El Ayuntamiento de Madrid ha detectado en siete años 6.795 pisos turísticos ilegales y ha sancionado a 326

Fachada del Ayuntamiento de Madrid | Fuente: Shutterstock
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El Ayuntamiento de Madrid, desde 2018 hasta la actualidad, ha detectado 6.795 pisos turísticos ilegales y ha emitido 135 sanciones y 191 multas coercitivas, según datos facilitados a Newtral.es a través de una petición de información. 

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El Ayuntamiento suspendió la concesión de licencias para viviendas de uso turístico el pasado jueves. Según reconoce el consistorio en un comunicado, hasta ahora el plan ha sido “ineficaz” y por eso la futura normativa tendrá mayor capacidad sancionadora. 

El 80% de pisos turísticos ilegales se concentra en el Centro. Según los datos, en los últimos siete años se han detectado 5.464 pisos turísticos en el distrito Centro.

  • Muy por debajo, se halla el distrito de Salamanca con 304 viviendas detectadas, Arganzuela con 198, Tetuán con 190 y Chamberí y Moncloa con alrededor de 120 cada uno.

¿Por qué hay tanta diferencia entre las sanciones y la multa? Según un portavoz del ayuntamiento, esta diferencia podría deberse a que estos alquileres ilegales cesaron su actividad al ser detectados por el Ayuntamiento y, por ello, no recibieron sanción.

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Falta de recursos. Desde la asociación vecinal la oficina de Afectados por las viviendas de uso turístico explican que esta diferencia se puede deber a que el consistorio no tiene suficiente personal ni recursos necesarios para controlar si los pisos turísticos ilegales detectados dejan de tener actividad.

¿Cómo sanciona el Ayuntamiento de Madrid en estos casos? En el comunicado compartido esta semana, el consistorio reconoce que Madrid no dispone de una normativa sancionadora específica para las viviendas de uso turístico. “Hasta ahora, el procedimiento que se sigue en caso de detección de funcionamiento irregular es el que se rige por la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo”.

  • Hasta ahora lo que hacía el consistorio era ordenar el cese de la actividad del piso turístico ilegal. Si el propietario decidía no acatar la orden municipal, recibía multas coercitivas de 1.000, 2.000 y 3.000 euros. En caso de seguir con la actividad, se le imponía una sanción económica. En este segundo caso, el consistorio no establece de cuanto sería la cuantía.
Fuentes
  • Petición de información Ayuntamiento de Madrid
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