Guía para los miembros de las mesas en las elecciones de Euskadi

guía mesa electoral Euskadi
Una persona ejerce su derecho al voto en un colegio electoral | Foto: Raúl Caro (EFE)
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El próximo domingo 21 de abril, Euskadi celebrará sus elecciones autonómicas y con motivo de esta cita electoral, el Gobierno del País Vasco ha publicado una guía para las personas que integran las mesas electorales. En Newtral.es te explicamos los puntos clave que deben saber los miembros elegidos para componer estas mesas en los comicios de abril.

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  • La mesa electoral está formada por tres personas: un presidente o presidenta y dos vocales. Estos tienen derecho a una retribución de 85 euros cada uno. También derecho a una reducción de cinco horas de su jornada de trabajo al día siguiente. Y obtienen protección del sistema de la Seguridad Social frente a posibles contingencias que puedan ocurrir. Además, no pueden ser detenidos por ninguna autoridad, salvo en caso de flagrante delito.

¿Quiénes tienen que presentarse en el colegio electoral según la guía del País Vasco? 

Los convocados tienen que reunirse en el local electoral a las 8:00 de la mañana, tanto las personas que forman la mesa como los suplentes. Estos últimos, en caso de presentarse los titulares, se pueden marchar después de haber firmado la lista de miembros de la mesa. 

Según la guía de la mesa electoral, entre las 8:00 y las 8:30 también deberán presentarse los interventores (personas designadas por los representantes de cada candidatura), acreditados ante el presidente o presidenta, quien elaborará después el acta de la mesa electoral y que deberán firmar todos.  

¿Qué documentación debe haber en la mesa electoral según indica la guía de Euskadi?

La mesa electoral debe tener la siguiente documentación, según la guía del País Vasco: 

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  • Lista certificada del censo electoral de la mesa para comprobar si la persona electora figura inscrita en el censo. 
  • Lista de calles de la sección a la que pertenece la mesa y el rango alfabético de iniciales del primer apellido del electorado que contiene. Esta lista se expone públicamente en el local electoral.
  • Acta de constitución de la mesa.
  • Notificación provisional del escrutinio.
  • Acta de sesión.
  • Lista numerada de votantes.
  • Cuatro sobres marrones para la documentación de la mesa.
  • Recibo del juzgado a la mesa justificativo de la entrega de los sobres.
  • Un bloc con los certificados de votación (o de no haber sido admitido el voto).
  • Dos sobres para la presidencia de la mesa, uno con las credenciales de las personas interventoras y otro con las credenciales de las personas interventoras que están censadas en la mesa, pero actúan en otra.
  • Listado de las personas que han solicitado al Gobierno vasco el voto accesible en braille y maletines de votación en braille para que la mesa lo entregue a las personas solicitantes. Si la mesa no dispone de maletines suficientes, debe comunicarlo a la junta electoral de zona antes del comienzo de la votación.

¿Cómo se realiza la votación?

La votación se celebra entre las 9:00 y las 20:00 sin interrupción y comienza después de constituirse la mesa. La presidencia dirá: ‘bozketa hasten da’, o bien, ‘empieza la votación’. En todo el proceso deben estar al menos dos miembros de la mesa electoral, pudiendo ausentarse uno de ellos en momentos puntuales. Eso sí, la mesa nunca debe quedarse solo con un miembro.

  • Identificación. Las personas electoras se identifican mostrando DNI, pasaporte o el permiso de conducir. Se puede votar con documentos caducados siempre que no surjan dudas sobre la identidad de la persona votante. No se puede votar con el resguardo de tramitación del DNI ni con fotocopia de los documentos. Deben ser originales. Para votar, la persona electora debe tener cumplidos 18 años el día de la votación y estar inscrita en la lista del censo de la mesa.
  • Acreditación. Después, hay que comprobar que la persona que desea votar está incluida en la lista del censo. La persona que ejerza la presidencia de la mesa debe decir en voz alta el nombre de la persona que vota junto a la frase “vota”.

Según el manual de la mesa electoral, se anotará el nombre y apellidos de la persona que vota. También se incluirá el número con que figuran en la lista del censo electoral o, en su caso, que ha aportado una certificación censal específica de alta o una sentencia judicial.

A las 20:00 la presidencia de la mesa dirá en voz alta ‘bozketa bukatzera doa’, o bien, ‘se va a concluir la votación’, y no debe permitir entrar a nadie más en el local. Debe preguntar si alguna de las personas electoras presentes no ha votado aún. Si es así, permitirá que voten.

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Después, se introducen en las urnas las papeletas del voto por correo sin abrir. Finalmente, se procede a la votación de las personas que integran la mesa y los interventores o interventoras si les corresponde. 

¿Cómo se realiza el recuento de votos en la mesa electoral según la guía de Euskadi?

Terminadas las operaciones anteriores, la presidencia declara finalizada la votación y comienza el escrutinio. Es público y puede asistir quién lo desee como indica la guía de la mesa electoral del País Vasco. 

La presidencia inicia el escrutinio extrayendo de la urna, uno por uno, los sobres. Los abre y lee en voz alta la candidatura votada. La presidenta o el presidente debe mostrar la papeleta a las personas miembros de mesa e interventoras y apoderadas. El escrutinio se desarrolla sin interrupción.

Al finalizar el recuento se confrontan el número total de sobres de votación extraídos de la urna con el de personas votantes registradas en la lista numerada. Ambos deben coincidir. En el recuento, si alguna notaria o notario, representante o miembro de una candidatura tiene dudas sobre el contenido de la papeleta puede examinarla. Finalizado el recuento, la presidencia pregunta si hay protestas. Las protestas se resuelven por mayoría de las personas integrantes de la mesa. Durante este recuento, se pueden encontrar votos en blanco o nulos. 

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Tras el recuento, el o la presidenta de la mesa anunciará en voz alta el resultado de las votaciones, indicando la siguiente información: el número de personas incluidas en las listas del censo electoral; el de las certificaciones censales de alta y sentencias aportadas; el de personas que han votado; el de votos nulos y votos en blanco, y el número de votos obtenidos por cada candidatura. 

Después de anunciar los resultados, se debe desarrollar el acta de escrutinio, que contendrá los datos anunciados por la presidencia de la mesa.

¿Qué ocurre una vez se han contado los votos?

Como explica la guía de mesa electoral del País Vasco, una vez que se ha preparado toda la documentación necesaria, hay que entregarla en cuatro sobres: 

  • Sobre 1: contendrá todos los documentos originales que se han usado en el día.
  • Sobre 2, 3 y 4: se introduce una copia del acta de constitución de la mesa electoral y una copia del acta de la sesión. 

¿Dónde hay que entregar los sobres? La presidencia, vocales y personas interventoras que lo deseen acuden al juzgado de primera instancia o de Paz al que pertenezca la mesa para entregar los cuatro sobres. El juez o jueza firma los cuatro sobres cruzando la solapa. A continuación, entrega a la presidencia recibo de la documentación presentada, en el que deben figurar el día y hora de la entrega.

Fuentes
  • Manual de instrucciones para las personas que integren las mesas electorales del Gobierno vasco

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