Qué debes saber si recibes el ingreso mínimo vital y estás obligado a presentar la declaración de la renta

Calculadora declaración de la renta
Imagen: Shutterstock.
Tiempo de lectura: 5 min

Si percibiste el ingreso mínimo vital (IMV) en 2021 debes hacer la declaración de la renta. Se trata de uno de los requisitos para recibirlo, con independencia de la cuantía de los ingresos. Pero no es algo nuevo ya que comenzó en la campaña de renta anterior.

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Desde que se puso en marcha, esta ayuda ya ha beneficiado a un total de 1,06 millones de personas, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Y para que nadie se olvide de ponerse al día con Hacienda antes del 30 de junio, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) está enviando sms informativos a los perceptores de esta ayuda recordándoles su obligación de declarar.

¿Pero el ingreso mínimo vital no es una renta exenta? 

El IMV es una de las rentas exentas de IRPF, por eso la Agencia Tributaria recuerda que la gran mayoría de los beneficiarios no tienen que incluirlo en su declaración, aunque sí deban presentarla.

Deben declararse como rendimientos del trabajo las cuantías que superen los 11.862 euros; 1,5 veces el valor del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Y en el caso de que, junto al IMV, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de comunidades autónomas y ayuntamientos, solo se debe declarar, y tributar, por ese exceso.

Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aseguran que en la mayoría de los casos la declaración es muy sencilla, sin ingresos que incorporar (por no tener más rentas), por lo que el resultado que sale es cero (ni a ingresar, ni a devolver). 

Ejemplo práctico del ingreso mínimo vital en la declaración de la renta

Desde la Agencia Tributaria ponen un ejemplo práctico sobre cómo presentar una declaración de la renta de un perceptor del ingreso mínimo vital. En este caso, el contribuyente percibe otras ayudas.

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Imaginemos una persona que en 2021 ha percibido las siguientes prestaciones: ingreso mínimo vital (2.280,85 euros), renta mínima de inserción (7.567,40 euros), otras ayudas de carácter social (2.800 euros) y otras ayudas (1.200 euros).

Como la suma de todas las ayudas asciende a 13.848,25 euros (excede del límite exento de 11.862,90 euros) hay que incluirlo en la declaración de la renta. En este caso, deben declararse, como rendimientos íntegros del trabajo esos 1.985,35 euros correspondientes a la diferencia entre la cantidad exenta y los ingresos percibidos en 2021.

En caso contrario, que la suma de todas las ayudas percibidas no llegue a 11.862 euros, entonces el IMV está exento y por tanto no hay que incluirlo en la declaración de la renta. Recuerda que si has percibido el ingreso mínimo vital u otras prestaciones en tus datos fiscales aparecerán registradas dichas cantidades junto a un aviso con su tratamiento tributario.

Para los supuestos de familias beneficiarias del IMV con hijos menores, la Agencia Tributaria recomienda la presentación de una declaración conjunta de todos los miembros si los progenitores están casados. En caso de no estarlo, uno de los dos presentaría la declaración conjunta con los hijos y, el otro, individual.

[Qué gastos son deducibles para esta declaración de la renta 2021]

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¿Y si tengo dudas sobre cómo meter el IMV en la declaración?

Para resolver cualquier duda sobre el ingreso mínimo vital y la declaración de la renta, la Agencia Tributaria (AEAT) tiene varias líneas de atención al contribuyente tanto para dar información general como para solicitar cita previa. El teléfono para cualquier duda sobre la declaración de la renta es el 91 554 87 70 o 901 33 55 33 (de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas).

Puedes solicitar cita previa para que la AEAT se ponga en contacto contigo por teléfono y te confeccione y presente la declaración en tu nombre. Y en caso de preferir cita presencial, también debes pedir cita. La atención en oficinas arranca el próximo 1 de junio.

También puedes consultar el Informador de Renta. En caso de que no resuelva tu consulta, si lo indicas así, dispondrás de una ayuda adicional mediante un chat en tiempo real con especialistas de la AEAT en la materia, cuyo horario ininterrumpido es de 9:00 de la mañana a 19:00 de la tarde (hora peninsular).

[Pasos a seguir si cometes un error en la declaración de la renta]

Qué hacer para seguir cobrando el IMV

Las obligaciones para mantener el IMV consisten en presentar el documento de identidad de todos los miembros de la unidad familiar, incluidos los menores de 14 años. Se debe informar si se produjera algún cambio de domicilio o viaje de más de 90 días a un país extranjero de algún miembro de la unidad de convivencia. Y lo mismo en caso de fallecimiento.

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Además, todos los miembros de la unidad familiar que recibe el ingreso mínimo vital deben presentar la renta y en caso de no hacerlo durante dos ejercicios fiscales seguidos, la Administración dará por suspendida dicha prestación.

Fuentes

9 Comentarios

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  • Alguien me puede decir que es retención del imv.

  • Hola hice mi declaración de la renta por imv ,por teléfono y la descargue en el enlace y me dice la funcionaria que al descargarla en la agencia Tributaria ellos la ven y se la pasan a la seg.social ,mi preocupación es que lo sepan y no me quiten el imv.

  • Hola se me olvido hacer la renta 2021 cobro el imv.gue me pasaria por no haberla hecho.

  • Como puedo hacer la declaración por internet por cobrar el ingreso mínimo vital

  • Tengo días tratando de ver que hago para saber cómo hago llegar al INSS mi declaración de renta y es imposible acceder ni por telf ,que hago??

  • E echó la declaración renta 2021 como la presentó lo mira la seguridad social ingresó vidal

  • He hecho la Declaración de la renta, y cobro el ingreso mínimo vital , tengo que paso doy para seguir cobrando en la seguridad social?

  • Soy beneficiario del ingreso mínimo vital. He realizado la declaración de la renta en Navarra. ¿Cómo la presento al Instituto Nacional de la Seguridad Social? No encuentro información.