Luz verde a la regulación de los lobbies en España en el Congreso de los Diputados

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Grupos de interés o lobbies. | Shutterstock
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La Cámara baja aprobó ayer tramitar la reforma de su Reglamento para regular los grupos de interés (o lobbies) en España que se reúnen con los diputados por 207 votos a favor, 53 en contra y 88 abstenciones. La proposición del PSOE, que inicia así su tramitación parlamentaria, recoge una serie de obligaciones respecto a los encuentros que los grupos parlamentarios tienen con estas entidades.

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Actualmente, no existe ninguna norma respecto a la acción de los grupos de interés y sus representantes en el Congreso, pero sí en algunas comunidades autónomas. Esta reforma, por lo tanto, permite conocer a las entidades que tratan de influir en las políticas públicas debatidas y aprobadas en la Cámara.

Qué se considera como grupos de interés

La reforma añade un nuevo Título XIV al Reglamento de la Cámara baja, con la denominación “De los grupos de interés”. Este tiene como fin regular la influencia de dichos colectivos y sus representantes en los acuerdos tomados por el Congreso de los Diputados.

En el mencionado título, se entiende por grupo de interés aquella organización, persona, plataforma, red u otro modo de actividad colectiva sin personalidad jurídica que pretende influir en la elaboración, tramitación o aprobación de iniciativas parlamentarias. Esto se realiza a través de la comunicación con miembros de esta Cámara o con los grupos parlamentarios.

Además, esta norma define el respectivo Código de Conducta por el que se regula el comportamiento de los lobbies. Los pilares por los que se regirá son la integridad, respecto a la Constitución y al Reglamento, veracidad de la información, transparencia y un adecuado trato entre parlamentarios y grupos de interés.

Registro ante el Congreso para la regulación de los lobbies en España

Dicha reforma también recoge la creación de un registro de grupos de interés ante el Congreso de los Diputados, con obligada inscripción para aquellos que quieran desarrollar su actividad de influencia en dicho lugar. Esta información será pública y accesible a través de la página web de esta Cámara.

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Asimismo, este registro depende de la oficina de conflicto de intereses de las Cortes Generales, que anualmente remitirá a la Mesa de la Cámara un informe tanto de la actividad y el funcionamiento del registro como las actividades de control de los grupos de interés y sus representantes.

Las infracciones y sanciones a los grupos de interés

Este texto incluye como infracciones leves de los lobbies la falsedad en la información inscrita en el registro o difundida. Las infracciones graves son la no declaración del interés que representan las entidades u obtener información de un procedimiento parlamentario no legislativo mediante cualquier tipo de engaño. Por su parte, incumplir el código de conducta es una infracción muy grave.

Todas estas infracciones conllevan sanciones que contemplan desde la suspensión de la inscripción de los grupos de interés en el registro hasta un máximo de diez años a la prohibición indefinida de la entidad en cuestión. Este procedimiento sancionador lo puede solicitar un grupo parlamentario, la Mesa del Congreso o el secretario general de la Cámara baja.

Igualmente, la reforma contempla infracciones para los diputados y grupos parlamentarios por inexactitud en sus declaraciones de bienes y actividades, por no presentarlas o incumplir su respectivo código de conducta.

Diálogo en la actividad de influencia de los lobbies y huella legislativa en el Congreso

Los lobbies y representantes inscritos en el registro pueden tener conversación con los miembros del Congreso de los Diputados o con los grupos parlamentarios con el objetivo de desempeñar la actividad de influencia. Todos ellos deberán comunicar el contenido del diálogo mantenido, respetando el Código de Conducta de los grupos de interés y publicándose en la web de esta Cámara.

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Por otra parte, los servicios de la Cámara elaborarán un informe de huella legislativa en cada tramitación de una iniciativa parlamentaria para reflejar todas aquellas modificaciones y votaciones durante el procedimiento legislativo. De este modo, los diputados y grupos parlamentarios deben comunicar las propuestas que hayan recibido de los grupos de interés o de sus representantes.

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