Los plazos del Parlament para escoger a un nuevo ‘president’ si Torra es inhabilitado

Quim Torra | Susana Sáez (Efe)
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«Sí, desobedecí, porque yo me debo a un mandato superior de la ciudadanía de defensa de los derechos humanos». Así se expresó Quim Torra, president de la Generalitat, ante el tribunal en una comparecencia en la que él mismo apuntaló el delito que se le imputa: la desobediencia. La acusación se basa en que Torra no retiró los lazos amarillos de los edificios de la Generalitat tras los requerimientos de la Junta Electoral Central (JEC) durante la campaña de los comicios municipales del 26 de mayo

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El escenario al que ahora se enfrenta el president pasa, en primer lugar, porque el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dicte su condena. La Fiscalía solicita para él un año y ocho meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros. Una vez dictada, si es que es condenatoria, la sentencia no es firme, por lo que Torra seguiría siendo president hasta que transcurra el plazo legal para ser recurrida ante la siguiente instancia judicial: el Tribunal Supremo. Si no recurre, es inhabilitado pasado este plazo. Sin embargo, si recurre, habrá que esperar a que el Alto Tribunal responda o no en el mismo sentido que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Aragonès, ‘president’ en funciones durante 10 días

¿Qué pasa cuando la sentencia sea firme? Las causas de cese y suplencia del presidente de la Generalitat están reguladas en el Estatuto de Autonomía de Catalunya y en la Ley de la presidència de la Generalitat y el Govern. En caso de condena firme que comporte la inhabilitación, el presidente es cesado y le sustituye interinamente el vicepresidente de la Generalitat, en este caso Pere Aragonés. 

Sin embargo, según explican desde el Parlament, Pere Aragonès no tiene los mismos poderes que un ‘president’ elegido por el Parlament: no puede convocar elecciones, ni cesar ni nombrar miembros del gobierno ni someterse a una cuestión de confianza.

Además, el cargo de President interino no dura lo que la legislatura, sino que inmediatamente después de su nombramiento, arranca el procedimiento para que el Parlament elija a un nuevo presidente de la Generalitat. En el plazo de diez días, tal y como establece el artículo 4 de la Llei de Presidència y del Govern, los miembros del Parlament deben elegir a un nuevo president por mayoría absoluta. 

Si no logra la confianza, puede someterse, dos días después, a un segundo debate y a una segunda votación, en la que bastará la mayoría simple. En segunda votación al no resultar tampoco elegido, se tramita una nueva propuesta. Y si transcurridos dos meses desde la primera votación de investidura no ha sido elegido ningún candidato o candidata, la legislatura queda disuelta automáticamente y el presidente o presidenta de la Generalidad en funciones convoca elecciones de forma inmediata, que deben tener lugar entre cuarenta y sesenta días después de la convocatoria. Unos comicios a los que, así los plazos, Torra no podría presentarse. 

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¿Podría Torra reclamar su restitución como President?

No. Una vez el Parlament hubiera investido a un nuevo president, Torra no podría reclamar el cargo aunque su inhabilitación concluyera antes del término de la legislatura. 

¿Ser elegido ‘president’ en un adelanto electoral?

La LOREG es clara al respecto: «Los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal». Por tanto, aunque su sentencia sea firme, no podría volver a presentarse, ya que la desobediencia es un delito contra la administración

¿Podría presentarse a unas elecciones catalanas en 2021?

Si el Parlament logra investir a un nuevo president de la Generalitat y se agota la legislatura ¿Qué pasaría con Torra? Si todo marcha y la legislatura no es frustrada, el escenario para el President sería el siguiente: las elecciones de Cataluña, tal y como marcan los plazos, tendrían que tener lugar antes de diciembre de 2021 y, si la condena y la respuesta al recurso llega antes de abril, se encontraría ante una condena (un año y ocho meses) más corta que el tiempo que queda de legislatura, por lo que sí podría presentarse.

Sin embargo, en caso de que la fecha de inicio de su inhabilitación se demore más allá de abril, le dejaría no solo inhabilitado para esta legislatura sino también ante unas eventuales elecciones catalanas en diciembre de 2021.

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Fuentes: 

  • Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
  • Parlament de Cataluña 

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