade, además, que esto ha de ser «sin perjuicio de las operaciones de endeudamiento concertadas con organismos multilaterales de financiación, que quedarán exclusivamente sujetas al cumplimiento de la condición de coste máximo”.
Así, con esta nueva actualización y conforme a la obligación de actualización mensual del coste de financiación del Estado a cada plazo, se publica un nuevo anexo 1 con los tipos de interés fijos y diferenciales.
0 Comentarios