En los últimos días se ha producido una disputa sobre qué candidatos pueden participar o no en los debates oficiales de la campaña electoral de Castilla y León. En concreto, Unión del Pueblo Leonés (UPL) y Soria ¡Ya! denuncian que la Junta Electoral los deja fuera pese a tener representación en las Cortes autonómicas, mientras que el organismo lo justifica con que no tienen “grupo parlamentario propio”.
Qué ocurre. El 12 de febrero, la Junta Electoral de Castilla y León decidió que las formaciones que pueden asistir a los dos debates oficiales previstos (organizados por RTVE y CyLTV) son el Partido Popular (PP), el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Vox.
- La ley electoral de Castilla y León expone que “los candidatos a la Presidencia de la Junta de las formaciones políticas que tengan grupo parlamentario propio en las Cortes deberán celebrar, al menos, dos debates públicos durante la campaña electoral”.
La decisión de la Junta supone que no puedan participar en dichos debates partidos como UPL y Soria ¡Ya! o coaliciones como En común (IU-MS-VQ) o Podemos-Alianza Verde, lo que los ha llevado a presentar recursos ante la Junta Electoral Central (JEC). No obstante, la JEC los ha desestimado.
Qué dicen los partidos. Las formaciones que han sido rechazadas para participar en los dos debates oficiales han mostrado su descontento en redes sociales, especialmente en X: IU habla de “debate restringido”, Podemos de “expulsión” y “veto”, UPL de “ausencia injusta y alegal”, y Soria ¡Ya! de “despropósito”.
❌ UPL califica de "injusta y alegal" su ausencia en los debates electorales autonómicos.
🗣️ "Hemos funcionado como grupo parlamentario propio y curiosamente ahora descubrimos que por una interpretación interesada de la Junta Electoral CyL ya no lo somos", @luismasr pic.twitter.com/lDTVUyZWam— Unión del Pueblo Leonés (UPL) (@UPLeones) February 16, 2026Publicidad
En qué se basan las juntas electorales. Tanto el organismo autonómico como el central señalan que ninguno de estos partidos cumple los requisitos legales para participar en dichos debates. Se basan en dos elementos:
- Reglamento de las Cortes de Castilla y León. El artículo 19 de esta norma regula los requisitos mínimos para constituir un grupo parlamentario: haber conseguido al menos cinco escaños en la cámara regional o, de otra forma, tres escaños con al menos el 5% de los votos emitidos en Castilla y León.
- Ley electoral autonómica. El artículo 31 bis de esta norma obliga a los candidatos de las formaciones políticas “que tengan grupo parlamentario propio en las Cortes” a celebrar al menos dos debates.
Actualmente, UPL y Soria ¡Ya! comparten un grupo parlamentario conjunto con seis diputados regionales (tres de cada formación). Ninguno de ellos alcanzó el 5% de los votos en las elecciones de 2022.
- Por su parte, el diputado de Podemos está en el grupo mixto junto con otro de Por Ávila (XAV) y un exdiputado de Ciudadanos.
Entonces, ¿cuál es el problema? Las juntas electorales no asumen como grupo “propio” el conformado por UPL y Soria ¡Ya!, ya que consideran que las formaciones “no reunían este requisito de forma separada, […] por lo que debieron unirse para constituir lo que puede considerarse como un ‘grupo parlamentario compartido’, pero no uno propio de cada una de las formaciones”.
Según dichos organismos electorales, una interpretación como la que hacen UPL y Soria ¡Ya! “permitiría designar dos candidatos a efectos del debate –por parte de un mismo grupo– y convertiría el criterio de representatividad en arbitrario, contrario al principio de igualdad electoral”.
- En el caso de las coaliciones En común y Podemos-Alianza Verde, las juntas electorales sostienen que tampoco cumplen los requisitos legales para participar en los debates y sostienen que “no existe ningún elemento diferenciador respecto de los casos precedentes que lleve a apartarse del criterio sostenido entonces”.
Antecedentes. En los debates electorales oficiales de cara a los comicios autonómicos de 2019, participaron los candidatos de PP, PSOE, Podemos y Ciudadanos. Los cuatro partidos cumplían los requisitos establecidos por el Reglamento de las Cortes y la ley electoral de Castilla y León. Sin embargo, en 2022, el candidato de Podemos se quedó fuera de los debates oficiales después de que su partido solo consiguiera dos escaños en las elecciones previas.