Las trabas que encuentran las personas trans en Madrid a pesar de las garantías establecidas en la ley autonómica de 2016

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Manifestación por los derechos de la comunidad LGTBI | Shutterstock
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La ley trans de la Comunidad de Madrid (2/2016), conocida oficialmente como Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid, se aprobó en 2016. En la votación, el PP, el partido en el Gobierno autonómico, se abstuvo. De hecho, esta fue la primera ley de la Comunidad de Madrid que aprobó la oposición sin contar con el apoyo del Gobierno autonómico (en minoría en esa legislatura).

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Salió adelante con los votos del PSOE, Podemos y Ciudadanos. El Gobierno regional, en ese momento encabezado por Cristina Cifuentes, había presentado en la Asamblea una proposición de ley sobre este mismo asunto en noviembre de 2015, en la que no se incluía la autodeterminación de género. Pero fue rechazada. Los tres grupos de la oposición tumbaron dicha iniciativa y presentaron una enmienda a la totalidad con un texto alternativo, el que finalmente se aprobó.

Ese mismo año, 2016, se aprobó también la ley LGTBI autonómica (3/2016), o Ley de Protección Integral contra LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid. Una norma que sí fue aprobada por unanimidad. 

Vox pide derogar las leyes LGTBI y trans y Ayuso se abre a “mejorarlas” 

En el pleno del pasado 16 de septiembre, Rocío Monasterio, portavoz de VOX en la Asamblea de Madrid, pedía a Ayuso derogar sendas leyes, tal y como consta en el diario de sesiones de ese día. Hacía referencia, sobre todo, a dos artículos de ambas normas (48 y 66) sobre la inversión de la carga de la prueba que, según VOX, van en contra de la presunción de inocencia. 

En respuesta a Monasterio, Ayuso señalaba: “Efectivamente, sí, todas las leyes han de respetar la presunción de inocencia; es un principio básico de nuestro ordenamiento jurídico. Imagínense que el señor Errejón es inocente y que finalmente no le dio una patada a aquella persona que le pedía hacerse un selfie. Por eso es importante que no carguemos la inversión de la carga de la prueba”.

Sin embargo, este articulado especifica que “no será de aplicación a los procesos penales ni a los procedimientos administrativos sancionadores”, tan solo hace referencia al ámbito administrativo autonómico. Es decir, por ejemplo, si alguien sufre discriminación en un proceso de oposición o a la hora de pedir una subvención o ayuda autonómica y recurre la decisión a la propia administración al considerar que se ha producido discriminación. Por lo que no estarían aquí incluidos casos de agresiones físicas (ámbito penal) ni de discriminación en una empresa o a la hora de alquilarte un piso (administrativo sancionador).

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¿Y en qué consiste la inversión de la carga de la prueba en este contexto? Tal y como señalan sendos artículos de estas dos leyes: “En los procesos autonómicos, cuando el interesado aporte hechos o indicios razonables, fundamentados y probados por cualquier medio de prueba admitido en derecho, de haber sufrido discriminación por razón de identidad o expresión de género, corresponde a aquel a quien se atribuye la conducta discriminatoria, la aportación de justificación probada, objetiva y razonable de las medidas adoptadas”. 

En su respuesta, Ayuso añadía: “Yo veo bien que busquemos una manera de que entre todos los grupos de esta Cámara mejoremos esas leyes”. 

Ley trans y ley LGTBI en Madrid y otras CCAA

Madrid no es la única comunidad que tiene una ley de estas características. La mayoría de CCAA disponen ya de una ley trans, de una ley LGTBI o de ambas

“No se puede hablar de derogar o modificar una ley que no se ha implementado completamente cinco años después de su aprobación”, dice en conversación con Newtral.es Isidro García, trabajador social y sexólogo especializado en el acompañamiento a personas trans desde el ámbito público.

García añade que “en los últimos meses, sobre todo con la ley trans de Madrid más que con la ley LGTBI por la oposición a una posible ley trans estatal, se ha jugado a la confusión”. Como, por ejemplo, cuando Rocío Monasterio afirmó, en referencia a la ley trans madrileña, lo siguiente: “Un acusado de maltrato, un verdadero maltratador de los que tienen que estar en la cárcel, un violador reincidente podría declararse mujer. Con esta ley podría autodeterminarse mujer y no ser juzgado”. 

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Como explicamos en Newtral.es, esto es falso: las CCAA no tienen competencias en el ámbito penal, por lo que una ley autonómica de estas características no puede contemplar mecanismos para que esto sea posible. Tampoco lo contempla el anteproyecto de ley LGTBI y trans estatal, que en su texto aprobado en el Consejo de Ministros (y que está ahora mismo en fase consultiva) blinda esta posibilidad. 

Ley trans de Madrid: cambios en la documentación autonómica

La ley trans de Madrid sí regula, en el ejercicio de sus competencias, algunas garantías para este colectivo. 

Por ejemplo, establece que “las personas deben ser tratadas de acuerdo con su identidad de género manifestada, con independencia de su sexo legal [que aparece en el DNI y cuyo cambio es competencia del Registro Civil, es decir, estatal], y así obrará la Comunidad de Madrid en todos y cada uno de los casos en los que esta participe”. 

Por ello, el artículo 7 regula la posibilidad de cambiar el nombre en documentos administrativos de carácter autonómico aunque una persona no haya realizado su cambio de sexo legal en el Registro Civil. “Esto implica que las personas trans tienen derecho a que se reconozca su identidad de género en la tarjeta sanitaria, en el carné de biblioteca, en el carné joven, en el abono de transporte, en el correo electrónico de la universidad y en las listas del profesorado…”, explica el trabajador social Isidro García. 

Pero García apunta que “a menudo, quienes expiden esa documentación desconocen la ley”: “Muchas personas acuden a su centro sanitario a cambiar la tarjeta sanitaria y quienes le atienden le dicen que no pueden hacer eso hasta que no cambien el DNI, lo cual no es cierto”, añade. 

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Fue el caso de Samu López, de 25 años. Inició su transición en 2017 y en 2018 trató de cambiar varios documentos para que reflejasen su nombre, no el nombre asignado al nacer: “Con el abono de transporte me costó bastante y era una pesadilla: me pararon dos veces en el metro y acabé en comisaría. Lo típico de que te piden que enseñes el abono y que enseñes tu DNI para corroborar que no estás utilizando el de otra persona, ¿sabes? Y claro, se veía mi nombre asignado al nacer, femenino, y una foto mía de varios años atrás con poco passing masculino. Me decían que le había robado la documentación a esa persona”.

También trató de modificar su nombre en el aula virtual de su universidad, la Carlos III de Madrid: “Me dijeron que nadie les había obligado a implementar esa ley. En los exámenes tenía que usar mi deadname [nombre asignado al nacer]. Y salía también en el correo electrónico, en las listas… En cualquier cosa pública de la universidad. Acabé la universidad sin poder hacer uso de mi derecho”, explica Samu a Newtral.es.

Eli Rodríguez, de 26 años, también tuvo problemas cuando estudiaba en la Universidad Politécnica de Madrid: “Cuando me enteré de que la ley me permitía cambiar mi nombre para que apareciese el mío, acorde a mi identidad de género, fui a pedirlo. Me lo denegaron. Durante un año, los profesores en clase usaban mi deadname porque es el que aparecía en las listas”, cuenta en conversación con Newtral.es.

Isidro García ayuda a las personas trans durante este tipo de procesos: “Falta tanta formación que lo que hacemos es darle a la persona una carta donde se explica el reglamento de la ley y hasta los formularios”.  

Ley trans Madrid
Manifestación en Madrid por los derechos trans | Shutterstock

Ley trans de Madrid: cobertura sanitaria

El artículo 13 de la ley trans de Madrid versa sobre la atención sanitaria, teniendo derecho a “ser atendidas en proximidad sin sufrir desplazamientos y gastos innecesarios, así como a solicitar la derivación voluntaria a los centros de atención especializada pertinentes a su tratamiento”. Una atención vertebrada según el principio de autodeterminación de género: es decir, sin exámenes ni evaluaciones psicológicas y/o psiquiátricas ni requisitos obligatorios (como hormonación o diagnóstico de disforia de género).

Establece, además, el derecho a recibir tratamiento hormonal si la persona lo desea y también contempla que el sistema sanitario público de la Comunidad de Madrid proporcione cirugías genitales y de tórax, “siendo la gestión de las listas de espera ajustada a la máxima transparencia, agilidad y eficacia” según especifica la norma.

“No hay transparencia en las listas de espera”, apunta Isidro García. “Vivimos en una incertidumbre con este tema porque no nos dan datos claros y los usuarios avisan de que tienen que esperar años hasta que se les realiza una cirugía”, añade. 

Actualmente, este tipo de cirugías se derivan desde la Unidad de Identidad de Género (UIG) de Madrid, en el Hospital Ramón y Cajal, al Hospital La Paz. “Para que te metan en la lista de espera, desde la UIG te exigen que estés dos años en tratamiento hormonal bajo su supervisión”.

Según García, esto es contrario al espíritu de la ley: “Por un lado, porque habría que estudiar cada caso. En muchos casos será necesaria esta hormonación previa, por ejemplo, para un aumento de pecho. Pero puede haber casos, por ejemplo de personas no binarias, que quieran masculinizar su tórax pero no otras partes de su cuerpo. ¿Por qué les obligas a hormonarse si la ley establece que no se deben exigir requisitos? Por otro lado, también va en contra de la descentralización y de la atención por proximidad de la que habla la ley. Si tú has seguido un tratamiento hormonal en cualquier otro centro sanitario, ¿por qué debes pasar otros dos años de hormonación a través de la UIG para que te metan en la lista de espera para una cirugía?”.

Desde el Hospital Ramón y Cajal indican a Newtral.es que “la lista de espera actual es de entre 9 y 12 meses debido al impacto de la pandemia de COVID-19”, pero aclaran que es la espera para una primera cita en la UIG. A la pregunta de cuál es la lista de espera para cada cirugía, desde el Hospital La Paz, que es donde se realizan las cirugías derivadas del Ramón y Cajal, señalan a Newtral.es que “está en torno a un año”, aunque no especifican si la lista difiere en función de la cirugía.

Por otro lado, desde el Ramón y Cajal corroboran que “para poder acceder al tratamiento quirúrgico, el protocolo actual exige un tiempo mínimo de dos años de seguimiento y tratamiento hormonal exclusivamente en la UIG del Ramón y Cajal, independientemente de que la persona haya iniciado tratamiento antes en otro centro”.

Requisitos en la Unidad de Identidad de Género (UIG) 

Haidar Ali Moracho, de 23 años, comenzó su transición en 2017. Acudió a la ONG Médicos del Mundo, donde otros compañeros trans le habían recomendado acudir: “Había un servicio de endocrinología que acompañaba a la comunidad LGTBI sin patologización [algo que Médicos del Mundo ha corroborado a Newtral.es, aunque dicho servicio finalizó con la pandemia]. Comencé ahí y luego pedí derivación al Clínico San Carlos, donde me atendieron de maravilla. Pero cuando pedí la cirugía de masculinización de tórax, desde el Clínico me dijeron que tenía que hacerlo a través de la UIG. Ahí fue cuando me dijeron que tenía que estar dos años en hormonación con su supervisión para meterme en la lista de espera, aunque yo ya llevaba dos años en terapia hormonal”, cuenta a Newtral.es.

Haidar siguió el requerimiento y recibió a principios de 2021 una notificación para ser incluido en la lista de espera para la cirugía a partir de junio, cuando se cumplían dos años de su tratamiento hormonal en la UIG: “Llega julio y nadie me llama… Hasta que de repente recibo una carta de que tengo que ver antes a la socióloga de la UIG para ver si estoy preparado para afrontar la cirugía. ¡Pero cómo no voy a estar preparado si llevo queriéndola desde que tengo 15 años!”.

Se presentó a la cita hace apenas unas semanas: “Fue correcta. Pero no me dio ningún comprobante de que efectivamente me metía en la lista de espera. De momento no sé nada y llevo casi dos años y medio esperando ya. Cuando me metan en la lista, a saber cuánto tengo que esperar. Estoy cansado de esperar. Cansado de que llegue el verano y tener angustia por tener que bañarme con camiseta”, explica Haidar.

Ulises Morales, de 42 años, acaba de pasar por su cirugía de tórax. En su caso ha conseguido evitar la derivación a través de la UIG: “Sabía que me iban a decir lo de tener que estar dos años hormonándome, pero yo ya llevo un tiempo en tratamiento y, además, muy contento tanto con mi médica de atención primaria como con mi endocrina”, relata a Newtral.es.

“Le insistí mucho a mi endocrina con que, por favor, me derivara ella a otro hospital donde me pudieran realizar la cirugía, aunque en teoría todas se centralizan en el Hospital de La Paz a través de la UIG. Fue muy comprensiva y estuvimos buscando hasta que vimos había uno* que podía ser una posibilidad. Me derivaron y allí estudiaron mi caso. Me dijeron que nunca habían realizado una cirugía de confirmación de género pero que el comité había aprobado mi caso. Me operaron el 4 de octubre y estoy realmente agradecido con el proceso”, añade Ulises. 

*Ulises ha preferido omitir el nombre del hospital público madrileño donde le realizaron la cirugía aunque Newtral.es ha podido acceder a los informes clínicos que certifican lo relatado

Para Isidro García este es un ejemplo de que “sí se puede y se debe descentralizar la atención a personas trans”: “Si la ley habla de proximidad y de calidad, no se entiende que todo se centralice a través de una unidad que acaba saturada”.

Sobre esto mismo ya se pronunció el Defensor del Pueblo en 2018 tras una queja presentada ante este organismo por la asociación LGTBI COGAM. En su resolución, el Defensor del Pueblo recomendaba una atención “en proximidad y descentralizada” y sugería “derivar a la interesada a un servicio de cirugía plástica en el que pueda valorarse su situación tras haberse efectuado una intervención quirúrgica de reasignación de sexo, sin que se canalice su atención a través de la Unidad de Identidad de Género”. 

Ley trans: ámbito educativo

En el artículo 23 de la ley trans de Madrid se establece la obligatoriedad de que la Comunidad de Madrid elabore e implante en todos los centros educativos un protocolo de atención a la identidad de género del alumnado para, entre otras cuestiones, tratarle de acuerdo a su nombre, que no se le discrimine a la hora de acceder a instalaciones segregadas por sexo/género (como baños y vestuarios) o que se respete su decisión de llevar uno u otro uniforme (en el caso de centros donde rige una norma de indumentaria diferenciada por sexo/género). 

La Comunidad de Madrid elaboró este protocolo en 2018, aunque Saida García, vicepresidenta de la asociación trans Euforia, señala a Newtral.es que “no se ha velado por el cumplimiento del mismo y depende mucho del centro y de que el profesorado tenga interés en este tema”. Así, por ejemplo, critica que “no haya una evaluación sobre la situación de los menores trans en escuelas e institutos”.

García también incide en que el protocolo “establece formación LGTBI para que el profesorado detecte situaciones de discriminación”: “No se especifica qué tipo de formación, con qué contenidos, quién da esa formación… Hay desinterés por procurar el verdadero cumplimiento de la ley y del protocolo”, concluye.

Fuentes consultadas

  • Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid
  • Ley de Protección Integral contra LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid
  • Diario de Sesiones de la Asamblea de Madrid. 16 de septiembre de 2021
  • Hospital Ramón y Cajal
  • Resolución de 2018 del Defensor del Pueblo sobre la atención sanitaria a personas trans en la Comunidad de Madrid
  • Isidro García, trabajador social y sexólogo especializado en el acompañamiento a personas trans desde el ámbito público
  • Saida García, vicepresidenta de la asociación trans Euforia
  • Testimonios de Haidar Ali Moracho, Ulises Morales, Eli Rodríguez y Samu López