28-M: mismos comicios, distinta ley electoral en cada comunidad

ley electoral comunidades
Sangiao Photography (Shutterstock)
Tiempo de lectura: 6 min

Imagínese un partido de baloncesto en el que mientras unos encestan desde cualquier parte de la cancha, otros solo pueden tirar desde la zona de triple. Y mientras unos equipos cuentan con cinco jugadores, los otros tienen la posibilidad de alinear hasta a siete. Algo parecido va a pasar en las elecciones autonómicas del próximo 28 de mayo, para la que las distintas leyes electorales de cada comunidad fijan normas de juego específicas. 

Publicidad

El 28-M se celebran comicios autonómicos en 12 de las 17 autonomías que tiene España. Van a las urnas Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra, La Rioja y Comunidad Valenciana. Y cada una de ellas cuenta con su propia normativa para regular las elecciones. 

En conjunto, se nutren de la misma base y utilizan el ‘sistema D’Hondt’ para repartir los puestos en las cámaras autonómicas. Sin embargo, varían las condiciones para poder acceder a ellas.

Umbral de voto: la primera barrera que hay que traspasar 

Todos los territorios imponen un número determinado de votos para poder acceder a los parlamentos autonómicos. Esto es, que las candidaturas que no cosechen un determinado porcentaje de apoyos sobre el total de votos válidos quedan automáticamente fuera. 

En este sentido, la mayoría de las comunidades fijan esta barrera en el 3% de los votos válidos emitidos en la circunscripción, que es el mismo baremo que se utiliza para las elecciones generales. Pero hay excepciones: Baleares, Cantabria, Galicia, Madrid y La Rioja lo suben hasta el 5%.

Extremadura sitúa su umbral de voto en el 5% de los votos en una circunscripción. Pero las formaciones también podrán acceder al parlamento autonómico si se han presentado tanto en la provincia de Cáceres como en la de Badajoz y, en conjunto, llega al 5% de las papeletas emitidas en la comunidad. En esta línea, en la Comunidad Valenciana es necesario llegar al 5% de los votos válidos emitidos en toda la región, con independencia de en qué provincia se concurra. 

Publicidad

Canarias es una comunidad con una casuística muy específica porque se elige a una serie de diputados por una circunscripción autonómica y luego a otros por circunscripciones insulares. En este último caso, para poder acceder al parlamento autonómico existe una doble vía: obtener el 15% de los votos válidos en la circunscripción insular o, sumando el de todas estas, llegar al 4% de las papeletas emitidas en el conjunto de la comunidad. Llegar a un 4% de los votos válidos emitidos en el conjunto de Canarias será el requisito que deberán cumplir quienes se presenten por la circunscripción autonómica.

La obligación de celebrar al menos un debate electoral 

Por otro lado, Murcia, País Vasco y Castilla y León tienen en común otro rasgo electoral: son las únicas comunidades en las que sus candidatos están obligados por ley a celebrar al menos un debate electoral antes de enfrentarse a las urnas. 

Murcia. Los medios públicos deben organizar durante la campaña “al menos un debate” entre los cabezas de lista de aquellas candidaturas que ya cuenten con representación parlamentaria. En el texto, además, se abre la posibilidad de celebrar debates no solo con estas formaciones sino con “todas las candidaturas proclamadas”. 

País Vasco. La ley electoral vasca fija que se tendrá que realizar en los medios de comunicación dependientes del Gobierno autonómico al menos un debate sobre política general  “en cada una de las lenguas oficiales”. Como en el caso de Murcia, en ellos solo intervienen los candidatos de las formaciones que hubieran obtenido representación en las anteriores elecciones al Parlamento Vasco. 

Y no solo eso. Estos medios también están obligados a emitir una entrevista en castellano y otra en euskera a los candidatos elegidos por estas formaciones. 

Publicidad

Castilla y León. Esta región es la que impone una condición de participación más estricta de cara a los dos debates que la ley fija que tienen que celebrarse durante la campaña electoral, pues solo pueden formar parte de ellos “las formaciones que tengan grupo propio en las Cortes de Castilla y León”. 

En el resto de comunidades, la participación en estos foros depende de la voluntad de los dirigentes políticos. También ocurre así en Andalucía, a pesar de que cuando se reformó el Estatuto de Autonomía en 2007 se incluyó la promesa de que la ley electoral recogería “la obligación de los medios de comunicación de titularidad pública de organizar debates electorales entre las formaciones políticas con representación parlamentaria”. Desde entonces, esta norma se ha reformado en cuatro ocasiones, pero en ninguna se incluyó dicho precepto.

La Rioja, la comunidad con un diputado autonómico por cada menos habitantes

En los Estatutos o las leyes electorales de las comunidades también se establece el número de diputados que tendrá cada cámara autonómica. En algunos casos como Navarra o Castilla-La Mancha es fijo, pero en otros como Madrid el total de representantes varía en función de la población con la cuenta la comunidad. Tal es así que en 2023 los madrileños elegirán a un representante menos (135) que en los comicios de 2021 (136).

El Estatuto madrileño establece que “la Asamblea estará compuesta por un diputado por cada 50.000 habitantes o fracción superior a 25.000” y, al haberse reducido la población en los últimos dos años, también han disminuido sus representantes. 

Esta proporción de 50.000 habitantes por diputado es, con todo, muy superior a la que tienen en la práctica la mayoría de comunidades autónomas. De hecho, solo superan a la Comunidad de Madrid en este sentido la Comunidad Valenciana (51.092 vecinos por representante), Cataluña (57.506), Castilla-La Mancha (62.107) y Andalucía (77.728). 

Publicidad

En el punto contrario se sitúa La Rioja, donde por cada diputado autonómico hay 9.691 habitantes. Le siguen Navarra (13.231) y Extremadura (16.300). 

Fuentes