El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley de desperdicio alimentario y prevención de las pérdidas, algo que, para el ministro de Agricultura, es “una ineficacia en la cadena alimentaria que tiene consecuencias económicas, sociales, ambientales y éticas”.
La norma, que ahora será remitida al Congreso para iniciar su tramitación parlamentaria, pretende poner coto a los millones de kilos de comida y bebida que los hogares tiran cada año a la basura. En total, 1.364 según los datos del Gobierno (2020). O lo que es lo mismo, una media de 31 kilos/litros por persona, con una pérdida económica individual de 250 euros anuales.
Las 5 claves de la ley de desperdicio alimentario
La norma se dirige a todos los elementos de la cadena: productores primarios, la industria, la distribución y las familias, siendo este último ámbito el que concentra el 40% de los desperdicios generados durante todo el proceso.
Planes de prevención. Todas las empresas de la cadena deberán disponer de un plan de prevención de desperdicios a partir de un autodiagnóstico de sus procedimientos. Una vez identifiquen en qué punto se producen las pérdidas, tendrán que tomar medidas para minimizar estas y decidir el uso que se hace de ellas.
- Excepción. Según ha precisado Luis Planas, únicamente los comercios con menos de 1.300 metros cuadrados estarán exentos de redactar este plan.
Jerarquía. Estos planes tendrán que configurarse en función a un orden, que tendrá como prioridad máxima el consumo humano a través de la donación o la redistribución de los alimentos.
- Consumo humano: donación. Los agentes de la cadena deberán suscribir convenios con empresas, entidades de iniciativa social, ONG o bancos de alimentos, debiendo especificar las condiciones en que se recogen, trasladan y almacenan los productos entre las partes. A su vez, las entidades sociales deberán garantizar la trazabilidad de estos con un registro de entrada y salida, así como comprometerse a que no van a comercializarlos.
- Transformación de los alimentos. En un segundo nivel, se optará por transformar alimentos a los que no se ha podido dar salida pero que mantienen una condición óptima para el consumo. Un ejemplo serían la realización de mermeladas o zumos.
- Alimentación animal. Si los alimentos ya no son aptos para que los ingiera una persona, se dedicarán a la fabricación de piensos o a comida de animales.
- Otros ámbitos. En última instancia, y en este orden, se prevé que los desperdicios se destinen a confeccionar subproductos en otras industrias o a obtener abonos.
Restaurantes: el derecho a llevarse las sobras. Este tipo de establecimiento deberán ofrecer de forma gratuita a sus clientes que puedan trasladar la comida que no han consumido. Para ello, deberán contar con envases aptos para el consumo que sean reutilizables o se puedan reciclar fácilmente.
- Excepción. El proyecto de ley de desperdicios alimentarios contempla una excepción: este precepto no será aplicable en buffet libres.
Supermercados. En el intento de que antes del fin de “su vida útil” los alimentos puedan ser aprovechados, el proyecto de ley incluye una serie de buenas prácticas para este tipo de establecimientos. Tres ejemplos:
- Disponer de una línea de venta de productos “feos, imperfectos o poco estéticos”
- Promover el consumo de productos de temporada, de proximidad o ecológicos
- Incentivar las ventas de productos que caduquen dentro de poco o tengan una fecha de caducidad próxima
Multas de hasta 500.000 euros por incumplir
El proyecto de ley de desperdicio alimentario contempla sanciones por el incumplimiento de los establecido en el texto, tales como no donar los alimentos aptos para el consumo humano con los que se cuente o que las empresas receptoras establezcan algún tipo de discriminación en el reparto.
- Infracción leve (hasta 2.000 euros de multa). Se considera como tal no aplicar la jerarquía en el uso de los alimentos o que las empresas de distribución al por menor o los restaurantes no donen los productos no vendidos que sean aptos para el consumo humano. También que las ONG o entidades sociales no entreguen los excedentes a personas desfavorecidas o que fijen motivos discriminatorios a la hora de repartir los alimentos (motivos de edad, sexo, salud, nacionalidad…).
- Infracción grave (de 2.001 a 60.000 euros de multa). Se concibe como una infracción grave que las empresas de la cadena no cuenten con un plan de prevención.
- Infracción muy grave (de 60.001 a 500.000 euros de multa). Si una entidad comete dos faltas graves en un plazo de dos años, la segunda o ulterior se considerará como muy grave, pudiendo llegar la multa hasta el medio millón de euros.
Evaluación cada año por parte del Ministerio
El proyecto de ley de desperdicio alimentario también contempla que el Ejecutivo deberá redactar un Plan Estratégico -revisable cada cuatro años- sobre el desperdicio de alimentos, donde definirá una estrategia general y las orientaciones que tendrán que seguir las comunidades autónomas.
Además, el Ministerio de Agricultura tendrá que elaborar un plan nacional sobre este mismo tema del que deberá rendir cuentas anualmente: en cada curso deberá emitir un informe sobre los resultados de la aplicación de este plan.
Entrada en vigor. Aunque dependen de cuánto se alargue el trámite parlamentario, la intención del Gobierno es que entre en vigor el 1 de enero de 2023.
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