El accidente ferroviario en Adamuz (Córdoba) por el descarrilamiento de un tren de alta velocidad Iryo y el choque de un tren Alvia, abre el debate sobre la seguridad de las infraestructuras ferroviarias en España y sus protocolos de revisión. Esto es lo que dice la normativa vigente sobre el mantenimiento de las vías.
Qué dice la ley ferroviaria. La ley del sector ferroviario, un texto de 2015, no especifica cada cuánto tiempo hay que realizar revisiones a las vías ni labores de mantenimiento pero sí indica que son los administradores (en este caso Adif) los encargados de controlar, vigilar e inspeccionar la infraestructura ferroviaria que controlan. “En todo caso, el administrador de infraestructuras es responsable de la explotación, el mantenimiento y la renovación de una red y le corresponde el desarrollo de las infraestructuras ferroviarias de dicha red, de conformidad con la normativa aplicable”, explica la ley.
Un real decreto. El real decreto sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias establece del mismo modo que son los administradores los responsables de la explotación segura del sistema ferroviario y del control de riesgos.
- El mismo texto establece que, cada año, antes del 31 de mayo, los administradores de infraestructuras deben presentar a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF) un informe anual de seguridad relativo al año natural anterior. En este documento deberán figurar los resultados de las auditorías internas de seguridad que los administradores como Adif hayan realizado. Un ejemplo es el informe anual de 2025 de la AESF (relativo a la situación ferroviaria en 2024), en él se recoge que los administradores de infraestructuras realizaron un total de 25 auditorías.
- Por su parte, la AESF podrá realizar, como parte de una acción de supervisión, auditorías a la situación de seguridad operacional y la interoperabilidad de los administradores.
Una orden ministerial de 2023 completa el desarrollo normativo de la ley ferroviaria y el real decreto sobre seguridad operacional. El texto establece la periodicidad en relación a aspectos concretos de las vías, como pueden ser puentes, pasos superiores, túneles, pasos a nivel, terraplenes o cruces entre andenes. En este sentido:
- Puentes, pasos superiores y túneles. Se deberán revisar cada año de manera básica y realizar una inspección más exhaustiva cada 15 años como mucho.
- Obras de tierra (terraplenes). El texto establece que se deben revisar todos los años si estos tienen más de un metro de altura, como se especifica en los criterios para inspecciones básicas.
- Pasos a nivel. En este caso se revisan cada año o cada dos años, en función de si los pasos cuentan con protección activa o pasiva. Es decir, en función de si la protección instalada avisa al usuario de la llegada del tren o no.
- Cruces entre andenes. Los que cuentan con medidas de protección de clase 2-A (señalización luminosa y acústica que avisa al usuario de la llegada del tren y que es accionada por el propio tren al aproximarse al cruce) se deben revisar cada año y el resto cada dos años.
Qué dice Adif. Adif explica, en un documento de diciembre de 2025, de qué formas se realizan las revisiones de mantenimiento de las vías:
- Recorridos de vigilancia a pie. Personal de vigilancia camina por las vías para detectar posibles problemas o anomalías de cerca que no se podrían detectar desde un tren.
- Recorridos de vigilancia en cabina. Expertos circulan con un tren por las vías estudiando posibles movimientos fuera de lo normal, ruidos o vibraciones.
- Auscultación geométrica. Este procedimiento permite detectar desviaciones en las vías y datos como el ancho de vía, la alineación y la nivelación, entre otros, explica el artículo académico Auscultación para el mantenimiento de una línea ferroviaria de la Comunidad Valenciana.
- Auscultación dinámica. Con esta técnica se detectan “defectos puntuales en la superestructura” estudiando las aceleraciones del tren que se estudia.
- Auscultaciones ultrasónicas. Esta técnica utiliza ultrasonidos para detectar fallos internos en las vías, posibles grietas o defectos que no se puedan detectar.
En el último contrato disponible sobre auscultaciones en las vías (un documento de 2023 pero aún vigente por tener cuatro años de duración) Adif cedía a la empresa “Renfe Fabricación Mantenimiento SME” las labores de vigilancia de las vías y exponía los requisitos mínimos de vigilancia y mantenimiento a realizar:
- Recorridos de vigilancia a pie. Una vez al año (pasando en persona por las vías o captando imágenes por aire) o dos para los casos en los que no se hubiera podido realizar una auscultación geométrica.
- Recorridos de vigilancia en cabina. Tres veces al año como mínimo.
- Auscultación geométrica. Dos veces al año para las vías de alta velocidad y en los casos en los que no se pueda llevar a cabo la mitad de inspección terminarla con un estudio en cabina y limitar la velocidad máxima en ese tramo. En el resto de vías una vez al año.
- Auscultación dinámica. En los tramos de red de alta velocidad se deberá realizar cuatro veces al año como mínimo y en el caso de que esto se incumpla, disminuir la velocidad máxima permitida.
- Auscultaciones ultrasónicas. Este tipo de revisión en las vías se tendrá que realizar al menos una vez al año.
- Ley 38/2015 del sector ferroviario
- Real Decreto 929/2020
- Orden TMA/698/2023
- Artículo académico ‘Auscultación para el mantenimiento de una línea ferroviaria de la Comunidad Valenciana’
- Anexo de Adif de 2020
- Documento de Adif sobre normas de vía de diciembre de 2025
- Página web de Adif
- Normativa técnica de Adif
- Portal de contratación del sector público
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