Nace un nuevo acuerdo para implantar medidas por la igualdad y la no discriminación de las personas LGTBI en el ámbito laboral. En la firma del texto de este miércoles han participado la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, junto a los sindicatos, las patronales CEOE y CEPYME y con el apoyo de asociaciones del colectivo.
El contenido. El acuerdo pretende desarrollar un conjunto planificado de medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI+ en las empresas que incluya de manera reglada un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las mismas.
- El acuerdo promete crear cláusulas de igualdad de trato y no discriminación para favorecer ambientes “favorables a la diversidad” en las empresas y “avanzar en la erradicación de la discriminación de las personas LGTBI”.
- También se pactarán una serie de medidas que deberán implantar las empresas relacionadas con “la erradicación de los estereotipos en el acceso al empleo” de las personas del colectivo. Para ello se propone una formación adecuada al personal de recursos humanos de las empresas.
- Tras su implantación, que debe pasar todo un proceso de negociación colectiva, se espera que las empresas integren en sus planes de formación “módulos específicos sobre los derechos de las personas LGTBI” con la finalidad de concienciar en la igualdad de trato y oportunidades.
- Además, “los convenios o acuerdos colectivos deberán atender a la realidad de las familias diversas, cónyuges y parejas de hecho LGTBI”, de manera que garanticen seguridad en el acceso a permisos y otros beneficios y derechos sociales relacionados con el empleo.
- Con el fin de garantizar la no discriminción, se deberán incluir dentro del régimen disciplinario de cada empresa “infracciones y sanciones por comportamientos que atenten contra la libertad sexual, la orientación e identidad sexual y la expresión de género de las personas trabajadoras”.
¿Cuándo entrarán en vigor estas medidas?. Por el momento se trata de una declaración de intenciones, ya que debe llevarse a cabo una negociación colectiva con la representación legal de las personas trabajadoras en la que se pactarán los detalles de estas medidas.
Aplicación. Una vez que la nueva norma entre en vigor, la negociación colectiva tendrá un plazo de tres meses para incorporar las medidas negociadas en los convenios colectivos de las empresas de más de 50 trabajadores.
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- Nota de prensa del Ministerio de Trabajo
El caso es que esa discriminación ilegal en contra de los invertidos u otra fauna sexual en el acceso al empleo rara vez puede ser demostrada y toda la este despliegue político y legal no es, a fin de cuentas, sino una artimaña de imagen para dárselas el chistema de virtuoso y para acosar y coaccionar a los empleadores, con el consiguiente rédito político por injusto que sea o, precisamente por serlo. Asco de idioteces e irracionalidades: un empleador no tiene interés alguno jamás en condicionar el empleo a nada que no sea la productividad del individuo. La empresa está para ganar dinero, no para llevar a cabo un programa de preferencias sociales del empresario. Si me viene un marica muy productivo y muy bueno -como los que he conocido hace años en ventas-, ¿a mí que me importa su orientación o su desorientación sexual, emocional, social o espiritual?