Novedades BOE | Los autónomos podrán trasladar los datos directamente al borrador de la declaración de la renta

BOE renta autónomos
Documento de la declaración de la renta 2019 | Davide Bonaldo (Shutterstock)
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En el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves 18 de marzo se publica la orden por la que se aprueban los modelos de declaración de la Renta y del impuesto de Patrimonio para el ejercicio 2020. Con ello se determinan todas las características para su obtención, modificación y presentación. 

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BOE, Renta y autónomos

En cuanto a la renta de los autónomos, entre las novedades del BOE destaca que los autónomos pueden trasladar directamente los datos al borrador. Es decir, se simplifica el trámite de trasladar los importes consignados en los libros registro del IRPF a las correspondientes casillas de este apartado del modelo, siempre que lleven sus libros de registro conforme al formato de la Agencia Tributaria.

El modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2020 se ha visto condicionado por la situación de emergencia de salud pública provocada por la COVID-19, determinando que las medidas normativas adoptadas se hayan orientado especialmente al plano sanitario, económico y social. Sin embargo, tal y como señala el texto, no se han producido cambios importantes desde el punto de vista jurídico.

Los contribuyentes que no tendrán que declarar son aquellos que hayan percibido hasta 22.000 euros anuales cuando procedan de un solo pagador, o 14.000 euros si la cantidad percibida por ese segundo supera los 1.500 euros. Esto afecta a los trabajadores que han estado en ERTE, ya que en este ejercicio algunos cuentan con dos pagadores: su empresa y el Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe).

El 7 de abril, día en el que ya se puede obtener el borrador y los datos fiscales de la declaración, dará comienzo esta campaña, y durará hasta el 30 de junio.

Medidas para equilibrar la presencia de mujeres y hombres en los Mossos

En el BOE también se incluye un decreto-ley por el que se modifica la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad-Mossos d’Esquadra, y se establecen medidas correctoras para equilibrar la presencia de hombres y mujeres en el cuerpo. 

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Así, se añade una nueva disposición transitoria que establece que las convocatorias para acceder a las diferentes categorías del cuerpo de Mossos d’Esquadra “tienen que establecer que los empates de puntuación en el orden de clasificación de los aspirantes deben dirimirse, como primer criterio, dando preferencia a las personas candidatas del sexo menos representado cuando este no llegue al 40% de aquella categoría”.

Ayudas por la COVID-19 en Cataluña y Canarias

También para Cataluña se publican una serie de ayudas extraordinarias en el ámbito de la educación en el ocio y de las actividades extraescolares para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19.

Entre estas ayudas se encuentran algunas como las dirigidas a las entidades inscritas en el Censo de Entidades Juveniles de la Dirección General de Juventud que realizan actividades de ocio educativo entre semana para niños y jóvenes de entre 3 y 18 años. Esta prestación económica será de pago único por un importe fijo de 1.500 euros.

En el caso de Canarias, se publica un decreto ley con medidas urgentes de carácter social dirigidas a las personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. En esta comunidad también se publican medidas de carácter económico y se establece el tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario a la importación o entrega de determinados bienes necesarios. 

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