Qué se vota en el Congreso: la ley de vivienda se enfrenta a su primer examen parlamentario con 6 enmiendas a la totalidad en contra

Ley De Vivienda
Firma de un contrato de hipoteca. | Shutterstock
Tiempo de lectura: 9 min
(*) Actualización 10/03/2022

La ley de vivienda se está topando con algunas polémicas durante su tramitación. Primero fueron las disconformidades entre los partidos de la coalición del Gobierno. Luego, el informe -no vinculante- del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que consideró que la iniciativa cuenta con “un claro dirigismo de la actuación de las instituciones autonómicas y locales, de problemático encaje en el orden constitucional de competencias”.

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[Preguntas y Respuestas: el proyecto de ley de vivienda que el Gobierno remite al Congreso]

Ahora, este 10 de marzo, la norma se enfrenta a su primer examen parlamentario. El pleno del Congreso de los Diputados debate y vota las cinco enmiendas a la totalidad de devolución presentadas por el PP, Ciudadanos, PNV, PDeCAT y JxCat; además de una enmienda con texto alternativo de ERC.

Por qué es importante la ley por el derecho a la vivienda. Esta iniciativa no es de obligado cumplimiento para las autonomías, es decir, se deja en manos de las comunidades y de los ayuntamientos las principales medidas, como la penalización fiscal a las casas vacías. Además, la propuesta define un nuevo marco para el mercado de los alquileres en España.

A quién afecta. A los caseros particulares y a personas físicas o jurídicas que tienen más de 10 viviendas -denominados como ‘gran tenedor’-.

Puntos clave de la ley de vivienda

  1. Parque público de vivienda social. La norma considera este conjunto de viviendas un patrimonio permanente sujeto a protección para que no se pueda enajenar.
  • Vivienda protegida. Se establece indefinidamente la calificación de vivienda protegida; en los casos que “excepcionalmente se justifique”, según la normativa autonómica, el periodo no podrá ser menor de 30 años.
  • Vivienda asequible incentivada. Es una figura nueva “para incrementar la oferta de vivienda a precios asequibles” que se refiere a la vivienda privada con un “alquiler a precios reducidos” a cambio de beneficios fiscales o urbanísticos.
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  1. Control de los precios del alquiler en zonas tensionadas. Se permite que las comunidades autónomas puedan poner un límite a los precios en las zonas que declaren temporalmente como tensionadas.
  • ¿Qué se considera zona tensionada? Si la renta media de la unidad de convivencia para pagar la hipoteca o alquiler -con los gastos de los suministros básicos- supera el 30% de los ingresos medios de los arrendatarios. Además, el precio de compra o alquiler debe haber experimentado un porcentaje de crecimiento acumulado de, como mínimo, cinco puntos porcentuales por encima del IPC de la autonomía.
  • Plazos. Si se dan ambas condiciones, la zona puede ser declarada como tensionada durante los siguientes tres años. Este plazo se prorrogará anualmente cuando “subsistan las circunstancias que motivaron tal declaración y previa justificación de las medidas y acciones públicas adoptadas para revertir o mejorar la situación”.
  • Más tiempo. La ley de vivienda recoge un plazo máximo de 18 meses desde la aprobación de esta norma para ejecutar esta limitación.
  1. Modalidades de beneficios fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el alquiler:
  • Bonificación del 90%. Se bonifica en un 90% la renta que ingresen los propietarios en el IRPF si bajan un 5% el precio del alquiler de una vivienda que esté en una zona tensionada.
  • Bonificación del 70%.
    • Para los propietarios que alquilen su vivienda por primera vez en una zona tensionada y cuyos arrendatarios tengan entre 18 y 35 años.
    • También se aplicará esta bonificación cuando el dueño sea la Administración pública o una ONG y alojen a personas vulnerables económicamente. Estas deben destinar su vivienda al alquiler social con un precio inferior al establecido en el programa de ayudas al alquiler estatal.
  • Bonificación del 60%. Los propietarios que rehabiliten su vivienda en los dos años anteriores a la firma del contrato de arrendamiento.
  1. Sobrecarga del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Los ayuntamientos pueden aplicar una sobrecarga de hasta el 150% en la cuota líquida del IBI a viviendas que lleven vacías más de dos años, con un límite de cuatro inmuebles por propietario, salvo causas justificadas de “desocupación temporal”, como desplazamiento por trabajo o problemas de salud, entre otras.
  1. Vivienda protegida en alquiler. La norma fija un porcentaje mínimo del 50% para este tipo de inmuebles dentro del suelo de reserva para vivienda protegida. Asimismo, hasta el 30% de las nuevas promociones de vivienda se destinan a una reserva sujeta a un régimen de protección pública que, “al menos, permita establecer su precio máximo en venta, alquiler u otras formas de acceso a la vivienda”.
  • Vetada la venta de vivienda pública. La ley de vivienda prohíbe este tipo de venta en, al menos, 30 años. Si se hace, se deberá justificar dicha venta y devolver las concesiones públicas que se han recibido.

Las seis enmiendas de devolución a la ley de vivienda

Las formaciones políticas del Partido Popular, Ciudadanos, PNV, PDeCAT y JxCat han registrado sendas enmiendas a la totalidad de devolución a la ley por el derecho a la vivienda por las siguientes razones:

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  • PP. Los populares indican que la norma tiene una “naturaleza marcadamente intervencionista”, y “ataca” el derecho a la propiedad privada y la libertad de empresa. Además, según la formación, la ley “afecta muy negativamente al sector inmobiliario” y damnifica “tanto a los inquilinos como a los propietarios”.
  • Ciudadanos. Para los naranjas, “los principios y el espíritu” de la iniciativa son “incoherentes, cosméticos e inidóneos para guiar las políticas públicas de vivienda y garantizar el acceso a la misma para todos los ciudadanos”.
  • PNV. Los vascos rechazan la ley de vivienda porque consideran que “incurre en evidentes excesos”, pues “la vivienda es una materia de titularidad autonómica”.
  • PDeCAT. Los independentistas tampoco apoyan la norma debido a una “invasión competencial” en materia de vivienda. Esta puede tener un impacto “negativo” para la oferta de vivienda de alquiler.
  • JxCat. La propuesta del Gobierno es “una absorción competencial forzada y artificial”, según los catalanes.
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Por otro lado, ERC ha presentado una enmienda a la totalidad con texto alternativo, es decir, propone cambiar el texto del Ejecutivo. La formación independentista ajusta la ley al “ámbito incidental” de las competencias del Estado, pues “todas las comunidades autónomas tienen asumida en sus estatutos de autonomía, sin excepción, la competencia plena en materia de vivienda”, así recoge el documento de los catalanes.

De esta manera, ERC apuesta por:

  • “reforzar la política de vivienda como prioridad en la gestión patrimonial del Estado”.
  • unos incentivos fiscales aplicables en el IRPF a los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda.
  • el recargo a aquellos inmuebles de uso residencial desocupados “con carácter permanente” en el IBI. Se aplicará a las viviendas vacías durante más de dos años.
  • la regulación del procedimiento de desahucio en situaciones de vulnerabilidad. Dentro de esta medida, se elimina “la necesidad de consentimiento del interesado en el traslado a las Administraciones públicas competentes para comprobar su situación de vulnerabilidad en procedimientos de desahucio”.
  • establecer un mecanismo “de carácter excepcional y acotado en el tiempo, que pueda intervenir en el mercado para amortiguar las situaciones de tensión”.

¿Qué se vota en el Congreso?

Si el pleno de la Cámara baja apoya una enmienda de devolución a la ley de vivienda (se necesitan más síes que noes para aprobarla), esta será devuelta al Gobierno y, si no lo consigue, la norma continuará su tramitación parlamentaria. Por su parte, si el Congreso da el visto bueno a la enmienda con texto alternativo de ERC, la ley avanzará con el escrito propuesto por la formación republicana.

[¿Cómo se elabora una ley? El proceso, en 5 pasos]

  • Jerga parlamentaria. De acuerdo con el Reglamento del Congreso de los Diputados, este trámite es denominado como debate de totalidad.

Cómo ha quedado la votación. La ley de vivienda seguirá adelante, pues las enmiendas a la totalidad de devolución del PP, Ciudadanos, PNV, PDeCAT y JxCat han sido rechazadas con 174 votos en contra frente a los 161 a favor y los cuatro diputados que se han abstenido.

Asimismo, la enmienda a la totalidad con texto alternativo de ERC también ha sido rechazada por 300 diputados frente a los 28 que se han mostrado a favor de esta y los 11 que se han abstenido.

Por otro lado, se ha aprobado la solicitud de avocación de ERC y del Grupo Parlamentario Plural por 338 diputados frente a uno que se ha opuesto. Es decir, la norma volverá al pleno para una votación final después de su tramitación en comisión y, posteriormente, enviarla al Senado.

Un poco de contexto: la iniciativa para el derecho a la vivienda digna y adecuada

El pasado 14 de diciembre, el pleno del Congreso rechazó la propuesta para el derecho a la vivienda digna y adecuada, presentada por algunos de los socios de investidura de Pedro Sánchez, como ERC, EH Bildu, Más País o BNG. Esta iniciativa, que no salió adelante por el voto determinante en contra del PSOE, estaba basada en las reivindicaciones de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH).

Por otro lado, Pablo Casado avanzó en una entrevista a El Programa de Ana Rosa que “en las comunidades autónomas gobernadas por el PP no se va a aplicar” la ley de vivienda del Gobierno. Es decir, en cinco autonomías: Andalucía, Castilla y León, Comunidad de Madrid, Galicia y Región de Murcia. El todavía líder de los populares señaló en dicho espacio televisivo que “llevaremos la norma al Tribunal Constitucional”.

Fuentes:

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