Impuesto sobre el patrimonio 2022: qué es, quién lo tiene que pagar, cómo y cuándo

Impuesto sobre el patrimonio 2022: qué es, quién lo tiene que pagar, cómo y cuándo
Imagen: Shutterstock.
Tiempo de lectura: 3 min
(*) Actualización 12/06/2023

El impuesto sobre el patrimonio grava el valor de los bienes de las personas físicas (su patrimonio neto) a partir de 700.000 euros, según la norma estatal. Sin embargo, al estar cedido a las comunidades autónomas, pueden alterar el mínimo exento, la escala de gravamen, las deducciones y las bonificaciones. En la actualidad, en Andalucía y la Comunidad de Madrid no se paga este impuesto ya que tiene una bonificación general del 100%.

Publicidad

¿Cuándo se presenta la declaración del impuesto sobre el patrimonio?

El plazo de presentación de las autoliquidaciones del impuesto sobre el patrimonio es el mismo que el de presentación de la declaración del IRPF de cada año. Para el ejercicio fiscal 2022 las fechas comenzaron el 11 de abril y terminan el 30 de junio. Aunque el plazo para la domiciliación en cuenta en ambos casos finaliza el 27 de junio.

¿Cómo se presenta la declaración de este tributo?

Es obligatorio presentarlo electrónicamente por internet. Las autoliquidaciones del impuesto sobre el patrimonio deben confeccionarse desde el formulario web del modelo 714 al que podrá acceder utilizando la opción ‘Servicio tramitación de declaración de Patrimonio’.

La Agencia Tributaria recuerda que quien presente declaración por el impuesto sobre el patrimonio está obligado a presentar también la declaración de la renta correspondiente a dicho año.

¿Cómo se determina el patrimonio neto de una persona? 

La Agencia Tributaria explica que el patrimonio neto es la diferencia entre el importe del patrimonio bruto (el valor total de los bienes no exentos) y la totalidad de las deudas deducibles.

¿Dónde aplica este tributo?

Este impuesto aplica en todo el territorio nacional, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico vigentes en los territorios del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra, respectivamente. 

Publicidad

Sin embargo, como el impuesto sobre el patrimonio está cedido en su totalidad a las comunidades autónomas, ellas pueden asumir competencias normativas sobre el mínimo exento, el tipo de gravamen y deducciones y bonificaciones de la cuota. 

Las deducciones y bonificaciones aprobadas por las comunidades autónomas deben ser compatibles con la norma estatal y, en caso de que los territorios no hicieran uso de las competencias normativas sobre este impuesto, se aplicará, en su defecto, la normativa del Estado.

¿Cómo es el impuesto sobre el patrimonio en las diferentes comunidades?

Sobre el mínimo exento, si la comunidad autónoma no lo hubiese regulado, la base imponible se reducirá en 700.000 euros (norma estatal). Como refleja la Agencia Tributaria, Andalucía, Aragón, Cataluña, Extremadura y Comunidad Valenciana tienen sus propios mínimos exentos.

En cuanto a la escala de gravamen del impuesto sobre el patrimonio, si el territorio donde se resida no tiene una escala propia se establece la general establecida en la Ley del Impuesto. Tienen escalas propias: Andalucía, Asturias, Baleares, Cantabria, Cataluña, Extremadura, Galicia, Murcia y Comunidad Valenciana.

Publicidad

Además, cada territorio puede tener sus propias deducciones, como es el caso de Galicia, Murcia y La Rioja y bonificaciones como es el caso de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Cataluña, Galicia y Madrid. Como Andalucía y Madrid tienen una bonificación general del 100% en la práctica no se paga por este tributo.

¿Quién tiene obligación de presentar la declaración del impuesto sobre el patrimonio?

El impuesto sobre el patrimonio en España grava el patrimonio neto de las personas físicas, que se calcula como el valor de los activos del contribuyente una vez deducidos todos sus pasivos, es decir, sus deudas, a 31 de diciembre de cada año. 

Como explican desde BBVA Research, “en la práctica, es un impuesto reservado a grandes fortunas, ya que la legislación establece una exención con carácter general de 700.000 euros”. Además, recordemos que cada comunidad autónoma puede tener un mínimo exento diferente ya que tiene competencia sobre ello.

Además, la vivienda habitual está excluida del cálculo del impuesto hasta un máximo de 300.000 euros, así como los bienes que sean patrimonio nacional o de interés cultural. Consulta aquí el resto de exenciones generales.

También están obligados a presentar la declaración del impuesto sobre el patrimonio aquellos contribuyentes cuyo patrimonio bruto (es decir, sin tener en cuenta las deudas ni la vivienda habitual) supere los dos millones de euros.

Publicidad

Patrimonio, el ‘impuesto Guadiana’ que tras ser derogado hoy sigue vigente

El impuesto sobre el patrimonio es un tributo con idas y venidas en la historia reciente de España. Se estableció en nuestro país con la Ley 19/1991, de 6 de junio, y fue materialmente exigible hasta enero de 2008, cuando se decidió suprimirlo mediante la Ley 4/2008, de 23 de diciembre.

No obstante, los efectos de la crisis económica, llevaron a su recuperación. Primero con carácter temporal a través del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre que contemplaba inicialmente su restablecimiento solo para los años 2011 y 2012. 

Desde entonces, como explica la Agencia Tributaria, se fue prorrogando su aplicación para los sucesivos ejercicios hasta que se decidió mantener el impuesto sobre el patrimonio de manera indefinida en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

En opinión de BBVA Research “en la actualidad, numerosos expertos apuestan por su eliminación definitiva“ porque “afecta a muy pocas personas y su recaudación es más bien residual“. 

¿Qué es el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas y qué tiene que ver con patrimonio?

Con la Ley 38/2022, de 27 de diciembre se creó el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas. Se trata de un impuesto complementario al impuesto sobre patrimonio, de carácter estatal, para gravar con una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a tres millones de euros. Por eso, los sujetos pasivos del impuesto sobre el patrimonio, cuando su patrimonio neto supere esa cantidad están obligados a presentar declaración por este nuevo impuesto.

Como el impuesto sobre el patrimonio lo ingresan en su integridad las comunidades autónomas lo gravado por dicho tributo se descuenta de la cuota a pagar del impuesto de solidaridad de grandes fortunas para evitar que se tribute dos veces por el mismo patrimonio y concepto.

Este nuevo impuesto gravará de manera temporal los ejercicios 2022 y 2023 para recaudar en 2023 y 2024 a los grandes patrimonios, incluidos los que actualmente están eximidos en la Comunidad de Madrid y Andalucía al tener una bonificación general del 100%.

¿Cuándo y cómo se paga el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas?

El correspondiente al ejercicio 2022 se abonará entre el 1 y el 31 de julio de 2023 mediante el modelo 718 y vía web, según indica la Orden HFP/587/2023, de 9 de junio. Así se completa el último trámite normativo para implementar este impuesto.

El tipo del impuesto será del 1,7% para los patrimonios entre 3 y 5 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5 millones y 10 millones; y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10 millones de euros, como explica el Ministerio de Hacienda y Función Pública.

(*) Información actualizada con los detalles sobre el impuesto de solidaridad a las grandes fortunas publicados en la Orden HFP/587/2023, de 9 de junio, publicada en el BOE del 12/06/2023.

Fuentes