Las multas a los partidos políticos por infringir la protección de datos: 40.500 euros desde 2016

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FUENTE: KHAKIMULLIN ALEKSANDR | SHUTTERSTOCK
Tiempo de lectura: 4 min

La sanción de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) Podemos por incumplir con la normativa relativa a la protección de datos personales se suma a la decena de multas que han recibido otros partidos políticos en los últimos cinco años.

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El pasado mes de julio se conoció que la formación morada había sido sancionada con una multa de 4.000 euros por el sistema de vídeo-vigilancia de su sede en Cartagena (Murcia) al considerar que el partido dispone de una instalación que “pudiera grabar en exceso la vía pública” y “cuya legalidad no se ha acreditado”, según indican en la resolución.  

Un particular puso una reclamación ante la AEPD por “irregularidades en el sistema de vídeo-vigilancia” tras difundirse unas imágenes del ataque a su sede con un artefacto incendiario durante la madrugada del 2 de abril. El exlíder de Unidas Podemos, Pablo Iglesias, publicó la secuencia en su perfil de Twitter para denunciar el ataque. 

El partido se ha acogido a las dos reducciones previstas en el pago y ha abonado 2.400 euros por la sanción. Te contamos las infracciones cometidas por otros partidos desde 2016 y cuánto les tocó pagar.

El PSC, el partido que más sanciones ha recibido

La AEPD ha sancionado a los partidos políticos hasta en once ocasiones desde 2016, lo que además significa un total de 40.500 euros en multas por infringir la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD). Así lo recoge el organismo en el apartado donde publica los expedientes.  

De los once expedientes recogidos en el buscador del organismo, cuatro son multas al PSC-PSOE por enviar una carta para dar apoyo político a un candidato del partido en las elecciones municipales de 2019 (5.000 euros), enviar propaganda política sin consentimiento (1.500 euros), otro tratamiento de datos sin consentimiento por SMS (1.500 euros) y por utilizar copias indebidas del censo electoral (5.000 euros).

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Otro partido que repite es Vox. Tuvo que hacer frente a una multa de 2.500 euros por enviar un correo electrónico sin copia oculta a los afiliados y a otra de 1.500 euros por tratar ilícitamente los datos de una reclamante al remitirle un correo después de darse de baja del partido.

En 2018, el Partido Popular fue multado con 5.000 euros porque el presidente de las Nuevas Generaciones del PP envió un correo electrónico con copia no oculta en la que fueron visibles las direcciones y detalles personales de los destinatarios.

También de 5.000 fue la sanción que le puso la agencia a Ciudadanos en 2017 por enviar un email después de la baja del partido del denunciante y por dejar visibles las direcciones de otros destinatarios.

Ese año, el organismo castigó a EH Bildu por publicar y difundir mediante buzoneo en las viviendas de un municipio guipuzcoano un folleto con datos personales. La multa ascendió a los 6.000 euros.

Algunos optan por reconocer su responsabilidad y así reducir en un 20% la multa o hacer el pago voluntario que también conlleva otra deducción del 20% del importe inicial. Así está regulado en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Administración y grupos parlamentarios se libran de las multas

La AEPD no contempla sanciones económicas a la administración u organismos públicos, tal y como determina la Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD). Tampoco podrán ser multados los grupos parlamentarios y asambleas legislativas, explica a Newtral.es Samuel Parra, jurista y experto en protección de datos y privacidad.

Si alguno de estos comete una infracción en materia de protección de datos se le sanciona en forma de apercibimiento, mediante actuaciones disciplinarias que impliquen el fin de la conducta o que se corrijan los efectos de la infracción cometida. 

En 2020 aumentaron de 15 a 39 las resoluciones sancionadoras a la administración pública por parte de la AEPD.

[Menos quejas pero más sanciones: las infracciones de la Administración pública por protección de datos]

Fuentes

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2 Comentarios

  • En mi localidad el ayuntamiento creo un grupo de WhatsApp, en lugar de una lista de distribución, con centenares de números de teléfonos, en principio con el fin de informar de la situación por covid. Tras casi año y medio en el que todos los miembros del grupo hemos tenido acceso a los números de teléfonos incluidos en el grupo y tras la reclamación correspondiente ante la agencia estatal de protección de datos que no hizo absolutamente nada si no decir que había que tramitarlo a nivel autonómico, cosa que se ha hecho, ningún apercibimiento ni sanción se ha comunicado al ayuntamiento.
    Es una auténtica vergüenza que una entidad pública vulnere los derechos a la privacidad y no se actúe.
    Se han hecho publicas fotografías de menores, imágenes relativas a la condición sexual, religiosa, política, etc...
    Y todo ésto sale totalmente gratis. Ni tan siquiera se depuran responsabilidades.
    Lo dicho, una vergüenza.

    • Hola Cayeno! Me llamo María Pratdesaba y estoy trabajando en un TFG sobre tratamiento de datos dentro de partidos políticos. Me gustaría hacerte unas preguntas sobre este caso. Podrías ponerte en contacto conmigo? Mi cuenta de twitter es @MariaPratdesaba. Muchas gracias!