Qué normas regulan la reventa de entradas a eventos y qué plantea Consumo

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El ministro Pablo Bustinduy | Foto: Javier Lizón | EFE
Tiempo de lectura: 3 min

El Consejo de Ministros aprobó este martes el anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible presentada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 que plantea, entre otras cosas, prohibir aumentar el precio en la reventa de entradas a eventos culturales deportivos más allá de la variación del IPC desde el momento de la compra inicial.

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  • Con esta propuesta, Consumo busca atacar los incentivos económicos que hay actualmente en la reventa para poder acabar con la misma. 
  • Este nuevo límite se sumaría a la prohibición ya vigente que sanciona el uso de softwares en internet para obtener entradas de espectáculos culturales de forma masiva para revenderlas posteriormente a un precio mucho más alto. 

La normativa vigente. En España está prohibida la reventa de entradas en la calle (venta ambulante) a través del Real Decreto 2816/1982. Se trata de una norma anterior a internet con la que el legislador pretendía impedir la reventa fuera de los recintos antes de un evento cultural o deportivo, como un concierto o un partido de fútbol. 

  • En internet no existe una ley estatal que regule de forma general la reventa de entradas a través de plataformas digitales para aquellos que busquen lucrarse con esta práctica.

En la actualidad, la Ley de Competencia Desleal, sí que prohíbe la utilización de programas o bots digitales para adquirir un número de entradas “que exceda los límites técnicos impuestos por el vendedor primario o sortear cualquier otro medio técnico empleado” por este, con el fin de revenderlas posteriormente a un precio superior.

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  • Sin embargo, el ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, ha reconocido que esta medida no está funcionando, dado que hay compañías que realizan esa práctica y luego revenden esas entradas a precios muy superiores a los originales.

Adicionalmente, el Reglamento de Servicios Digitales de la Unión Europea, en vigor desde febrero de 2024, establece obligaciones para las plataformas digitales que actúan como intermediarias en la venta de entradas con el fin de garantizar la protección del usuario.

El anteproyecto de ley. La nueva ley propuesta por Consumo plantea que la reventa de entradas a través de internet solo se pueda llevar a cabo cuando el precio de estas no supere la variación del IPC desde el momento de la compra inicial.

  • Al igual que con la publicidad de pisos turísticos, la puesta a la venta de entradas en reventa con un precio superior al regulado, convertirá esta actividad en ilícita, pudiéndose instar al bloqueo de las páginas web donde se produzca la infracción, y la consecuente sanción para el infractor.

Desde FACUA-Consumidores en Acción afirman a Newtral.es que este anteproyecto lo que pretende es acabar con la reventa lucrativa. “Es decir, si no puedes ir al evento podrás vender la entrada al mismo precio, pero si quieres sacarle beneficio estaría prohibido y sería sancionable”, explican. 

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Siguientes pasos. El texto que el Consejo de Ministros ha aprobado este martes en primera vuelta aún debe pasar por un proceso de consulta para ser aprobado por segunda vez y que el Ejecutivo lo envíe al Congreso de los Diputados para su posterior tramitación como proyecto de ley.

Fuentes
  • Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
  • Real Decreto 2816/1982
  • FACUA-Consumidores en Acción
  • Ley de Competencia Desleal
  • Reglamento de Servicios Digitales de la Unión Europea
  • Europa Press