La jura de la Constitución de Leonor, obligada y regulada legalmente por el artículo 61 de la Carta Magna, será similar al acto de jura de su padre, el rey Felipe VI, que tuvo lugar en 1986. Así, la Princesa de Asturias jurará la Constitución ante los representantes políticos del Estado con la misma fórmula que utilizó el actual monarca hace 37 años: “Juro desempeñar fielmente mis funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes, y respetar los derechos de los ciudadanos y de las comunidades autónomas, y fidelidad al Rey”.
- El acto tiene un valor simbólico, pero también una función legal, como explican los expertos consultados. Por un lado, se trata de una liturgia que pretende escenificar la continuidad de la monarquía y su conexión con la historia, por otro, tiene un efecto jurídico mayor.
El juramento de Leonor supone el acatamiento de la Constitución ante las Cortes en una monarquía parlamentaria, en la que la soberanía nacional reside en el pueblo y por eso lo hace ante los representantes políticos elegidos democráticamente (Congreso y Senado). Además, su mayoría de edad en el momento de la jura de la Constitución marca el momento en el que Leonor legalmente pasa a ser capaz de suplir al rey si este muriera o quedara inhabilitado. El juramento no altera su estatus de heredera, ya que este está regulado en la Constitución. Tampoco se modifica su aforamiento: en caso de ser procesada sería juzgada por el Tribunal Supremo, al igual que ocurre en el caso de la reina Letizia, pero no es inviolable como el Jefe del Estado.
Expertos en Constitucional analizan cuál es el peso simbólico, legal e institucional de la jura de la Constitución de la princesa Leonor.
El significado legal de la jura de Leonor está recogida en la Constitución
La Constitución Española señala en el artículo 61.2 del Título II de la Corona, que “el Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento”, en referencia al que tiene que prestar el rey al ser proclamado ante las Cortes Generales. Es decir, “desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas”, así como el juramento de fidelidad al monarca.
Este acto de jura de la Constitución tiene una gran carga simbólica, legal e institucional por la legitimidad democrática que concede a la princesa Leonor, según los expertos consultados por Newtral.es. Representa el acatamiento ante la sede de la soberanía nacional que dota de continuidad a la monarquía parlamentaria, además de que habilita a la princesa a asumir las funciones de reina si su padre quedara inhabilitado.
Eloy García, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid, subraya que “el acto de la jura de la princesa Leonor da cumplimiento a un precepto constitucional de manera que se convierte oficial y legítimamente en la heredera de la Corona”. Así, a partir de este juramento, Leonor se convierte en un sujeto público y está llamada a desempeñar su cargo.
El acto, el contenido, el sujeto y los destinatarios: las cuatro dimensiones del juramento
Javier Tajadura, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad del País Vasco, disecciona el acto de Leonor de jura de la Constitución en sus cuatro dimensiones simbólicas y legales:
- La naturaleza del acto: un juramento. Un juramento es un compromiso moral adquirido en conciencia de un determinado comportamiento a futuro. “Un juramento es un acto unilateral, la garantía para los demás de un comportamiento concreto a futuro”.
- El contenido: defender la Constitución. Leonor jurará, “sin ninguna reserva y con toda claridad” su compromiso de futuro: Cuando se convierta en Jefa de Estado, cumplirá con la Constitución y la defenderá [en la fórmula “guardar y hacer guardar la Constitución”].
- El sujeto: la princesa Leonor. Leonor, solo por adquirir la mayoría de edad, podría ser reina en caso de que su padre muriera. Eloy García señala que la princesa, tras el acto de jura, “comienza a desarrollar su periplo público para tratar de generar confianza e identificación de su figura con la ciudadanía”.
- Los destinatarios: los ciudadanos. El juramento a la Constitución es un acto simbólico y legal que se realiza de manera unilateral por parte de Leonor en el que no participan ni intervienen los representantes políticos del Estado, aunque sí tienen que estar presentes. “Los destinatarios son los ciudadanos”, indica Tajadura.
Las funciones de la heredera tras el juramento
La Constitución no especifica las funciones a nivel legal de Leonor, salvo en lo relativo a la regencia, ni qué papel desempeña en sus actuaciones públicas. Ante esta falta de normativa jurídica, Tajadura señala que “por la lógica del sistema” la princesa, tras jurar la Carga Magna, tiene tres funciones:
- Conectar con la sociedad, conocer lo mejor que pueda la sociedad española.
- Comunicar, cada vez que hace un discurso, que interviene, tiene que comunicar con ejemplo.
- Autocontrol. Evitar dar su opinión política o mostrarse partidista. “Por la neutralidad, ha de aprender la autocontención”, insiste Tajadura.
- Eloy García, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid
- Javier Tajadura, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad del País Vasco