El recurso de inconstitucionalidad que presentó el Partido Popular contra la ley del aborto del 2010, también conocida como ley de plazos, ante el Tribunal Constitucional (TC) sigue sin tener una sentencia 11 años después.
Dos exdiputados del PP y una diputada de Vox que pertenecía al partido de los populares en 2010 han denunciado al TC ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por “dilaciones indebidas en un proceso judicial”.
Ante esto, si el TEDH se pronuncia sobre la denuncia y obliga al Tribunal Constitucional a emitir una sentencia, el órgano tendría que rescatar del cajón el recurso de inconstitucionalidad del PP.
¿Qué pasaría con la ley del aborto si el Tribunal Constitucional estuviera obligado a pronunciarse?
Ángela Figueruelo, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Salamanca, explica en conversación con Newtral.es que “si la denuncia por dilaciones indebidas contra el Tribunal Constitucional ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), es decir, por haber tardado tanto tiempo en emitir sentencia sobre el recurso de inconstitucionalidad del PP, prospera y el TEDH dice que el TC tiene que emitir sentencia, es de obligado cumplimiento que lo haga”.
Es decir, el TEDH solo se pronunciaría sobre la denuncia interpuesta, que es la de resolver o no el recurso de inconstitucionalidad por parte del TC. Pero no sobre si el órgano español debe estar a favor o en contra de lo que planteó el PP.
Además, Figueruelo expone que “el Tribunal Constitucional no puede modificar ninguna ley, pronuncia sentencias, y solo sobre los artículos recogidos o impugnados en el recurso que se presentó”. Por ello, el TC solo podría declarar como inconstitucional la parte del texto legal que recurrió el PP, y, a partir de ahí, “analizarlos y declararlos nulos si se cree que van en contra de la Constitución Española”.
Según Figueruelo, “el PP se basó en el artículo 15 de la Constitución Española para presentar su recurso de inconstitucionalidad. A través de ese artículo alegaron que se debía proteger al no nacido”.
El artículo 15 de la Constitución reconoce que “todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral”. Pero el secretario del Observatorio de Bioética y Derecho de la Universidad de Barcelona, Manuel López Baroni, explica que la argumentación para considerar constitucional la ley del aborto por supuestos de 1985 decía que “el embrión, hasta el momento del nacimiento, no es considerado un ser humano”. Por ello “se reconocieron los derechos de la mujer a abortar, aunque hasta cierto punto”.
Lorenzo Cotino, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia, coincide con Ángela Figueruelo al hablar del proceso de resolución del Tribunal Constitucional: “El órgano tiene que analizar punto por punto lo que se impugna en el recurso de inconstitucionalidad”.
¿Qué pasaría con el sistema de plazos que recoge la ley del aborto del 2010?
No obstante, como indica Lorenzo Cotino, “la esencia del recurso del PP es si puede seguir siendo un sistema de plazos, esto es, que no haya causas o supuestos para poder abortar”. El catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia opina que el TC admitirá el sistema de plazos de la ley de 2010. “A partir de que admitan el sistema de plazos, luego ya pueden entrar en algunos detalles sobre prestación pública, objeción de conciencia de profesionales o información previa”.
Laura Chaqués, catedrática de Ciencias Políticas de la Universidad de Barcelona coincide con la opinión de Cotino: “Cuando el PP recurrió la ley de supuestos de 1985 ante el Tribunal Constitucional, este ya se pronunció a favor del derecho de la mujer a interrumpir su embarazo bajo los supuestos que contemplaba la ley. En su momento, el TC ya hizo la interpretación de la Constitución Española y reconoció ese derecho, por lo que no creo que vuelvan atrás, contra su propia opinión. Me parece una posibilidad muy difícil”, opina la experta.
Aun así, en el caso de que el TC considere inconstitucionales ciertas partes de la ley o la ley del aborto en su totalidad, Ángela Figueruelo insiste en que “esta decisión no tendría carácter retroactivo, no podría afectar a nadie amparado por la ley hasta 2021 y la sentencia, por mucho que el recurso se presentara en 2010”. Algo que también especifica Manuel López Baroni: “Desde un punto de vista penal, en el improbable caso de que declaren la ley como inconstitucional, no tendría carácter retroactivo. No podría afectar ni a las mujeres que hayan abortado por la ley del 2010, ni a los médicos que hicieron la intervención”.
¿Qué recurrió el PP de la ley del aborto en 2010 ante el Tribunal Constitucional?
El recurso n.º 4523-2010 de inconstitucionalidad presentado por el PP en 2010 contra la ley del aborto pedía al Tribunal Constitucional que revisara, entre otros, el artículo 12, que garantiza el acceso al aborto; el 13.4, que se refería a las menores de edad; y el 14 y 15, que determinaban los plazos de 14 y 22 semanas en los que se puede abortar.
El PP presentó el recurso un mes antes de que la ley entrara en vigor. El partido, liderado entonces por Mariano Rajoy, intentó que el órgano judicial suspendiera de manera cautelar las partes de la ley que habían denunciado hasta que emitieran una sentencia. Pero el Tribunal Constitucional denegó la suspensión en un auto posterior al recurso y, desde entonces, no ha emitido sentencia ni se ha pronunciado sobre el recurso del PP, por lo que este proceso lleva pendiente 11 años.
El secretario del Observatorio de Bioética y Derecho de la Universidad de Barcelona, incide en este auto del TC que rechazó suspender la ley hasta que emitieran una sentencia: “Se puede considerar un indicio de que no quisieron evitar que la ley saliera adelante”.
El PP tuvo la oportunidad de cambiar lo que recurrió ante el TC de la ley del aborto
Después de que Mariano Rajoy llegara al Gobierno por primera vez, en el año 2015 el PP cambió parte de la ley que había recurrido al Tribunal Constitucional. Suprimió la posibilidad de abortar a personas menores de edad sin el consentimiento de un progenitor o de un representante legal. Pero el resto de preceptos que incluyeron en el recurso de inconstitucionalidad que presentaron en 2010 al Tribunal Constitucional no se modificaron.
En ese momento, el PP tenía mayoría absoluta en el Congreso, con 186 diputados tras las elecciones de 2011. No obstante, en diciembre de 2015 se convocaron elecciones y el PP obtuvo un peor resultado: 123 diputados, por lo que perdió la mayoría absoluta que si tuvo cuando cambió la ley del aborto, dos meses antes de que concluyera la legislatura.
Sin la ley reformada, las menores tenían la obligación de informar, y se contemplaban excepciones. Con la reforma, se obliga a conseguir el consentimiento parental, es decir, progenitores o tutores legales tendrían la última palabra en la decisión de la menor de interrumpir su embarazo.
Según Laura Chaqués, catedrática de Ciencia Política, el hecho de que exdiputados del PP retomen el recurso de inconstitucionalidad de hace 11 años, “es una representación ante sus electores de que están haciendo algo, aunque pudieron haberlo hecho cuando gobernaban”.
Y, añade: “La opinión pública está a favor de la despenalización del aborto, si se da la razón al recurso del PP se volvería a la ley del 85 que permitía que un médico o una mujer que abortaba fueran a prisión si no estaban dentro de los supuestos de la ley”.
Manuel López Baroni, explica a Newtral.es que “cuando el PP gobernó no se enfrentó al problema que generaba entre sus electores y sus diputados la ley del aborto del 2010, tampoco la ley del matrimonio igualitario”. “Rajoy decidió esperar a que se pronunciara el Tribunal Constitucional sobre el recurso que presentó el ala más conservadora de su partido”, incide López.
¿Cómo funciona el Tribunal Europeo de Derechos Humanos?
Para que una denuncia o demanda se admita ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos deben haberse agotado todas las vías internas del país de origen del denunciante.
Manuel López Bradoni explica a Newtral.es el proceso: “Agotar todas las vías internas se refiere a haber ido ante la Audiencia Nacional, el Tribunal Superior de Justicia, el Tribunal Supremo, y por último el Tribunal Constitucional. Si el demandante considera que tiene razón, puede llevar su caso ante el TEDH, pero antes tendría que haber pasado por todos estos órganos”.
“Además, como la denuncia es contra el Tribunal Constitucional, el órgano de mayor rango, sería extraño que el TEDH diera la razón a los denunciantes, ya que no han agotado la vía interna. Este hecho se puede considerar más como una llamada de atención al TC para que se pronuncie”, opina el experto en Bioética y Derecho.
¿Qué implicó la ley de plazos o la ley del aborto del 2010?
La Ley Orgánica 2/2010 o ley del aborto se aprobó en 2010, durante la segunda legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero. Dentro de su Título II, “de la interrupción voluntaria del embarazo”, esta ley permite el aborto libre en las primeras 14 semanas de embarazo, como se recoge en su artículo 14.
Por ello, se conoce a esta norma como la ley de plazos, ya que si una persona gestante decide interrumpir su embarazo durante un plazo de 14 semanas, podrá hacerlo, aunque bajo ciertas condiciones. También, en su artículo 15 se explican las excepciones en las que se podría interrumpir el embarazo hasta las 22 semanas de gestación. Esto amplió la ley de supuestos de 1985 del Gobierno de Felipe González.
“La ley de plazos se adaptó a las corrientes legislativas de los países de la Unión Europea de aquel momento. Además, el aborto es un delito tipificado en el Código Penal, y aunque se despenalizó en 1985 con la ley de supuestos de Felipe González, está despenalización se extendió en el 2010. Por ejemplo, la sanidad pública pudo llevar a cabo abortos sin incurrir en delito, igual que las mujeres que abortaban por otros supuestos que no contemplaba la ley del 85”, explica a Newtral.es Ángela Figueruelo.
No obstante, cinco años después de que entrase en vigor la ley del aborto en España, el Partido Popular la reformó cuando estaba en el Gobierno. La única modificación lograda en 2015 –que se mantiene a día de hoy– fue restringir el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo para las menores a partir de los 16 años, supeditado al consentimiento de los progenitores.
Menores de 16 y 17 años que abortan: ¿qué implica derogar la reforma de 2015 de la ley del aborto?
Además, la ministra de Igualdad, Irene Montero, quiere recuperar lo que se contemplaba en la ley del 2010 y eliminar la reforma del PP, como afirmó en una ponencia del Instituto de las Mujeres.
Fuentes
- Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo
- Artículo 15 de la Constitución
- Recurso n.º 4523-2010 de inconstitucionalidad
- Pleno. Auto 90/2010, de 14 de julio de 2010. Deniega la suspensión de diversos preceptos de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo solicitada en el recurso de inconstitucionalidad 4523-2010, promovido por setenta y un Diputados del Grupo Parlamentario Popular del Congreso. Votos particulares
- Resultados electorales de las elecciones generales de 2011
- Resultados electorales de las elecciones generales de 2015
- Ponencia de la ministra de Igualdad, Irene Montero, en unas jornadas del Instituto de las Mujeres
- Ángela Figueruelo, catedrática de Derecho Constitucional en la Universidad de Salamanca
- Lorenzo Cotino, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia
- Laura Chaqués, catedrática de Ciencia Política en la Universidad de Barcelona
- Manuel López Baroni, secretario del Observatorio de Bioética y Derecho de la Universidad de Barcelona