La función del CGPJ en el nombramiento del fiscal general es “consultiva”, su opinión no es vinculante

nombramiento fiscal
Óscar Puente en el Senado | Foto: Juanjo Martín (EFE)
“Parte de lo que propone [Feijóo] ya es así: la Constitución [establece] que el fiscal general será nombrado por el rey a propuesta del Gobierno y oído el CGPJ”
Tiempo de lectura: 3 min

El ministro de Transportes, Óscar Puente, trató de rebatir en X la propuesta del líder de la oposición, Alberto Núñez Feijóo, de someter “al visto bueno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)” el nombramiento del fiscal general del Estado. 

  • Puente afirmó que parte de lo que proponía Feijóo ya lo recogía la Constitución en su artículo 124, que establece que, una vez “oído el CGPJ”, el rey nombrará al fiscal general a propuesta del Gobierno.

Lo que apunta Puente es verdad, pero a medias. Es cierto que tanto la Constitución como el Estatuto del Ministerio Fiscal reconocen el papel del CGPJ en el nombramiento del fiscal general, pero éste “solo tiene una participación consultiva”, como explican desde el propio órgano judicial a Newtral.es. 

  • “El informe que emite [en relación al nombramiento] no tiene carácter vinculante para el Gobierno, que es el que elige al fiscal general”, añaden. 

Así lo explican también a Newtral.es desde la Fiscalía: “Oído el CGPJ quiere decir que su informe es preceptivo, pero no vinculante. Es obligatorio que informe sobre el candidato propuesto por el Gobierno, pero éste puede nombrar a su candidato aunque su dictamen no sea favorable”.

  • Es decir, el CGPJ no tiene por qué dar su visto bueno o avalar la elección del fiscal general propuesto por el Gobierno para que éste lo nombre, como propone hacer ahora Feijóo.

  • De hecho, ya en 2023, el Poder Judicial concluyó, por mayoría, que Álvaro García Ortiz no era “idóneo” para su cargo. A pesar de su dictamen, el Gobierno lo mantuvo al frente de la Fiscalía.

La normativa. Como establece el artículo 29 del estatuto fiscal, el nombramiento del fiscal general lo hace el rey, «a propuesta del Gobierno, oído previamente el CGPJ, eligiéndolo entre juristas de reconocido prestigio”. 

  • De ahí, el carácter consultivo, pero no vinculante, del dictamen que el Poder Judicial tiene que remitir al Gobierno.

  • “Para ser propuesto como fiscal general es necesario, además de ser jurista de reconocido prestigio, tener 15 años de carrera profesional y, por tanto, no es necesario ser fiscal de carrera” como tal, recuerdan desde la Fiscalía.

Desde Newtral.es hemos preguntado por su afirmación al equipo de Puente, pero no hemos tenido respuesta por el momento.

Fuentes
  • Fuentes del CGPJ consultadas por Newtral.es
  • Fuentes de la Fiscalía consultadas por Newtral.es
  • Constitución Española
  • Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
  • Notas de prensa del CGPJ
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