Sánchez asegura que estas cuatro instituciones han “validado” la ley de amnistía, pero solo una lo ha hecho

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la sesión de control en el Congreso, el 19 de noviembre de 2025 / Fuente: J.J. Guillén (EFE) - ley amnistía España Unión Europea
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la sesión de control en el Congreso, el 19 de noviembre de 2025 / Fuente: J.J. Guillén (EFE)
"La ley de amnistía ha sido ya validada por cuatro instancias jurídicas: la Comisión de Venecia, la Comisión Europea, el Tribunal Constitucional y el informe del abogado general de la UE"
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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declaró durante la última sesión de control que la ley de amnistía “ha sido ya validada por cuatro instancias jurídicas: la Comisión de Venecia, la Comisión Europea, el Tribunal Constitucional y, aunque no sea vinculante, el informe del abogado general de la UE” (minuto 18:45).

  • La norma a la que se refiere Sánchez es la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña.

Es engañoso. Si bien el Tribunal Constitucional (TC) avaló la ley casi en su totalidad, las otras tres instancias que cita el presidente no han adoptado una posición oficial sobre su constitucionalidad o idoneidad, por lo que no puede afirmarse que hayan “validado” la norma.

Comisión de Venecia. El órgano consultivo del Consejo de Europa en materia constitucional solo ha publicado un dictamen al respecto, en el que trata los “requisitos del Estado de derecho en las amnistías”, con “especial referencia al proyecto de amnistía en España”. Este fue aprobado entre el 15 y el 16 de marzo de 2024. 

La Comisión de Venecia aclara en el documento que lleva a cabo “un análisis jurídico” comparativo de las normas europeas e internacionales para casos de amnistías y que “no se pronuncia sobre la conveniencia del proyecto (español) ni sobre su idoneidad para alcanzar el objetivo declarado”. De hecho, atribuye estas decisiones al Gobierno y al Parlamento de España (punto 9).

  • Además, el dictamen dice que “la Comisión de Venecia no es competente para pronunciarse sobre la constitucionalidad del proyecto”, ya que “le compete al Tribunal Constitucional español”, ni tampoco habla de “la compatibilidad con el derecho de la Unión Europea”, ya que “podría ser objeto de sentencia del Tribunal de Justicia de la UE” (punto 10).
  • Sí lanzó algunas recomendaciones, como que una amnistía debería ser aprobada por mayoría cualificada, por sus “efectos divisorios en la sociedad” (punto 62), aunque finalmente el Congreso aprobó el proyecto español con mayoría absoluta (177 a favor, 172 en contra).

Comisión Europea. Desde Newtral.es hemos contactado con la Representación de la Comisión Europea (CE) en España para preguntar por un supuesto posicionamiento del Ejecutivo Comunitario a favor o en contra de la ley de amnistía. Nos remiten unas declaraciones del portavoz de la Comisión, Markus Lammert, realizadas en respuesta a la pregunta de una periodista el pasado 13 de noviembre.

  • “La ley de amnistía es objeto de varios procesos judiciales, entre ellos en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), sobre los que no haremos comentarios. Seguiremos de cerca la evolución de los acontecimientos”, declaró Lammert.

Un rastreo de referencias a esta norma por parte de la CE muestra que en el capítulo de España del Informe del Estado de Derecho 2025 se expone que “el Tribunal Constitucional español declaró que la ley de amnistía es compatible con la Constitución”, que “la Comisión ha estado evaluando la pertinencia de la ley de amnistía desde la perspectiva del Derecho de la UE” y que han sido presentadas “cuatro peticiones de decisión prejudicial ante el TJUE” por los órganos jurisdiccionales nacionales correspondientes (págs. 17 y 18).

  • El pasado mes de junio se filtró un documento de los servicios jurídicos de la Comisión en el que abogados del Ejecutivo comunitario la consideraban una “autoamnistía a cambio de apoyo parlamentario” y aportaban varias críticas hacia la ley. Sin embargo, no hay un posicionamiento oficial de la CE.

Abogado de la UE. El 13 de noviembre, el abogado general del TJUE Dean Spielmann emitió dos opiniones sobre la ley de amnistía. Una de ellas, en respuesta a una pregunta de la Audiencia Nacional sobre si amnistiar a los CDR acusados de terrorismo choca con la Directiva (UE) 2017/541 sobre lucha contra el terrorismo, y la otra, en respuesta al Tribunal de Cuentas sobre si amnistiar la malversación del procés vulnera la protección de los intereses financieros de la UE y el derecho a tutela judicial efectiva.

  • ¿Qué dijo? En resumen, Spielmann consideró que la ley no vulnera la normativa antiterrorista europea ni afecta a los intereses financieros, pero advirtió de que “algunas disposiciones” sobre la “exención de la responsabilidad contable” podrían ser “incompatibles con el derecho a la tutela judicial efectiva”.

Tribunal Constitucional. El TC sí avaló la ley de amnistía, pero excluyó dos apartados que consideraba inconstitucionales y advirtió de que un tercero podría serlo en función de cómo se llevara a la práctica.

“El Pleno del TC avala la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de Amnistía para la Normalización Institucional, Política y Social en Cataluña, salvo en tres aspectos”, tituló la Nota Informativa 61/2025 del propio tribunal. 

Sin respuesta de la Moncloa. Hemos preguntado al equipo de prensa del presidente en qué se basa para decir que esas cuatro “instancias jurídicas” han validado la ley de amnistía, pero no hemos obtenido respuesta.

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