Novedades BOE: Argelia sale de la lista de países que pueden visitar la UE

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Javier Fuentes (EFE)
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes una orden del Ministerio del Interior por la que se regulan las fronteras y la restricción temporal de los viajes no imprescindibles, es decir, del turismo.

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En concreto, se centra en el tráfico de viajeros desde terceros países a la Unión Europea por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria del coronavirus. Así, se actualiza este listado tras la decisión del Consejo de la Unión Europea de modificar los países fuera del Espacio Schengen que pueden visitar la UE.

En este caso, el Consejo ha decidido eliminar a Algeria de países que pueden visitar. No obstante, en el caso de España esto no tiene efectos, según se recuerda en la orden publicada, ya que no se estaban recibiendo visitantes de ese país al haber establecido un principio de reciprocidad que aún no se había establecido. Esto consiste en que las fronteras se abren cuando esos países a su vez permitan la entrada de españoles en su territorio.

«La supresión de Argelia no tendrá repercusiones prácticas, pues en aplicación del principio de reciprocidad todavía no había surtido efectos su presencia en el anexo», recoge el BOE.

En concreto los países del listado ahora son 12 después de que el Consejo de la Unión Europea haya sacado de la lista a Argelia: AustraliaCanadáChina, Corea del SurGeorgiaJapónMarruecos, MontenegroNueva ZelandaRuandaSerbiaUruguayTailandia y Túnez.

Además, a España pueden llegar, como hasta ahora, turistas de los 26 países que forman el Espacio Schengen. Estos son Austria, Bélgica, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia, Suiza y Liechtenstein.

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El Ministerio del interior además, prorroga hasta septiembre la norma anterior sobre la que se basa estas regulaciones de las fronteras y la restricción temporal de los viajes no imprescindibles, ya que cesaba el 31 de julio. En caso de que haya algún cambio en los países que puedan visitar, por tanto, lo modificará únicamente en el anexo de dicha orden.