Isla de Valdecañas: 15 años de batalla legal para la demolición de una urbanización de lujo construida en un parque natural

El Supremo aprueba la demolición de la urbanización de lujo Marina Isla de Valdecañas, construida sobre terreno Red Natura 2000
Foto: Google Earth Pro
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La decisión del Tribunal Supremo de ordenar la demolición de la urbanización de lujo Marina Isla de Valdecañas, en Cáceres, asentada sobre un entorno natural “de alto valor”, marca un antes y un después en la protección de espacios ambientales ante incumplimientos inmobiliarios. Desde la aprobación del proyecto, en 2007, la construcción ha sido objeto de disputas en los tribunales autonómicos y nacionales entre los promotores, la Junta de Extremadura y asociaciones medioambientalistas como Ecologistas en Acción, ya que los terrenos donde fue edificada la urbanización de lujo Marina Isla de Valdecañas, forman parte de la Red Natura 2000, que protege espacios naturales de gran valor ecológico. 

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El 15 de febrero el Supremo pública la sentencia cuyo fallo adelantó el pasado 8 de febrero.  La sentencia 162/2022 ordena que la urbanización sea derruida y se apruebe un proyecto para recuperar el entorno natural afectado por su construcción. Esta decisión marca el desenlace de una lucha entre ecologistas, la Administración y los propietarios tras 15 años de batalla legal. Te contamos cómo hemos llegado hasta aquí.

¿Cuál ha sido la decisión del Supremo sobre la demolición de la urbanización Marina Isla de Valdecañas?

Tras 15 años en los tribunales, el Tribunal Supremo ha confirmado que las viviendas, el hotel y el campo de golf ya construidos por la empresa Marina Isla de Valdecañas, S.A “deberán ser demolidos como el resto de las obras e instalaciones”, según consta en la sentencia.

Con esta decisión, el órgano judicial estima el recurso que Ecologistas en Acción presentó contra un auto de 2020 ratificado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Extremadura. En este caso, el Tribunal había declarado la “imposibilidad material parcial de ejecutar las sentencias” y demoler la urbanización en la Isla de Valdecañas. 

En el auto inicial se acordaba la demolición de los proyectos no acabados. Sin embargo, se mantenía todo lo que ya estuviese terminado, incluyendo el campo de golf, 186 viviendas, y un hotel. En la sentencia del Supremo se sopesan los argumentos para la demolición parcial, pero el tribunal los considera insuficientes. Alguno de estos argumentos era el valor añadido del complejo a las dos localidades cercanas, en cuanto a servicios y puestos de trabajo. Sin embargo, en la sentencia se refleja que la urbanización “no genera un número alto de empleos” y el impacto sería limitado. 

Por otro lado, la Administración apuntó que el coste de demoler toda construcción en la isla era demasiado para las arcas públicas. En caso de que se estime que los propietarios tienen derecho a una indemnización, Luís Díaz-Ambrona, abogado de los 186 propietarios de la urbanización, estima que la inversión media de cada propietario ronda los 800.000 euros. El coste de la demolición y de las indemnizaciones también está reflejado en la sentencia, con una estimación total de la Junta en 145 millones de euros. Pero el Supremo también rechaza la validez de esta argumentación, ya que apunta que “un detrimento grave a la Hacienda Pública” no imposibilita el cumplimiento de una sentencia. Aunque la Junta podrá pedir al tribunal encargado de fijar la cuantía “ejecutar la sentencia en la forma que sea menos gravosa”.

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José María Trillo-Figueroa, abogado de Ecologistas en Acción explica a Newtral.es que dadas las sentencias previas, y a espera de los detalles de la última sentencia, la organización es optimista ante la demolición de la urbanización. En parte, se debe a que hay otros precedentes en España donde se han llevado a cabo. 

Uno de estos casos, recogido en el informe de Greenpeace, es el de la urbanización El Alto del Cuco (Cantabria), que incluía 400 viviendas unifamiliares. En 2011 el Supremo ordenó la demolición de las 214 viviendas que habían sido construidas y en 2016 se inició su demolición. 

¿Dónde está construida la urbanización Isla de Valdecañas?

En un comunicado, Ecologistas en Acción recordaba que los terrenos donde se construyó la urbanización tenían “un enorme valor ecológico por la diversidad y riqueza de sus ecosistemas y sus especies”.

Además, la organización recogió que el embalse de Valdecañas tiene tres figuras de protección a nivel nacional: Zona de Especial Protección de las Aves (ZEPA), Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), y forma parte de la Red Natura 2000. Esta última es una red de conservación de la biodiversidad a nivel de la UE que ocupa el 18% del territorio europeo.

Sin embargo, Díaz-Ambrona cuenta a Newtral.es que en su opinión lo más aconsejable para el medio ambiente a estas alturas sería la demolición parcial, ya que una demolición total tendría mayor efecto sobre el ecosistema. Añade que antes de la construcción la isla era un “terreno en total abandono, un vertedero de basura con electrodomésticos abandonados”, como recoge “el propio informe de la Estación Biológica de Doñana”, que pertence al CSIC. 

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Este informe de 2018 al que se refiere el abogado, sí recoge que existen pruebas documentales, como fotografías, que muestran “cierta proliferación de basura en las orillas de la isla”. Pero no hace referencia a ningún vertedero o electrodomésticos abandonados. 

El abogado de los propietarios añade que los terrenos de la isla no tenían tanto valor ecológico como el resto del área ZEPA de los alrededores. Debido a que se trataba de una antigua plantación de eucaliptus para su uso maderero, que había sido abandonada. En el informe del CSIC se confirma esta afirmación, pero se añade que “espacios de calidad subóptima pueden cumplir otras funciones y contribuir a los objetivos de conservación de este y otros espacios protegidos”. Además, recoge que “no había razones objetivas para que la isla de Valdecañas fuera excluida de la ZEPA”.

Se explica también en el informe que, como decía el abogado, hasta la década de 1990 se usó para aprovechamiento forestal. Pero desde entonces el abandono posibilitó la regeneración natural de la vegetación nativa. De no haberse llevado a cabo la construcción de la urbanización “es muy probable que la isla estuviese cubierta actualmente por un bosque mediterráneo relativamente desarrollado” recoge el informe. 

¿Se puede revocar la protección de Red Natura 2000?

Una vez un terreno se considera parte de la Red Natura 2000, como en este caso la Isla de Valdecañas, el proceso para retirarle esta protección es complicado. Según se explica en la sentencia del Tribunal Constitucional, el Real Decreto legislativo 2/2008 establece que el territorio de Red Natura 2000 solo podrá alterarse cuando “lo justifiquen los cambios provocados por su evolución natural, científicamente demostrada, y a través del procedimiento establecido”. Este procedimiento incluye que la Comisión Europea acepte la propuesta de descatalogación. Estos pasos, según recoge el Constitucional, no se dieron en la autorización para la construcción de la urbanización. 

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Desde la Junta se recurrió la decisión de 2011 del TSJ de Extremadura alegando que la inclusión del terreno en la Red Natura 2000 “no implica necesariamente su consideración como suelo no urbanizable de protección especial”. Sin embargo, el Supremo rechazó esta valoración en 2014 y el Constitucional en 2019, que razonó que la inclusión de los terrenos en esta red de protección sí los hacía “incompatibles con la urbanización” (p. 4)

La urbanización se comenzó a construir en 2007, después de que la Junta de Extremadura, gobernada por el socialista Juan Carlos Rodríguez Ibarra, diera luz verde a la misma en el Decreto 55/2007, de 10 de abril como Proyecto de Interés Regional (PIR). El plan incluía dos hoteles, 315 viviendas unifamiliares, y otras instalaciones como pistas de tenis y pádel, piscinas, un embarcadero, y playas artificiales, entre otros. Tenía también un campo de golf de 18 hoyos, ya operativo en 2011, según la Real Federación Española de Golf. A día de hoy, como confirma el abogado que representa a los propietarios, 186 de las 315 viviendas han sido construidas y vendidas.

Ante la aprobación en 2007, las asociaciones ecologistas Adenex y Ecologistas en Acción recurrieron el proyecto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Extremadura, donde se les denegó la paralización cautelar de la obra, como se explica en el fallo del Tribunal Constitucional de 2019. Cuatro años después, en 2011, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura declaró nulo el decreto que dio luz verde al proyecto, ya que, según el tribunal, “no quedaba amparado en ninguno de los concretos objetivos que podrían legitimar” que el proyecto fuera de interés regional, que era necesario ante la importancia medioambiental de la zona. 

Ese mismo año, la Junta modificó la Ley de suelo de la comunidad para evitar que la inclusión en la Red Natura 2000 impidiese la construcción, pero el Tribunal Constitucional lo declaró inconstitucional. 

Tras el recurso de la Junta a la decisión de anular el Decreto 55/2007, el caso llegó a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo en 2014, que confirmó la sentencia del tribunal extremeño. Lo siguiente fue el auto del TSJ de Extremadura en 2020 para la demolición parcial cuyo recurso ha aceptado el Tribunal Supremo en febrero de 2022, como se explicaba al comienzo del artículo.  

¿Queda algún recurso por agotar? 

Ante una decisión judicial, las partes afectadas pueden presentar un recurso ante un tribunal superior. En este caso, Díaz-Ambrona contó a Newtral.es que, aunque está a la espera de la publicación de la sentencia del Supremo, se considerarán las opciones legales disponibles, como presentar ante el Tribunal Constitucional un recurso de Amparo, o un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, o ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En caso de que se lleve a cabo el derribo, y se estime que los propietarios tienen derecho a una indemnización, el abogado estima que el coste medio de cada propietario ronda los 800.000 euros. 

La Junta de Extremadura también confirmó a Newtral.es que no descartan los recursos legales antes mencionados, pero que están a la espera de conocer el texto de la sentencia del Supremo, como también recogió en este comunicado. 

2 Comentarios

  • Yo considero que se puede llegar a un acuerdo de conservación por parte de los pobladores ,que no se permita más construcciones y que se comprometan al desarrollo ecológico ,porque la isla puede tener un potencial turístico. No entiendo la postura de Red Natura 2000 , quieren una isla abandonada para que ? Cuando puede existir un balance deocupacion responsable y ecológica junto a un desarrollo ecoturístico. Que puede dar empleos .Más en estos tiempos críticos de la economía global , yo soy unnfiel defensor de los animales y la naturaleza pero el progreso puede ir de la mano a una conservación del medio ambiente .Los ecologistas son en muchos casos personas de poca vision

    • No quieren una isla abandonada, quieren que una isla con abundante biodiversidad y llena de vida animal siga como estaba. No llena de casas coches, basura, ruido y un campo de golf. Si eres defensor de los animales y la naturaleza esto es algo sencillo de entender.