Varios mensajes difundidos en redes sociales aseguran que la Junta Electoral Central habría rechazado exigir el DNI para depositar el voto por correo en las próximas elecciones generales del 23 de julio. El desencadenante es un tuit publicado por un medio de comunicación que asegura que “la máxima autoridad electoral” habría rechazado “imponer la obligación de identificarse a la hora de depositar las papeletas en la oficina de Correos”, pero se refiere a una resolución provincial que se circunscribe a las elecciones locales.
“La máxima autoridad electoral rechaza imponer la obligación de identificarse a la hora de depositar las papeletas en la oficina de Correos”, reza el tuit viral publicado por un medio de comunicación. Como consecuencia, se han sucedido las publicaciones que aseguran que “se avecina un pucherazo electoral” y que acusan a la Junta Electoral Central de cometer “un acto de alta traición al desproteger la seguridad del voto por correo”.
En rigor, a fecha de publicación de esta verificación la Junta Electoral Central no se ha manifestado aún sobre la posibilidad de exigir la identificación a quienes depositen su voto anticipado en la oficina de Correos en las próximas elecciones generales. La resolución a la que se refiere el tuit del medio de comunicación corresponde a la Junta Electoral Provincial de Sevilla y versa ─exclusivamente─ sobre las elecciones locales del 28 de mayo.

Tal y como confirman fuentes de la Junta Electoral Central a Newtral.es, este órgano se reunirá el próximo jueves 8 de junio y, entre otros asuntos, prevé abordar la exigencia del DNI para depositar el voto de forma anticipada en las oficinas de Correos. Estas mismas fuentes insisten en que la resolución de la Junta Electoral de Sevilla no tiene ningún efecto sobre el voto por correo en las elecciones generales del 23 de julio.
Independientemente de la posición que adopte la Junta Electoral Central, ya es obligatorio identificarse con el DNI para solicitar la documentación del voto por correo, aunque no es preciso volverlo a presentar en el momento de emitir el voto en la oficina postal mediante correo certificado. No obstante, en las elecciones locales y autonómicas del pasado 28 de mayo, la Junta Electoral de Melilla sí requirió la identificación personal al emitir el voto por correo ante las incidencias detectadas en la ciudad autónoma.
¿Qué dicen la ley y la Junta Electoral sobre el DNI y el voto por correo?
Cuando un ciudadano vota de forma anticipada, debe solicitar el voto por correo en una oficina de Correos o por vía telemática, tal y como marca el artículo 72 de la Ley de Régimen Electoral (Loreg). En el momento de solicitarlo sí es necesario identificarse con el DNI o, en caso de solicitarlo por vía telemática, con DNI electrónico o certificado digital. Tras este trámite, el ciudadano recibirá en su casa la documentación electoral ─sobre y papeletas─ junto a una hoja informativa y el certificado de inscripción en el censo.
[Los votantes de Melilla deberán identificarse con el DNI en las oficinas de Correos]
El voto debe emitirse por correo certificado en una oficina de Correos antes del tercer día previo a las elecciones. En este momento no se requiere la identificación con DNI; pero, tras las denuncias de votos comprados en Melilla, la Junta Electoral de Zona de la Ciudad Autónoma decidió exigir la documentación personal también en el momento de emitir el voto en las oficinas de Correos. No obstante, esta decisión, como la de Sevilla, no atañe a las elecciones generales del 23 de julio.
En definitiva, la resolución adoptada por Sevilla de cara a las elecciones del 28 de mayo no es vinculante para las generales que se celebrarán en julio. Será la Junta Electoral Central la que tome la decisión y, hasta el momento, no se ha pronunciado. Hasta ahora, solo se exige que el elector se identifique en el momento de la solicitud del voto por correo y en la recepción del mismo.

- Fuentes de la Junta Electoral Central
- Resolución de la Junta Electoral Provincial de Sevilla del 28 de mayo de 2023
- Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG)
- El Mundo