Las claves del auto que permite a LaLiga solicitar los datos de los clientes que retransmitan el fútbol pirata

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El delantero argentino Lionel Messi del Barcelona, celebra su gol ante la Real Sociedad durante el partido correspondiente a la jornada 27 de LaLiga Santander, que se disputa este sábado en el estadio Camp Nou de Barcelona. EFE/Quique García
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La justicia ha dado luz verde a LaLiga de fútbol a demandar a los clientes que se lucran con la emisión ilegal de contenido por piratería a través de Internet. Así lo ha avalado el Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona, en un auto con fecha del pasado 13 de febrero. 

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Los abogados especialistas en nuevas tecnologías, David Maeztu y Samuel Parra, analizan para Newtral.es el auto judicial que allana el camino para que LaLiga pueda demandar a los que se lucran compartiendo la retransmisión de los partidos de fútbol.

  • Diferencias entre auto y sentencia. La diferencia entre auto y sentencia es técnica. “Una sentencia resuelve un asunto y un auto sirve para tramitarlo”, indica Parra. “Cuando alguien quiere demandar a otra persona y no conoce sus datos, la Ley de Enjuiciamiento Civil permite obtenerlos a través de un auto de diligencias preliminares”, añade Maeztu. Por tanto, en este caso, “LaLiga ha hecho una solicitud de diligencias preliminares contra las operadoras para obtener los datos de aquellos que prevé demandar en el futuro por piratería”, matizan los expertos.

El contenido del auto. El Juzgado ha aceptado una solicitud de diligencias preliminares de información que La Liga Nacional de Fútbol Profesional (LaLiga) presentó el 9 de enero para solicitar a los operadores de Internet identificar los clientes del servicio que, mediante cardsharing, comparten la conexión para que otros la vean. Como resume Parra, “LaLiga quiere demandar a una serie de personas que cometen el acto ilícito de compartir la emisión y le pide a las operadoras que las identifique”. 

En concreto, la operativa de la red de piratería que denuncia LaLiga en el auto, se resume de la siguiente manera: se comparte la información a través de una tarjeta de pago legítima, que está asociada a un ordenador o decodificador de satélite que está continuamente conectado a Internet, proporcionando códigos de acceso descifrados. Esta información se comparte con los clientes, imitando la tarjeta de abonado original, permitiéndoles acceder a la señal codificada. Tanto la red que presta el servicio como los clientes que acceden al mismo dejan su rastro a través de las direcciones IP, que identifican a los dispositivos que se conectan a Internet.

Quién es el demandado. Este auto no persigue a las personas que ven un partido de fútbol sin derechos. “Se dirige a clientes de Movistar + que utilizan decodificadores para compartir la conexión para que otros lo vean a cambio de dinero”, matiza Parra. “LaLiga, por tanto, no persigue a los usuarios finales que ven el fútbol sin pagar, sino a esas personas que se lucran redifundiendo la señal”, añade. Es decir, LaLiga busca demandar a las personas que comparten las retransmisiones deportivas ilegalmente tras acceder a ellas legítimamente. 

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La motivación económica. El auto manifiesta de forma clara que la solicitud de LaLiga no afecta a aquellos usuarios que consuman fútbol pirata “de buena fe y sin ánimo de obtención de beneficios económicos o comerciales”. 

La orden del juez. El magistrado, Javier Ramos De La Peña, ha ordenado a cinco operadoras (Vodafone, Orange, Más Móvil, Digi Telecom y Telefónica) “la entrega de la dirección IP asignada al usuario”, “el nombre y apellidos del titular del contrato del Servicio de Acceso a Internet”,  la “dirección postal de la instalación de la línea y de facturación” y el “documento identificativo [NIF, NIE, otro], respecto de la información de la dirección IP del servidor al que ha conectado”; el “puerto del servidor al que ha conectado” y la “Hora de la solicitud”. 

Los límites del auto. Como indican los expertos, las diligencias no son nada más que una primera fase para poder demandar a esas personas que se identifiquen. Sin embargo, como indica el auto, las operadoras tienen derecho a negarse a entregar esta información a LaLiga, aunque deberán justificarlo debidamente. “Podrían indicar que les resulta imposible técnicamente conocer el contenido de esta retransmisión ilegal, saber que efectivamente se trata de fútbol y no de otro tipo de contenido”, asegura Parra.

El texto jurídico recoge, además, que, una vez entregada esta información por parte de las operadoras, LaLiga tiene un plazo de un mes para interponer las demandas. Si no lo hace, “perderá la caución”. 

Fuentes
  • David Maeztu, abogado especialista en nuevas tecnologías.
  • Samuel Parra, abogado especializado en el área tecnológica del Derecho
  • Auto judicial para diligencias preliminares
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