En esta campaña de renta 2023 (que arranca el 3 de abril de 2024), como ya ocurría en las campañas previas, todas las personas que hayan percibido en el año 2023 el Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben presentar la declaración de la renta con independencia de sus ingresos.
[¿Qué otros contribuyentes están obligados a presentar la declaración de la renta 2023?]
¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital? El IMV es una prestación no contributiva de la Seguridad Social dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carezcan de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.
Aunque el IMV es una renta exenta de IRPF, sus perceptores deben presentar la declaración
El Ingreso Mínimo Vital es una renta exenta del IRPF, como lo son también las prestaciones económicas establecidas por las comunidades autónomas en concepto de renta mínima de inserción. Así lo reconoce el artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Pero una cosa es que dicha renta esté exenta y que no tribute por IRPF y otra diferente es que todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital estén obligados a presentar la declaración de la renta, como es el caso. Además, si el contribuyente supera ciertos límites deberá tributar por esa parte también.
Ingreso Mínimo Vital: ¿qué tengo que declarar en la renta 2023?
Desde la Agencia Tributaria indican que, en la gran mayoría de supuestos, la declaración de estas familias será muy sencilla. No tendrán que incorporar ingresos y, en muchos casos, la cuota final será cero (ni a ingresar, ni a devolver), de manera que, si no se ha obtenido ninguna otra renta, las casillas de la declaración aparecerán con importe cero.
Eso sí, deberán declararse, como rendimientos del trabajo, las cuantías que superen los 12.600 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM en 2023).
Por eso, en el caso de que “junto al IMV, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de comunidades autónomas y ayuntamientos, solo se debe declarar, y tributar, por ese exceso”, explica la Agencia Tributaria.
Hacienda recuerda, además, que el Ingreso Mínimo Vital no genera por sí mismo derecho a la deducción por maternidad, ni a las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
Deben presentar la declaración todos los miembros de la unidad familiar
Como ya ocurriera en la pasada declaración, tanto los beneficiarios del IMV como todos los miembros de la unidad de convivencia deben presentar la renta 2023, con independencia de la cuantía de sus ingresos.
La Agencia Tributaria indica que, en este caso concreto, “en los datos fiscales del borrador ya figurará la parte proporcional del IMV que corresponde a cada miembro de la unidad de convivencia”. Así que el contribuyente solo tendrá que revisarlo y confirmar la declaración por cualquiera de las vías habilitadas (mediante la App, online, telefónicamente o de forma presencial en las oficinas).
Los menores de edad también deben presentar la declaración de forma individual o conjunta con la unidad familiar, sin que pueda cumplirse con la obligación de presentar declaración, solo apareciendo en la declaración individual del progenitor como descendiente.
Desde la Agencia Tributaria recomiendan para los supuestos de familias beneficiarias del IMV cuyos progenitores estén casados y tengan hijos menores, que presenten una declaración conjunta de todos los miembros. En caso de no estar casados, uno de los dos progenitores podrá presentar declaración conjunta con los hijos, y el otro, declaración individual.
Un ejemplo de la renta 2023 de un beneficiario que recibe el IMV
Para hacerlo más sencillo, la Agencia Tributaria pone un ejemplo concreto. Imaginemos un contribuyente que en 2023 ha percibido las siguientes prestaciones: Ingreso Mínimo Vital (2.280 euros), Renta Mínima de Inserción (7.567 euros), otras ayudas autonómicas y de entidades locales de carácter social (2.800 euros) y otras ayudas (1.200 euros).
Como la suma de todas las ayudas ascendería a 13.848 euros (excede del límite exento de 12.600 euros), en rendimientos íntegros de trabajo personal se incluirá de forma automática 1.248 euros (13.848 – 12.600), por los que sí se tributará.
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Agencia Tributaria
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
A mi a día de hoy (ayer presente la renta), no me han ingresado nada y estamos a día dos
Estoy en la misma situación pero del 2023. No me dieron el IMV en 2023 sino atrasado en marzo 2024. Ahora ¿hay que hacer la declaración de la renta 2023 o que? Si lo tengo que poner el año que viene en la del 2024 superaré el limite de 12600, que tampoco es correcto...
Buenas , los atrasos del IMV también se declaran como rendimiento de trabajo si pasamos el límite ?? Pero tuvimos cobrando solo el IMV nada más y nos abonaron los atrasos del 2022. Gracias.
empieza a trabajar amigo. o vete a tu pais.