Lesmes no podrá cobrar la indemnización como ex alto cargo de más de 9.600 euros al mes si se reincorpora al Tribunal Supremo

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Fuente: EFE
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Carlos Lesmes comunicó el pasado 9 de septiembre su dimisión como presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a través de un comunicado en el que también adelantaba su “voluntad de regresar de forma inmediata” a la Carrera Judicial y retomar su plaza de magistrado en el Tribunal Supremo. Su cese se hará efectivo cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado y, en caso de que esta incorporación fuera inmediata, le impediría cobrar la indemnización que le corresponde por haber ocupado un puesto como alto cargo del Estado.

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Cuánto podría cobrar Lesmes como indemnización 

Cuando un alto cargo es cesado o dimite de su cargo tiene derecho a cobrar una indemnización del 80% de su sueldo en función del periodo en el que haya estado en su puesto y hasta un máximo de dos años. Todo ello, siempre y cuando no reciba otro sueldo. 

Más de 9.600 euros al mes. En este caso, Lesmes ha ocupado ocho años y diez meses la presidencia del Tribunal Supremo y del CGPJ , por lo que podría cobrar la ayuda durante el tope de 24 mensualidades. Como su sueldo asignado para 2022 es de 145.361,14 euros brutos anuales, el 80% que le correspondería serían 116.288,91 euros al año. Esto es lo equivalente a 9.690,74 euros al mes en doce pagas. 

Así está regulado el “paro” de los altos cargos

Según está regulado en la ley de Presupuestos Generales del Estado de 1981 (art. 10, número 5, norma primera), esta ayuda la pueden solicitar altos cargos de la Administración General del Estado como ministros, secretarios de Estado, el fiscal general del Estado, los máximos responsables de los organismos reguladores y el jefe y secretario general de la Casa Real, entre otros. 

Sin embargo, el Real Decreto-ley 20/2012  también recoge incompatibilidades de su cobro y establece que no se podrá percibir esta ayuda desde el momento en el que se tenga otra retribución, ya provenga de la actividad pública o privada. 

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Además, desde el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, del que depende la Oficina de Conflicto de Intereses que se encarga de vigilar esta prerrogativa, indicaron en su momento a Newtral.es que una vez dejen de percibir esta ayuda por incompatibilidad laboral no podrían volver a recuperar la ayuda cuando cesen de las mismas.

Fuentes

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