El Estado ha ingresado en una década más de 40 millones de euros olvidados en los juzgados

euros olvidados juzgados
Un juicio en la Audiencia de Lugo. EFE/ Eliseo Trigo
Tiempo de lectura: 4 min

En una década se han olvidado más de 40 millones de euros en los juzgados que han terminado en las arcas del Estado. Por ley, la Administración tiene que anunciar a través del Boletín Oficial del Estado que estas cantidades han sido olvidadas y, en caso de no ser requeridas en el plazo de un mes, estas se ingresan en las arcas públicas. Esta información la ha obtenido Newtral.es a través de una petición de información, amparada en la ley 19/2013 de transparencia, dirigida al Ministerio de Justicia.

Publicidad

Además de los 44.299.750 euros olvidados en los juzgados, también se hallaron 68.379 dólares, 129.733 libras y 1.745 dirhams marroquís. El año que más dinero ingresó el Estado fue en 2021, con 11.422.577 euros. Mientras, el año pasado fue la primera vez en una década en que se ingresó dinero procedente de Marruecos

El dinero procede de los depósitos judiciales de todos los juzgados de España

El dinero olvidado se hallaban en las cuentas de los juzgados, estos depósitos sirven para garantizar que se pueda disponer de dinero en metálico o activos con el propósito de asegurar el cumplimiento de obligaciones en el ámbito de un proceso judicial. Los ingresos en estas cuentas se realizan principalmente por tres motivos: cauciones, fianzas y embargos.

  • Las cauciones son sumas de dinero solicitadas por un juzgado al inicio de un procedimiento judicial. Su propósito es asegurar que la parte que presenta la querella o denuncia esté comprometida a seguir adelante con el proceso. 
  • Las fianzas cumplen dos funciones principales: asegurar la libertad de una persona durante un proceso legal y garantizar la responsabilidad civil en caso de condena. Por ejemplo, en el caso de Rodrigo Rato se le exigió una fianza proporcional al monto defraudado, más multas e intereses.
  • Los embargos son otra razón común para los depósitos judiciales, especialmente en procesos de responsabilidad civil. Por ejemplo, si hay un conflicto entre un arrendador y un inquilino respecto a la terminación del contrato de alquiler, el inquilino puede ser requerido a depositar el monto del alquiler en la cuenta de consignaciones como medida cautelar. 

En los tres primeros meses de este año, el Estado ingresó más que en 2014, 2015 y 2017

Según los datos de Justicia, en el primer trimestre de este año ya se han ingresado en las arcas públicas 2.022.316 de euros y 129 dólares. Si se compara esta cifra con otros años completos, se puede confirmar que en los tres primeros meses ya se ha ingresado más dinero olvidado en los juzgados de lo que se hizo en 2014, 2015 y 2017.

Este dinero olvidado en los juzgados proviene de los depósitos judiciales, que son cuentas utilizadas por los órganos de justicia para recibir consignaciones o depósitos relacionados con procedimientos legales. 

Justicia notifica el dinero olvidado en los juzgados en el BOE y da un mes para reclamarlo

El Estado puede legalmente ingresar este dinero en las arcas, a pesar de que sea privado. De hecho, está amparado en el artículo 14.6 del Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, en el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores. 

La Dirección General para el Servicio Público de Justicia es la encargada de publicar en el Boletín Oficial del Estado las resoluciones, donde se anuncia la prescripción por abandono de depósitos y consignaciones judiciales. Como, por ejemplo, en este caso, en el que Newtral.es informó de que había medio millón de euros abandonados en los juzgados que iban a ser ingresados en las arcas públicas.

En este tipo de anuncios publicados en el BOE se indica que si este dinero no se reclama en menos de un mes, se procede a ordenar su ingreso en el Tesoro Público. Para poder reclamar estas cantidades, el texto señala que los beneficiarios del dinero olvidado en los juzgados tienen que presentar una reclamación ante la sede de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, situada en la calle San Bernardo, número 21.

Fuentes
  • Respuesta del Ministerio de Justicia (Número de resolución 001-80310)
Publicidad