Una edición extraordinaria del Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge el real decreto por el que el Gobierno ha aplicado el estado de alarma en nueve municipios de la Comunidad de Madrid, sujetos ya a las restricciones acordadas por el Consejo Interterritorial de Sanidad. Son Móstoles, Fuenlabrada, Leganés, Getafe, Alcorcón, Torrejón de Ardoz, Parla, Alcobendas y la propia capital.
Según ha explicado Salvador Illa, Alcalá de Henares -hasta ahora también incluida- ha salido de la lista tras su evolución en los últimos días: “Ha mejorado su situación y ha podido ser excluido de estas medidas”.
En todas ellas estaban restringidas las entradas y salidas hasta ayer, pero el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tumbó este jueves la medida. Ante la negativa del Gobierno regional de adoptarla, el Consejo de Ministros ha optado por hacerlo él mismo a través del estado de alarma para “dar cobertura jurídica” a las medidas, ha argumentado el ministro de Sanidad.
[Mapa del coronavirus en Madrid]
El real decreto ha entrado en vigor “en el mismo instante” de su publicación en el BOE y tendrá una vigencia de 15 días, el tiempo máximo permitido por la Constitución. Si el Ejecutivo quisiera prorrogarlo más allá de este plazo estaría obligado a someter la decisión al Congreso de los Diputados, como ya tuvo que hacer en la primera ola.
Establecido el confinamiento perimetral
Hasta el 24 de octubre, todos los habitantes de las nueve localidades señaladas solo podrán salir de ellas en casos excepcionales: ir a un centro sanitario, a trabajar o a un centro educativo; volver a la residencia habitual, desplazarse para cuidar a dependientes, mayores, menores y personas con discapacidad; ir a entidades financieras (si no puede aplazarse); trasladarse para cumplir con las actuaciones requeridas por órganos públicos o judiciales, renovar permisos y documentación oficiales o realizar exámenes; y cualquier otra causa de fuerza mayor o necesidad.
Estas restricciones no serán aplicables a “las personas en tránsito”, es decir, a quienes atraviesen estos municipios pero tengan el punto de salida y destino fuera de ellos.
La Comunidad mantiene sus competencias y podrá tomar más medidas
El Gobierno va a ser la autoridad competente en lo referido al estado de alarma. Sin embargo, el texto especifica que “cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente, así como la gestión de sus servicios y de su personal, para adoptar las medidas que estime necesarias, sin perjuicio de lo establecido en este real decreto”.
Por tanto, el Ejecutivo de Díaz Ayuso podrá tomar nuevas medidas si piensa que es necesario siempre y cuando respeten las contenidas en el real decreto.
Otras limitaciones que siguen en vigor
Además del confinamiento perimetral aprobado por el Consejo de Ministros, en estos municipios siguen vigentes las restricciones sociales que aprobó el Consejo Interterritorial de Sanidad para mitigar la expansión del coronavirus:
- Limitación a seis el número de personas que podían reunirse en espacios públicos o privados, salvo en ambientes de trabajo o institucionales.
- Reducción de aforos y horarios de la siguiente forma en distintos establecimientos:
- Lugares de culto: máximo un tercio de ocupación con distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Velatorios: un máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados. En las cremaciones o comitivas solo pueden participar 15 personas.
- Comercios: aforo al 50% y cierre a las 22:00 horas, salvo en servicios considerados esenciales como farmacias o gasolineras.
- Hostelería y locales de apuestas: en interiores, aforo de 50% y del 60% en terrazas, con el consumo en barras prohibido y mesas con hasta 6 personas. A las 22:00 horas se debe dejar de atender y a las 23:00 horas, se tiene que echar el cierre.
- Instalaciones deportivas: aforo limitado al 50% en espacios interiores y al 60% en el exterior. El deporte en grupo se restringe a 6 personas, a excepciones de las competiciones oficiales que están regidas por otra normativa.
- Academias y autoescuelas: aforo del 50%.
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Cinco diferencias con el estado de alarma de marzo
La aplicación de este segundo estado de alarma presenta varias diferencias respecto al que se decretó en la primera ola.
- Extensión: solo afecta a nueve municipios de la Comunidad de Madrid mientras que el anterior se extendió a todo el territorio nacional.
- Confinamiento: es uno “perimetral”, que permite la movilidad dentro de cada localidad frente al confinamiento domiciliario anterior. Entonces, solo se podía salir de casa en situaciones muy concretas: ir a trabajar, al médico o al banco, desplazarse para cuidar a una persona dependiente, hacer compras esenciales o retornar al lugar de residencia habitual.
- Actividad de centros educativos: se mantienen abiertos. En marzo, se cerraron.
- Hostelería: permanecen activos, pero con restricciones. En la anterior ocasión, tuvieron que bajar la persiana y, hasta la desescalada, solo podían ofrecer servicio de entrega a domicilio.
- Ocio y comercio: pueden seguir ofreciendo sus servicios cumpliendo con las limitaciones de ocio y aforo estipuladas. En la anterior ocasión, se vieron obligados a parar su actividad todos los que se consideró que no ofrecían productos esenciales (supermercados, gasolineras, tintorerías, estancos…)
¿Qué es un confinamiento perimetral?
El director del Centro de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, explicó recientemente en una rueda de prensa qué es exactamente un confinamiento perimetral.
“Ahora mismo, los confinamientos que se plantean no son confinamientos individuales en el domicilio, se plantean confinamientos perimetrales con varios objetivos. Uno: evitar que un territorio afecte más de lo que deba a territorios de alrededor. Y cuando digo más de lo que deba quiero decir que, para evitar un impacto excesivo socioeconómico, se permiten en estos confinamientos la movilidad por una serie de excepciones: trabajo, educación… Además, esta medida tiene un impacto secundario: si hay un confinamiento perimetral, una persona puede moverse dentro de su municipio».
«Es decir, lo que tenemos que entender no es un confinamiento individual en el domicilio sino que dentro de los territorios con un confinamiento perimetral hay una actividad de vida normal. Pero, gracias a estas medidas, aquellos que no tienen necesidad de salir es muy probable que restrinjan motu proprio algunas de esas salidas. Y eso también favorece el control de la transmisión”.