Formación continua, paro de los estudiantes… Las novedades en el anteproyecto de la ley de universidades

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Foto: Matej Kastelic / Shutterstock
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El ministro de Universidades, Joan Subirats, presentó la actualización de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) el lunes 9 de mayo de 2022. El Gobierno prometió la modernización de la educación superior mediante una nueva ley de universidades, proceso iniciado por el exministro Manuel Castells. 

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Esta norma, todavía en forma de anteproyecto y a la espera de su tramitación en el Congreso, por lo que podría sufrir modificaciones, renueva la ley de universidades de 2001 y sustituye al borrador creado durante la dirección de Castells. Sobre este texto incorpora diversas novedades. Entre ellas, se encuentran los microgrados para garantizar una formación continua de los titulados, el derecho al paro académico de los estudiantes y la desaparición de algunos requisitos específicos para ser rector.

El nuevo borrador de la ley de universidades incluye el derecho al paro académico de los estudiantes

Una de las novedades en el anteproyecto de la ley de universidades de Subirats es el reconocimiento del derecho al “paro académico” para los estudiantes. En su artículo 30, que recoge los derechos relativos a la formación académica, plantea que el alumnado podrá realizar paros académicos. Las universidades serán las encargadas de desarrollar “las condiciones para el ejercicio de dicho derecho y el procedimiento de declaración del paro académico”. 

No estamos hablando de huelga porque no estamos hablando de trabajadores”, incidió el ministro de Universidades durante la presentación de las novedades en la ley. Subirats denominó a este mecanismo como “un arma” de los estudiantes para poder “estar presentes de manera efectiva y clara en los debates” universitarios. Aun así, subrayó que no puede utilizarse para evitar los períodos de exámenes e “ir en contra” del calendario académico.

Además, el borrador de la LOSU incrementa el peso de los estudiantes en las decisiones dentro de la universidad. En concreto, el anterior anteproyecto establecía que la composición de los claustros universitarios, órgano representativo de la universidad, se decidiría en el estatuto de cada centro.

Sin embargo, el nuevo borrador considera que, al menos el 25%, es decir, uno de cada cuatro miembros, deberá ser parte del alumnado. Sobre el Consejo del Gobierno, también se especifica que al menos el 10% de sus miembros –uno de cada diez– deben ser “representantes del estudiantado”.

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Asimismo, se potencia la intervención del alumnado en los planes de estudio y las guías docentes, entre otras tareas. No obstante, esto no implica que los estudiantes decidan “qué exámenes van a ponerse”, precisó Subirats.

Énfasis en la formación continua a través de microgrados y microcredenciales

En la presentación del nuevo anteproyecto de la ley de universidades, el ministro puso el foco sobre la necesidad de extender la formación universitaria a todas las edades. “Hay un claro desajuste entre las necesidades formativas y de actualización del conjunto de la sociedad y una cierta estructura rígida de titulaciones”, expresó. 

De esta forma, la universidad busca convertirse en “un lugar en que la formación a lo largo de la vida para cualquier persona y colectivo sea un objetivo básico”, como recoge la exposición de motivos del anteproyecto de la ley. El ministro ha mencionado en varias ocasiones que solo cuentan con un 6% de estudiantes de grado y posgrado con más de 30 años.

La intención es mantener una formación continua de quienes así lo deseen a través de microgrados o microcredenciales. Es decir, programas de corta duración, variable, que permiten actualizar el conocimiento de los profesionales y titulados, según comentó Subirats.

Varios requisitos para ser rector, eliminados en el nuevo borrador de la ley de universidades

Los requisitos temporales del anterior borrador de la ley de universidades para poder optar al puesto de rector se suprimen en el nuevo anteproyecto. En concreto, el texto previo limitaba la elección de la máxima autoridad académica en la universidad a quienes fueran funcionarios universitarios “con un mínimo de tres sexenios de investigación, tres quinquenios de docencia, y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal”. 

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Frente a estas condiciones, los requisitos en el nuevo borrador se reducen. Así, se permite que cualquier funcionario del cuerpo docente universitario se presente como rector si reúne “los méritos de investigación, docencia y experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal que determinen los Estatutos”. 

“No entran esos criterios [los temporales del texto de Castells] porque deberá ser el claustro de la universidad en los estatutos de la universidad el que fije esos criterios”, sostuvo el ministro de Universidades en la presentación del borrador con las novedades en la ley

El anteproyecto de la ley de universidades mantiene la reducción de los profesores temporales al 20%

Ambos borradores de la ley de universidades, el de Castells y el de Subirats, coinciden en varios puntos. Entre ellos, el que denominan como uno de sus objetivos prioritarios: la eliminación de la precariedad en el empleo universitario.

Por esa razón, en las dos versiones del anteproyecto, se reduce del 40 al 20% el máximo de profesores con contrato temporal en la universidad. Frente a lo dispuesto en la ley de universidades de 2007 –que modificó la de 2001– se establece un límite inferior al existente, si bien se precisa que de este se excluye al profesorado asociado de ciencias de la salud y al ayudante doctor. 

“Entendemos que estos han entrado ya en el proceso de estabilización”, indicó Subirats, que añadió que este tipo de profesores “ya no forman parte de los temporales en el sentido estructural”.

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Los anteproyectos también mantienen el compromiso de alcanzar el 1% del PIB de inversión en las universidades. Este incremento del gasto público en la educación universitaria pretende “garantizar la suficiencia financiera” para que las universidades puedan cumplir los objetivos previstos en la ley.

Fuentes