Vuelve al Congreso la ley de libertad sexual: estas son las últimas enmiendas incorporadas

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Congreso de los Diputados.
Tiempo de lectura: 6 min
(*) Actualización 20/07/2022

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado mayo el dictamen de la ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, la norma que reforma la tipificación de los delitos sexuales y pone el consentimiento en el centro: solo sí será sí.

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Tras ser remitido al Senado, este martes 19 de julio se votó a favor de una enmienda presentada por JuntsXCat, por lo que el texto debe volver al Congreso. Se trata de la enmienda 93, que cambia una letra: en vez de «forzosas», como se lee en el texto remitido por la Cámara baja, «forzosos». Dicha modificación salió adelante con votos del PP, ERC, Ciudadanos, Más Madrid y Coalición Canaria, como informa Europa Press. Repasamos las últimas enmiendas que se han introducido en la ley que deberá volver a votarse en la Cámara Baja.

Qué enmiendas introdujo el Congreso

En la norma que regresa al Congreso desaparece la figura del abuso y todo ataque probado contra la libertad sexual se considerará agresión. Igualmente, se entenderá por violación el acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, así como que se introduzcan miembros corporales u objetos por las dos primeras vías. 

Estos dos puntos planteados por el Gobierno no han sido modificados por los grupos parlamentarios durante su tramitación en la Cámara baja, que sí que han introducido otras enmiendas a la ley de libertad sexual: del castigo por difundir imágenes íntimas de alguien al acceso de las víctimas en situación irregular a las ayudas, o las penas que deberán cumplir los menores condenados por una agresión sexual.  

Por el camino, también se han quedado algunos puntos de los inicialmente impulsados. El más relevante, el relacionado con la tercería locativa y el proxenetismo. 

Enmiendas aprobadas: de la asistencia a víctimas en situación irregular a la difusión de imágenes íntimas 

Asistencia a víctimas en una situación irregular. Las víctimas de violencia machista en una situación irregular tendrán derecho a residencia y trabajo conforme lo que establece la ley de extranjería para las “autorizaciones por circunstancias excepcionales”. 

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  • A esto hay que sumarle los derechos reconocidos en la ley de medidas de protección contra la violencia de género, que ya estaban contemplados en la iniciativa del Ejecutivo. 

Financiación blindada.  Se deja recogido por ley que “el Gobierno garantizará el sistema de financiación articulado” por el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, algo que hasta ahora quedaba al arbitrio de los mandatarios. 

Violencia vicaria. Se reconoce a las madres de menores asesinados por violencia vicaria como “víctimas directas” y, por lo tanto, beneficiarias de las ayudas para los afectados por delitos violentos y contra la libertad sexual. 

Sin régimen de visitas para los maltratadores. Por norma general, un inculpado por violencia de género se quedará sin “régimen de visitas, estancia, relación o comunicación” respecto a los menores que dependan de él. Si por el bien del niño no se acuerda esta suspensión, el juez deberá pronunciarse sobre cómo se realizarán estas visitas y adoptará las medidas necesarias para garantizar la seguridad del menor y la mujer. 

Sin patria potestad. A los responsables de una agresión o explotación sexual a menores o de acoso sexual se les quitará la patria potestad o el derecho de tutela, curatela, guarda o acogimiento de sus propios hijos por un tiempo que podría ir de los cuatro a los diez años. Hasta ahora, la autoridad judicial podía tomar esta decisión de manera razonada, pero no era obligatorio. 

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Cursos para agresores menores de edad. En el último momento, los diputados dieron el visto bueno a una enmienda transaccional para que los menores condenados por una violación o agresión sexual tengan que someterse, obligatoriamente, a programas formativos de educación sexual y de educación en igualdad. 

Centros de crisis. Se considerarán servicios esenciales los centros de crisis 24 horas destinados a la atención a las víctimas de violencia de género, así como los servicios de información, asistencia telefónica y acogida, entre otros. 

Difusión de imágenes íntimas. Quien, sin autorización, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones de una persona obtenidas con su consentimiento se enfrentará a una pena de prisión de tres meses a un año o una multa de seis a doce meses.

  • Multa por replicar. El usuario que reciba estas imágenes y las difunda sin el consentimiento del afectado será sancionado con una multa de uno a tres meses. 
  • Agravante por relación. Se impondrá la pena en su mitad superior cuando cometa los hechos el cónyuge o la pareja o expareja, si la víctima es menor de edad o si se realiza la difusión con fines lucrativos. 

Publicidad ilícita. Pasa a considerarse ilícita cualquier tipo de publicidad que use estereotipos contra los niños y adolescentes y la que suponga la promoción de la prostitución. A estos casos habrá que añadir los que normalicen la violencia contra las mujeres, contemplado en la propuesta inicial. 

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Lo que se ha quedado por el camino: la enmienda que el PSOE tuvo que retirar de la ley de libertad sexual

Al pleno del Congreso no llegó, sin embargo, la enmienda que los socialistas presentaron para castigar el proxenetismo y la tercería locativa, de la que también hablaba la propuesta inicial del Ejecutivo de coalición. 

El PSOE se quedó solo en la defensa de esta medida para abolir la prostitución, dado que la mayoría de sus socios de investidura y el propio Unidas Podemos consideran que era una cuestión compleja, con matices, que debía abordarse y discutirse de forma paralela. 

Por lo tanto, los socialistas aparcaron la enmienda de la ley de libertad sexual y al día siguiente presentaron una propuesta por su cuenta. Se trata del último escollo sufrido por una norma que fue aprobada en primera vuelta hace más de dos años por el Consejo de Ministros y a la que ya solo le queda la fase final de su tramitación: el Senado y, si se le introduce alguna enmienda, una nueva ratificación del Congreso.

*Este artículo ha sido actualizado tras la votación de las enmiendas del Senado sobre la ley de libertad sexual

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