El Boletín Oficial del Estado de este sábado 24 de julio publica las condiciones a las que deben someterse los viajeros que lleguen a España de países que por sus indicadores se consideran muy afectados por la COVID-19 o “de alto riesgo”, como cita el texto. Argentina, Bolivia, Colombia y Namibia son los estados directamente mencionados en esta orden.
Las personas que lleguen en vuelo desde cualquiera de los aeropuertos de esos países a los de España, con o sin escalas intermedias, tendrán que guardar una cuarentena de diez días desde que aterricen. Deberán permanecer en su domicilio o alojamiento y limitar los accesos de terceras personas si no se desplazan por causas imprescindibles o “de fuerza mayor”.
Este aislamiento podrá reducirse a siete días, según se establece en el Boletín Oficial del Estado, si al séptimo día el viajero se realiza una prueba diagnóstica y da negativo en COVID-19.
La orden tendrá vigor desde las 00:00 del martes 27 de julio, y tiene una duración de 14 días, aunque podrá ampliarse después de ese momento. Su incumplimiento se sancionará según lo establecido en la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
Están excluidos los pasajeros en tránsito que sean residentes o titulares de visados de larga duración de países de la UE y Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano o San Marino, que se dirijan a ese país. También se exceptúa el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
Los criterios que el Ministerio de Sanidad ha tenido en cuenta para establecer que los viajeros procedentes de estos cuatro países son de alto riesgo y deben aislarse como medida preventiva son: las altas incidencias acumuladas, la tasa de positividad, la tasa de pruebas diagnósticas, la tasa de población vacunada, las capacidades de respuesta según lo contemplado en el Reglamento Sanitario Internacional, la información sobre la circulación de variantes de especial preocupación identificadas en dichos países y el número de secuenciaciones realizadas. También el elevado número de vuelos y personas procedentes de algunos de ellos.
Publicadas las cuentas de RTVE en 2020
El Boletín Oficial del Estado también publica este sábado, como establece la ley, las cuentas anuales de 2020 del Grupo RTVE y el informe de auditoría. En total, el resultado obtenido asciende a 11.405.173 euros de pérdidas.
El Grupo RTVE está constituido por el Ente Público Radiotelevisión Española, Televisión Española (TVE) y Radio Nacional de España (RNE). Así, este resultado se compone, según la disposición, de pérdidas de 11.405.108 euros en el Ente Público RTVE, de 65 euros en RNE y de ganancias de 378.699 euros en TVE.
El grupo RTVE ha establecido compensar las pérdidas de esta forma: en RNE por importe de 65 euros con cargo a reservas de libre disposición. En TVE distribuirán los beneficios del ejercicio 2020 por importe de 378.699 euros, para compensación de resultados negativos de ejercicios anteriores. En el caso del Ente Público RTVE, donde ha habido mayores pérdidas, las “aplicarán” disminuyendo el epígrafe de “Fondo Social”.
Fuentes:
- Resolución de 19 de julio de 2021, del Ente Público Radiotelevisión Española
en Liquidación, por la que se publican las cuentas anuales consolidadas del
Grupo Radiotelevisión Española en Liquidación del ejercicio 2020 y el informe
de auditoría. - Resolución de 19 de julio de 2021, del Ente Público Radiotelevisión Española
en Liquidación, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2020
y el informe de auditoría. - Orden SND/791/2021, de 23 de julio, sobre las condiciones de cuarentena a
las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo
a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por
el COVID-19.
El BOE habla de que las personas que lleguen de esos países deberán hacer cuarentena pero no especifica si pueden entrar o no los turistas de esos países me podrían ayudar con la duda gracias
¿Un hijo a cargo de 25 años del cónyuge extranjero de un ciudadano español que vive en Colombia y viene a reunirse con su madre, con acta de manifestaciones, documentos para tramitar la tarjeta como familiar de primer grado, reagrupación régimen comunitario . se le aplica las restricciones del día 27 de julio? mi hija esta vacunada con jonson, pasaporte en vigor y se hará PCR 48 horas antes .
¿Un hijo a cargo de 25 años del cónyuge extranjero de un ciudadano español que vive en Colombia y viene a reunirse con su madre, con acta de manifestaciones, documentos para tramitar la tarjeta como familiar de primer grado. se le aplica las restricciones del día 27 de julio? mi hija esta vacunada con jonson, pasaporte en vigor y se hará PCR 48 horas antes .