Los cambios que España debe incorporar a la ley para el intercambio de información de antecedentes penales

antecedentes penales
Comisión Europea. | Fuente: Web.
Tiempo de lectura: 2 min

La Comisión de Justicia se reúne este miércoles en el Congreso de los Diputados para realizar una propuesta de modificación del sistema de intercambio de información sobre antecedentes penales en la Unión Europea en la actualidad, el sistema ECRIS

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Marco legal. El sistema de intercambio de antecedentes penales existe desde 2009, cuando se impulsó a través de la Decisión 2009/316/JAI. Posteriormente la Directiva 2019/884 la sustituyó para incluir cambios que mejorasen su funcionamiento. 

Los cambios. Para cumplir con todos los puntos que recoge la directiva de la Unión Europea, España tiene que incluir algunos cambios. Estos son los más relevantes: 

  • Antes, si el Estado en el que había sido condenado el ciudadano solicitaba que se eliminase la información relativa a ello por algún motivo, esta quedaba borrada. Ahora debe quedar constancia de que el Estado en cuestión solicitó la eliminación de esos datos. 
  • En la versión actual, la nacionalidad de la persona penada no puede ser utilizada por el resto de Estados miembros para otra cuestión que no sea un proceso penal. Ahora, cada Estado tiene que indicar si esa información de nacionalidad podría o no ser usada fuera de un proceso penal. 
  • El nuevo cambio también incluye que se informe de los casos en los que la persona condenada no tenga una nacionalidad definida o sea una persona apátrida
  • Anteriormente el Estado miembro en cuestión tenía la posibilidad de incluir en la información penal del ciudadano sus huellas dactilares (si disponía de ellas), ahora tiene el deber de incluirlas si las tiene, además de su imagen facial. 
  • Los datos deberán ser incluidos en el sistema “sin demora” en el momento en que la condena penal figure en el registro español, el Registro Central de Penados
  • Si un ciudadano de la UE solicita un certificado de antecedentes penales en España también se consultará a través del sistema ECRIS si la persona que solicita este informe tiene nacionalidad de otro país y si puede tener antecedentes en ese otro Estado. 
  • Si se cancelan o eliminan los antecedentes penales de un ciudadano, el Estado miembro tiene un mes para eliminarlos también de la plataforma.
Fuentes
  • Informe del Congreso de los Diputados
  • Página web de ACNUR
  • Decisión 2009/316/JAI
  • Directiva 2019/884
  • Página web del Registro Central de Penados
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1 Comentarios

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  • A ver cuando, ya puestos, contamos con un sistema unificado de administración de verdad de justicia europeo, empiezan a mandar los alemanes y empiezan a dar ostias (sin hache para no blasfermar) a los mierdas de los juzgados de caca ejpañoles para que hagan las cosas bien y a tiempo. Digan lo que digan, que si políticas macro, que si legislación laboral, que si lo esto que si lo otro, el marasmo de Expaña le debe mucho a la infame tartana desvencijada de la judascatura caradura ejpañola. Yo me he podido defender en los EE.UU. sin ningún problema sin ser abogado en casos civiles pero no puedo hacerlo en Expaña, donde estoy vendido al corporativismo de los incomptentes, refrendado por un sistema procesal que nos manda callar a los que no somos uno del clan. Da igual el bajo nivel intelectual de los licenciaditos en derecho, que no sepan hablar o que hagan lo que les dé la gana para cobrar y punto, al margen de los intereses reales y legítimos de los representados.