El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley de Convivencia Universitaria, que deroga la norma vigente hasta ahora del año 1954 e impone un nuevo régimen sancionador que incluye las novatadas en la universidad como falta muy grave.
El fin del nuevo texto es “dotar a las universidades públicas de un marco homogéneo y común de resolución de conflictos en un enfoque democrático y adaptado plenamente al ordenamiento constitucional”, según ha explicado la ministra portavoz, quien ha puesto el acento en que el texto anterior se aprobó antes de la llegada de la democracia a España.
¿A quién afecta?
A todos los estudiantes de las universidades públicas de España y, en algunos casos, también a los profesores y al personal de administración y servicios que cuentan con un régimen propio aprobado en 1985.
Por su parte, la ley no será de aplicación en las universidades privadas, sin menoscabo de que puedan desarrollar mecanismos alternativos de resolución de conflictos inspirados en la esta norma.
Novatadas, universidad y otros puntos clave
- Aprobación de sus propias normas de convivencia. Cada centro público deberá implantar su propia normativa que será de obligado cumplimiento para toda la comunidad universitaria. Estas deberán incluir medidas de prevención y respuesta frente a la violencia, la discriminación y el acoso.
- Capacidad sancionadora. Las universidades tendrán la potestad de sancionar disciplinariamente a quienes alteren gravemente la convivencia o el normal funcionamiento de la universidad. El texto contempla faltas muy graves, graves y leves. Entre otros, las primeras pueden conllevar la expulsión de dos meses a tres años de la universidad; las segundas, una expulsión de hasta un mes; y las terceras, una amonestación privada.
- Tipos de falta. El anteproyecto de ley define tres tipos de faltas, que se atribuirán a un determinado comportamiento en función de la intencionalidad, la reiteración o la reparación del daño.
- Muy graves: llevar a cabo novatadas en la universidad que “supongan un menoscabo para la dignidad de las personas”, acosar a cualquier miembro de la comunidad universitaria, alterar, falsificar o destruir documentos académicos o plagiar total o parcialmente una obra.
- Graves: hacerse de forma indebida con exámenes, acceder sin autorización a los sistemas informáticos de la universidad o dañar de gravedad el patrimonio de la universidad.
- Leves: acceder a las instalaciones universitarias sin autorización o copiar en un examen con medios que no sean considerados graves o muy graves.
- Mecanismo de mediación. Según ha explicado María Jesús Montero la norma sitúa la mediación como “la esencia de la convivencia” y el cauce por el que sería deseable que se resolvieran los conflictos. Esta, solo podrá ponerse en marcha si están de acuerdo todas las partes y durará como máximo dos meses desde la sesión constitutiva del proceso.
- Creación de Comisión de Convivencia. Las universidades deberán crear una comisión específica para promover el uso del mecanismo de mediación, canalizar las propuestas para mejorar la convivencia e “implementar” lo establecido en esta ley. Deberá estar integrada de forma paritaria por estudiantes, personal docente e investigador y personal de administración y servicios.
¿Cuál es el siguiente paso?
El anteproyecto de ley iniciará en los próximos días una fase de audiencia pública para que los agentes en los que repercute la norma puedan puedan aportar su opinión.
Terminado el proceso, la norma volverá al Consejo de Ministros para ser remitida a las Cortes. Según EFE, esto podría ocurrir a finales de verano.
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