Nos habéis preguntado en nuestro servicio de verificación por WhatsApp por la noticia que publicó el pasado martes 20 de septiembre el periódico El Mundo, en relación a la presunta denuncia por violencia de género de una mujer a su expareja, quien habría cambiado su sexo legal (de masculino a femenino). Según la información publicada por este medio, la mujer trans ya llevaba dos años de hormonación y había realizado un cambio de sexo legal en el Registro Civil cuando se denunció el maltrato. La presunta agresión denunciada, por ende, no cursaría como violencia de género de acuerdo a la Ley Orgánica 1/2004 de Violencia de Género, sino como un caso de violencia doméstica.
Algunos mensajes que se han viralizado, sin embargo, relacionan el presunto suceso con la futura entrada en vigor de la nueva ley trans y LGTBI, que actualmente está todavía en tramitación parlamentaria. “La Ley Trans permite que un hombre que dice que es una mujer pueda esquivar la Ley de Violencia de Género”, señala uno de los mensajes que circulan en Twitter. “Si un hombre asesina, agrede o maltrata a una mujer es #VIOLENCIAMACHISTA ¡Se sienta como se sienta! La ley trans es MISOGINIA (sic)”, plantea otra de las publicaciones.
La ley trans establece que el delito será juzgado en base al sexo legal que tenía la persona cuando se produjeron los hechos
La norma en tramitación pretende regular el cambio de sexo legal (o mención registral del sexo) sin ningún requisito, es decir, bajo el principio de autodeterminación de género. Este principio, el de autodeterminación, ya existe en el ordenamiento jurídico español a través de numerosas leyes autonómicas, como la de Madrid, la de Andalucía o la de Canarias. Sin embargo, ninguna de ellas permite el cambio de sexo registral dado que esa es una competencia estatal, no autonómica.
La ley trans en tramitación parlamentaria, es decir, que no se ha aprobado todavía y cuyo texto aún puede sufrir modificaciones, tampoco permitiría eludir una condena por violencia de género aunque regule la autodeterminación de género a nivel estatal. Es decir, no permitiría que un hombre evite una condena por violencia de género por cambiarse la mención registral del sexo, tal y como indican muchos mensajes que circulan por redes sociales.
El texto en tramitación dedica un artículo a blindar la posibilidad de que un hombre pueda cambiar su sexo legal para evitar una condena por violencia de género por unos hechos previos a su cambio de mención registral. El documento señala que se mantienen las obligaciones jurídicas que cualquier persona tuviese antes de la rectificación. Se trata del artículo 41.3: «La rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona a los efectos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género».
En la práctica, ¿cómo se traduce este artículo del proyecto de ley trans? En el caso de que una persona con sexo legal masculino agrediese a su pareja, mujer, y posteriormente decidiera realizar un cambio en el registro, el delito se juzgaría en base al sexo legal que tenía cuando cometió los hechos delictivos.
Como explica a Newtral.es la abogada penalista Núria Monfort, especializada en violencia de género: “Los cambios en el Registro Civil no tienen nada que ver con la responsabilidad penal, que se tiene en base al momento de los hechos. Es lo mismo que cuando alguien comete un delito siendo menor de edad: aunque luego te juzguen siendo mayor de edad, la normativa que te van a aplicar es la Ley de menores y la jurisdicción es la de menores, no el Código Penal de adultos porque te juzguen más tarde y haya cambiado tu edad civil. Respondes en base a tus circunstancias en el momento de los hechos”.
Monfort añade que “en ningún caso es lo mismo que la retroactividad penal de la ley favorable”: “Las normas penales no son retroactivas excepto en aquello que sea favorable. Pero no tiene nada que ver con esto porque no es una modificación del Código Penal. El proyecto de ley trans es otra ley ajena al Código Penal”, añade.
Además, el texto en tramitación prevé un sistema de doble comparecencia (o periodo de reflexión). De esta forma, el cambio de la mención registral, según el proyecto de ley trans y LGTBI, no sería inmediato, sino que se establece un período de máximo 4 meses entre la primera comparecencia y la segunda. En resumen: nadie podrá cambiarse de sexo legal en el Registro Civil de un día para otro.
¿Cómo es el proceso actual para cambiarse de género?
Actualmente, la ley vigente es la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. Es decir, los hechos de los que informa El Mundo habrían tenido lugar con esta legislación vigente. Aunque algunos de los mensajes que se están viralizando a través de redes sociales señalan al proyecto de ley trans de permitir que se pueda eludir una condena por violencia de género, la realidad es que la norma no se ha aprobado aún.
La ley de 2007, que quedaría derogada si finalmente se aprueba la ley LGTBI y trans, requiere que la persona haya sido diagnosticada con disforia de género, para lo cual es necesario un informe médico o psicológico.
Además del diagnóstico de disforia de género, la norma exige que la persona que solicita el cambio de sexo registral debe haber sido “tratada médicamente durante al menos dos años para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado”, algo que se acredita también vía informe médico. La exención de someterse a tratamientos médicos solo sería posible “cuando concurran razones de salud o edad que imposibiliten su seguimiento y se aporte certificación médica de tal circunstancia”.
Por otro lado, la ley de 2007, todavía vigente, en su artículo 5.3 establece: “El cambio de sexo y nombre acordado no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral”. Como señala la abogada Núria Monfort: “No es posible eludir una condena por violencia de género ni con la ley actual ni lo será si se aprueba la ley trans porque una persona responde y responderá por la persona que es a efectos del Registro Civil en el momento de cometer el delito”.
Aunque la intención del Ministerio de Igualdad es que la ley entre en vigor antes de finalizar el año, el actual proyecto se encuentra en fase de tramitación por la vía de urgencia, estando todavía abierta la fase de enmiendas.
- Ley Orgánica 1/2004 de Violencia de Género
- Proyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI
- Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas
- Núria Monfort. Abogada penalista especializada en violencia de género

La Ley trans permite librarse de la Ley de violencia de género que priva a los hombres de la presunción de inocencia, solo por eso, todos los hombres deberían solicitar el cambio de género. Una vez inscrito en el registro como mujer, NO será de aplicación la Ley de violencia de género, luego SI te libra de una condena por VIOGEN. Una media verdad también es mentira NEWTRAL
En este artículo nos toman por imbéciles???? Una vez realizado legalmente el cambio de género, no se podrá cometer un delito de violencia de género, ya que eres legalmente mujer a todos los efectos. Antes de ese cambio sí, serás juzgado como hombre, si los hechos se han cometido antes de ese cambio de género. Es muy sencillo, todos los hombres a cambiarse de género para recuperar la igualdad ante la ley y dejar de ser discriminados
Por lo que se desprende del artículo, basta pues con cambiarse de género en el Registro Civil ANTES de cometer los hechos.
Por tanto, sólo hay que ser previsor.
No saben bien la que han montado.
De verdad espero que no salga adelante, o si lo hace, que sea modificado, aunque a saber cómo, porque todo ofende ya.
Desde luego todo esto es una locura porque no se trata de igualdad, si asi fuera las mujeres no estarian denunciando falsamente en masa para acceder a las ayudas o chantajear a los hombres buenos …
Iniciar un pseudo tránsito no sería solo trámite ante un juzgado y matar a continuación a tu víctima, una vez modificado tu género legalmente, no.
Implicaría toda una revolución personal que debería quedar lo suficientemente acreditada en el tiempo lo cual implicaría una extensa aportación de pruebas suficientes como la que implica un tránsito verídico.
Esto es un montón de pruebas reales demostrables como por ejemplo, la información de que dispone todo tu entorno habitual: familia, amigos, conocidos. Personas del ámbito laboral, de los establecimientos comerciales, los cuales llegados el caso, deberían testificar que realmente has estado viviendo como mujer y que has defendido tu tránsito en toda circunstancia (por un lado).
Por otro, está todo el aspecto administrativo, cambio de nombre en el dni, del carné de conducir, pasaporte, otros carnés del 'club', del gym, etc.
Todo un nuevo vestuario en el armario. Otro estilo de look (cabello, maquillaje, etc).
Es decir, no tener ninguna prueba en tu contra que demuestre que realmente has hecho un tránsito real.
Dicho esto, parece imposible premeditar un crimen de género basado en un tránsito y que no te pillen debido a un solo cabo que haya quedado suelto.
Además, una vez cometido el crimen, deberás seguir demostrando toda tu vida que eres una mujer.
Esta respuesta no va por tí, Carlcx, va por todas esas personas a quien individuos como tú, pretenden poner la duda con este tipo de argumentación que no se sostiene por ningúnb lado.
Respect.
Yo lo entiendo como dice Mercedes (sin saber nada)
Pero la fuerza de un hombre no se si se pierde por haberse cambiado de sexo ,yo q he sufrido malos tratos se q no es igual defenderte con uñas q de un golpe al suelo
Yo he sufrido y sufro de denuncias falsas continuadas y amenazas, incluso chantajes ( no denunciar falsamente a cambio d dinero ) por parte de mujeres. Creo que la unica solucion para poner fin a este ABUSO es cambiar de genero … al considerarnos IGUALES ( dos mujeres) legalmente descansaré de tanta persecucion por parte del genero femenino para acceder a ayudas por maltrato etc etc
Supongo que nos tomáis por tontos a los que decimos que el proyecto de ley trans permitirá que hombres biológicos eviten ser juzgados por la VIOGEN al autodeterminarse mujeres. Ya sabemos que eso no ocurrirá para los delitos cometidos ANTES del cambio registral. Pero nada impidirá que un hombre se autodetermine mujer, y si un día después del cambio registral agrede a su pareja mujer no le será de aplicación la VIOGEN. Eso es lo que ha ocurrido (con la ley vigente, mucho más restrictiva a la hora del cambio registral de sexo) en la noticia a la que os referís, y eso es lo que podrá ocurrir con la ley en proyecto, en la que el cambio registral simplemente dependerá de la voluntad del declarante.
Has dicho tontos ? sera tontes no? Me parece que te voy a denunciar por machista !!!?
En cuanto entre en vigor me voy al registro y me cambio de género. Seré una mujer lesbiana.
Si lo permite, porque la misma descripción que acaban de hacer en este ar´ticulo complice de violencia de género describe que solo sería "violencia domestica" y no de género. las femifasicstas mismas fabricaron esta estafa a las mujeres, y ahora pretenden encubrir algo indefendible. EL hombre será siempre hombre aunque se hormonice y se modifique quirurgicamente.
Pues si lee detenidamente el primer párrafo puede comprobar que quien dice que pasaría a ser violencia doméstica es el periódico "El Mundo". En dicho párrafo se cita a la fuente del bulo. En los siguiente se desarrolla y aportan las pruebas que determinan que es un bulo. Porque "una persona responde y responderá por la persona que es a efectos del Registro Civil en el momento de cometer el delito".
La explicación que ustedes dan no es clara y sí puede caber la retroactividad del caso más favorable.
En mi país no hay ley trans Costa Rica
Completamente de acuerdo.