La Fiscalía Anticorrupción ha abierto este jueves una investigación al presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, y al futbolista y presidente de Kosmos, Gerard Piqué. Según ha adelantado El Independiente, las diligencias se centran en supuestas irregularidades cometidas bajo su gestión, entre ellas, el contrato por el que la Supercopa se celebra en Arabia Saudí.
El proceso se ha iniciado a partir de la denuncia presentada por el presidente del Centro Nacional de Formación de Entrenadores de Fútbol, Miguel Ángel Galán, tras la información publicada por El Confidencial.
En un comunicado emitido horas después, la RFEF anunciaba que se ha personado ante la Fiscalía para “facilitar la documentación que precise o aclarar cualquier aspecto que se le solicite”. Con todo, mantiene que las informaciones aparecidas estos días se deben a “una campaña de desprestigio sin precedentes” contra Rubiales y su equipo.
En paralelo al plano judicial y a las revelaciones de los últimos días sobre las grabaciones realizadas por Rubiales, la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) ha pedido esta semana al Centro Superior de Deportes (CSD) que “abra una investigación para determinar si se ha producido una conducta de las tipificadas en el artículo 76 de la Ley del Deporte, referida a infracciones graves o muy graves”.
Según confirmó el presidente del CSD, José Manuel Franco, el organismo está estudiando dos denuncias recibidas en relación a Luis Rubiales, a quien ha remitido una carta pidiéndole que dé explicaciones sobre los “presuntos comportamientos irregulares” que pueden “perjudicar la imagen y el buen nombre de la Federación”.
¿Qué tipo de infracciones se consideran muy graves?
En línea con lo reclamado por la AFE al Consejo Superior de Deportes, el artículo 76 de la actual Ley del Deporte considera infracciones muy graves más de una decena de comportamientos, tales como el abuso de autoridad, el incumplimiento de las sanciones o los amaños deportivos.
Además, hay un apartado específico referido a las actividades de “los presidentes y demás miembros de los los órganos de las Federaciones deportivas españolas y Ligas Profesionales” que pueden ser punibles. Para todos ellos supondría una infracción de este tipo:
- Inclumplir los acuerdos de la asamblea general, reglamentos electorales y el resto de disposiciones estatutarias o reglamentarias
- No convocar “de forma sistemática y reiterada” a los órganos colegiados federativos en los plazos y condiciones legales
- No ejecutar las resoluciones del Comité Español de Disciplina Deportiva
- Emplear de forma “incorrecta” los fondos privados o las subvenciones, créditos, avales y ayudas públicas
- Comprometer gastos plurianuales del presupuesto de las federaciones deportivas y organizar actividades deportivas oficiales de carácter internacionales
¿Podría ser inhabilitado Rubiales?
El CSD -dependiente del Gobierno- tiene la capacidad de suspender “de forma cautelar y provisional, al Presidente o a los demás miembros de los órganos directivos” de las federaciones. Puede hacerlo si el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) -adscrito al CSD- incoa contra ellos un “expediente disciplinario” como consecuencia “de presuntas infracciones o irregularidades muy graves y susceptibles de sanción” recogidas en el artículo 76.
Preguntado por una posible inhabilitación de Rubiales, José Manuel Franco, aseguró en la tarde del jueves que se están estudiando dos denuncias recibidas en relación a Rubiales: “Si después de estudiarlo consideramos que es necesario elevarlas al TAD, así lo haremos”. Y es que, entre las funciones del TAD se encuentran la de “tramitar y resolver expedientes disciplinarios” en los supuestos del ya citado artículo 76.
Si se confirmara que Luis Rubiales ha cometido alguna infracción muy grave, la Ley del Deporte contempla que podría ser sancionado con una amonestación pública, una inhabilitación temporal -que puede ir de dos meses a un año- o, directamente, la destitución del cargo.
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¿Se ha pronunciado el presidente de la RFEF?
Por ahora, no. Según ha adelantado laSexta, lo hará el próximo 30 de mayo en la Asamblea General de la RFEF.
Una ley con fecha de caducidad
La norma que regula el Deporte en España fue aprobada hace más de 30 años y va ser sustituida próximamente. Hace unos meses, el Gobierno presentó al Congreso de los Diputados un nuevo texto que, si bien ha superado su primer examen parlamentario, todavía no ha sido aprobado por la comisión correspondiente. Cuando esto ocurra y cuente con el visto bueno de la Cámara baja, deberá tramitarse en el Senado.
La propuesta del Ejecutivo -que puede ser modificada- mantiene entre las competencias del CSD la posibilidad de suspender cautelarmente a los directivos que puedan haber cometido una infracción muy grave, cuyo supuestos aumentan considerablemente.
- Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte
- Proyecto de Ley del Deporte
- La RFEF se persona para ponerse a disposición de la Fiscalía Anticorrupción
- Comunicado oficial de AFE ante las informaciones publicadas en El Confidencial
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