Inspección de Trabajo impone 330.000 euros en multas a empresas que no protegen a sus empleados del calor

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Un trabajador de la construcción junto a un termómetro en Murcia. | Foto: EFE/Marcial Guillén
Tiempo de lectura: 4 min

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha propuesto multas a empresas por valor de 330.000 euros en “más de 5.700” actuaciones hasta julio de 2023 por no respetar las obligaciones en materia de protección de los trabajadores frente al calor. Así lo han comunicado a Newtral.es fuentes del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

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La cantidad de inspecciones de Trabajo realizadas en este periodo de tiempo se asemeja a la suma de las que se llevaron a cabo en los dos años anteriores, que fueron “unas 5.800”. Este aumento se debe, según Trabajo, a la “evolución de las condiciones ambientales y la evolución de las temperaturas cada vez más extremas”. Aunque en mayo entró en vigor una normativa que prohíbe la realización de ciertos trabajos al aire libre cuando haya alerta extrema de calor, desde el ministerio no hacen referencia al efecto de esta sobre el número de inspecciones. 

La cuantía requerida en los primeros siete meses de 2023 fue de “unos 330.000 euros”, según el ministerio.

Las sanciones de la Inspección de Trabajo por no proteger a los trabajadores del calor hasta julio de 2023 alcanzan los 330.000 euros

Hasta julio de 2023, las actuaciones de la Inspección de Trabajo para proteger a los trabajadores de los riesgos que trae consigo la exposición a altas temperaturas han sido “más de 5.700”, como explican a Newtral.es desde la cartera que dirige la vicepresidenta primera y ministra en funciones, Yolanda Díaz. La cuantía total de las multas impuestas a las empresas por este tipo de infracciones en relación a sus trabajadores la protección de estos frente al calor se sitúa en torno a los “330.000 euros”, según datos del propio ministerio.

  • ¿Cuántos trabajadores se han visto afectados? Desde enero hasta julio, los empleados afectados por las infracciones suman un total de 1.723. En los años anteriores que utiliza el ministerio, 2021 y 2022, el número de trabajadores afectados ascendió a cerca de 4.300.

Los datos sobre las actuaciones llevadas a cabo ante el incumplimiento de la normativa para la prevención de riesgos laborales en condiciones ambientales adversas responden, según Trabajo, al Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo 2021-2023 y a la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.

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Durante los dos años anteriores, 2021 y 2022, las actuaciones en materia de protección de la seguridad y salud de las personas en los lugares de trabajo fueron “unas 5.800”. La suma del total de sanciones impuestas a empresas en esos dos años por el incumplimiento de la normativa se situó “cerca del millón de euros”.

La normativa sobre seguridad laboral aprobada en 2023 prohíbe trabajar al aire libre cuando la Aemet haya emitido alertas

El Consejo de Ministros aprobó, el 11 de mayo, el Real Decreto-ley 4/2023, por el que se adoptan medidas urgentes para la prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas para proteger a los trabajadores en episodios de fuerte calor, así como en otros contextos laborales. Esta norma supone la modificación del Real Decreto 486/1997, que regula las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

La nueva regulación jurídica, que entró en vigor el 13 de mayo de 2023, tras su publicación en el BOE, establece la obligación de prever medidas adecuadas frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos durante la jornada laboral, incluida la prohibición de llevar a cabo determinadas tareas en las horas del día en las que estos ocurran, que será obligatoria cuando la Aemet emita alertas de nivel naranja o rojo. Es decir, proteger a los trabajadores frente a episodios de calor extremo.

Esta norma, que se enmarca dentro de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027, también contempla la obligación de reducir o modificar las horas de desarrollo de la jornada laboral cuando no se puedan garantizar las medidas preventivas de salud y seguridad que garanticen la protección de los trabajadores durante los episodios de altas temperaturas, puesto que se considera que el laboral es “un ámbito donde las personas se encuentran en una especial vulnerabilidad”.

Fuentes
  • Ministerio de Trabajo y Economía Social
  • Boletín Oficial del Estado
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1 Comentarios

  • Medidas que imponen personas desde un despacho con aire acondicionado en verano y calefacción en invierno, de que vale lo llamado " hora de verano" comprendida entre las 07:00 a 15:00, cuando en su mayoria de horas sigue existiendo unas temperaturas superiores a 35° en verano, que llevan años sufriendo provincias como Sevilla, Cordoba, Badajoz, Almeria, Huelva,... y que decir del Invierno con las primeras horas de luz trabajando bajo temperaturas de 0° en zonas como Teruel, Los pirineos,...
    ¿Paramos las obras en estas circunstancias o los trabajos al aire libre( Camareros, barrenderos, Policias, Repartidores, Bomberos, trabajadores del campo,Etc? ¿ Quien me pondra el plato de comida en la mesa, quien pagara las facturas?
    No creo que sancionando a las empresas o trabajadores por realizar trabajos en estas condiciones sea una medida hacia la salud de estos.