No se ha creado ninguna ayuda nueva dentro del IMV para jóvenes mayores de 23 años que vivan con sus padres

No se ha creado ninguna ayuda nueva dentro del IMV para jóvenes mayores de 23 años que vivan con sus padres
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Nos habéis preguntado a través de nuestro servicio de verificación de WhatsApp por una publicación que menciona, a enero de 2026, una supuesta “nueva ayuda” de 733 euros al mes dentro del ingreso mínimo vital (IMV) para “los jóvenes que vivan con sus padres”. 

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Este mes de enero, además, se han publicado otras desinformaciones que también aseguran que “a partir de 2026” los mayores de 23 años que vivan con sus padres podrán recibir el IMV, algo que no ocurría “hasta el momento” y que, según ellos, ahora “ya es oficial”.

  • Sin embargo, esto es incorrecto. El texto original de la ley que creó el IMV en 2021 ya recogía los casos en los que los mayores de 23 años tienen acceso a esta ayuda, que son los mismos que en la actualidad.
  • “En ningún caso es una novedad, ya que esa posibilidad la tienen desde el principio”, indican desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a Newtral.es.

Los cambios en la norma. Aunque esta norma sí ha sufrido modificaciones a lo largo de los años, como es habitual en las leyes, los mayores de 23 años que cumpliesen los requisitos siempre han tenido acceso al IMV.

Sin cambios en la ley del IMV en 2026. Este año no ha habido “ninguna novedad” en la norma del IMV, más allá de su revalorización del 11,4%, como confirman a Newtral.es desde Inclusión.  

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Un dato. Como indica el ministerio, la media de edad actual de los beneficiarios del IMV es de 28,4 años, lo que supone un importante sostén para los jóvenes en situación de exclusión. Y exceptuando a los titulares del IMV, la edad baja a los 20,1 años.

¿Quién puede acceder al IMV? Los requisitos básicos son:

  • Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el año inmediatamente anterior.
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo que se acredita teniendo en consideración su patrimonio y su nivel de ingresos y rentas.
  • Que la unidad de convivencia esté formada desde hace seis meses.
  • Además de estos requisitos generales, deberá reunir una serie de condiciones referidas a su edad y a sus circunstancias personales y/o a las de su unidad de convivencia.
Radiografía del IMV cinco años después de su puesta en marcha
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