El próximo 21 de abril más de 1,79 millones de votantes están llamados a votar a las elecciones del País Vasco y algunos de ellos tendrán que formar parte de la mesa electoral, una tarea que es obligatoria y que de no cumplir, está sujeta a sanciones. Si se tienen motivos justificados para excusarse de ello, hay que presentar una alegación ante la Junta Electoral de Zona que explique la razón por la que no se puede acudir ese día a la mesa.
Te explicamos cómo y cuándo sabrás si te ha tocado ser miembro de la mesa electoral de las autonómicas de País Vasco.
Elecciones en País Vasco: cuándo sabré si me ha tocado formar parte de la mesa electoral
Sorteos. Como recoge el Gobierno vasco los miembros que deben formar parte de la mesa electoral (presidente, vocales y suplentes) se elegirán por medio de un sorteo público que realizarán los ayuntamientos entre el 21 y 27 de marzo.
Notificación. Los ciudadanos que hayan sido elegidos en el sorteo para ser parte de la mesa electoral en las elecciones del País Vasco recibirán una notificación entre el 22 y 30 de marzo.
¿Qué pasa cuando es imposible notificar a un miembro de mesa su designación?
- El ayuntamiento comunicará esta circunstancia a la junta electoral de zona correspondiente que, a su vez, ordenará al ayuntamiento efectuar un nuevo nombramiento de miembro de mesa para su notificación.
Funciones de los miembros de la Mesa Electoral. Junto a esta notificación, también se entregará a los miembros de las mesas un manual de instrucciones sobre sus funciones.
Dietas a percibir. Según el artículo 28 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, las personas designadas para los cargos de presidente y vocal de las mesas electorales tienen derecho a percibir un permiso. En las elecciones del País Vasco cada miembro de la mesa recibirá una dieta de 85 euros y el día de la votación contará con la protección del sistema de la Seguridad Social.
- Únicamente tendrán derecho a esta dieta las personas con la condición de titulares, por lo que los suplentes solo la recibirán cuando adquieran dicha condición.
- La dieta se entregará en un importe único, independientemente del tiempo de la jornada electoral que se haya desempeñado en el cargo.
Qué motivos existen para evitar la mesa electoral el 21 de abril
Como te explicamos en Newtral.es, hay distintas causas por las que se puede evitar acudir a una mesa electoral. Están recogidas en el artículo 27.3 de la LOREG y contemplan situaciones personales, familiares y laborales, como ser monja de clausura, ser mayor de 65 años, estar al cuidado de menores de 14 años o tener eventos familiares de especial relevancia e irremplazables.
Así, las personas designadas para formar parte de una mesa electoral tienen la posibilidad de presentar ante la Junta Electoral de Zona una causa justificada y documentada que impida aceptar el cargo.
- El plazo para presentar alegaciones es de 14 días, desde el 23 de marzo hasta el 6 de abril.
- Por su parte, la Junta de Zona tiene desde el 23 de marzo hasta el 11 de abril para comunicar cuál es la resolución de las alegaciones presentadas. Si hubiera terminado el período de alegaciones y se tuviera una causa que impidiera acudir al cargo, existe un plazo del 5 al 25 de abril para notificar dicho impedimento.
- Gobierno vasco
- Artículo 28 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General
- Artículo 27.3 de la LOREG
Me ha tocado..... ya es la quinta seguida....
cuantas horas de descanso me corresponde si me toca en la mesa electoral como presidenta de la mesa
Supongo que delegaras para ir al baño. . de 8 a 20 estás y luego recuento televoto....y luego recuento. ..y ... Mucho ánimo