Los estatutos de autonomía sí hablan de nacionalidades históricas pese a lo que dice Vox

nacionalidad histórica
Jorge Buxadé en el Parlamento Europeo | Foto: Alexandros Michailidis (Shutterstock)
Tiempo de lectura: 2 min

Algunos miembros de Vox han cuestionado unas declaraciones del líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, que afirmó que la Constitución “otorga la categoría de nacionalidad histórica” a comunidades como Galicia, Euskadi y Cataluña (minuto 1:44:34).

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  • “¿Dónde dice eso de las ‘nacionalidades históricas’?”, se preguntaba el eurodiputado de Vox Jorge Buxadé.

  • “Decir que tres regiones españolas son ‘nacionalidades históricas’ es comprar el marco separatista”, aseguraba también el diputado Ignacio Hoces. 

Qué sabemos. Aunque la Carta Magna no especifica qué nacionalidades son “históricas”, sí reconoce el “el derecho a la autonomía de las nacionalidades” que integran España (artículo 2). 

  • También indica que son los estatutos de autonomía los que deben denominar a la comunidad como “mejor corresponda” según su “identidad histórica” (artículo 147).

  • En los de Galicia, Andalucía, la Comunidad Valenciana, Aragón y Baleares se remarca su carácter de nacionalidades históricas (artículo 1 de cada texto).

  • Otros territorios usan fórmulas similares: los de Castilla y León, Asturias y Cantabria las definen como “comunidades históricas”; el de la Región de Murcia habla de “entidad regional histórica” y los de La Rioja y Extremadura, de su “identidad histórica”.

  • En el de Cataluña se señalan, por ejemplo, sus “derechos históricos”, de los que deriva su “posición singular” (artículo 5) y en el de Euskadi se remarca la importancia de los “territorios históricos” que componen la comunidad (artículo 2).

Contexto. El debate sobre este concepto no es nuevo y tiene, sobre todo, un carácter simbólico. 

  • El concepto de “nacionalidad histórica” está vinculado, especialmente, a las comunidades que ya tenían un estatuto propio antes de la Guerra Civil (Galicia, Euskadi y Cataluña, las que menciona Feijóo), como explicaba a Newtral.es Javier Tajadura, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco.
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  • Como señalaba también Xosé Manoel Núñez, catedrático de Historia Contemporánea en la Universidad de Santiago de Compostela, varias comunidades introdujeron modificaciones en sus estatutos para denominarse nacionalidades, aunque fuera algo “más simbólico que determinante”.
Fuentes
  • Estatutos de autonomía de las comunidades y las ciudades autónomas de España
  • Constitución Española
  • Verificaciones de Newtral.es

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