El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por Ecologistas en Acción contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se había pronunciado contra la Ordenanza de Movilidad Sostenible conocida como Madrid Central. Así, el TS recoge en su sentencia que ha resuelto “inadmitir a trámite el recurso de casación” al recurso contra la sentencia del TSJM, presentada en su día por el grupo municipal del PP. No obstante, el TS no resuelve explícitamente sobre las multas de Madrid Central.
[PDF | Consulta el auto del Tribunal Supremo]
En su escrito el TS recoge como argumento jurídico para su sentencia que el recurso presentado por Ecologistas en Acción “se limita a alegar que en el proceso se ha declarado la nulidad de una disposición general y que reviste gran trascendencia para los vecinos de Madrid y el resto de usuarios de las vías públicas”. Y aunque “pueda coincidirse con (…) la trascendencia social de este asunto”, el TS considera que no existe “trascendencia jurídica”.
Madrid Central: qué sucede con las multas
En consecuencia, con la desestimación del recurso, la sentencia del TSJM se convierte en firme. Por lo tanto, y aunque la sentencia del TS no lo resuelve explícitamente, según fuentes del Tribunal Supremo que cita Efe, las multas impuestas por la norma de movilidad “decaerán al carecer de sustento normativo”.
0 Comentarios