Guía para no perderte en las elecciones de Galicia si te ha tocado ser miembro de mesa electoral 

guía mesa electoral
Fuente: Raquel Manzanares (EFE)
Tiempo de lectura: 1 min

Controlar el proceso de votación, llevar a cabo el recuento de las papeletas o comprobar que las urnas no están deterioradas… Son algunas de las funciones que deben realizar los miembros de la mesa electoral en las elecciones autonómicas de Galicia, el 18 de febrero, como difunde la Xunta de Galicia en una guía. Te explicamos las claves que debe conocer aquel que le toque estar sentado en una mesa ese día.

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Guía para los miembros de la mesa electoral en las elecciones autonómicas de Galicia 

Las personas seleccionadas para formar parte de la mesa electoral seguirán las instrucciones de una guía que recibirán a sus domicilios junto con la carta que les notifica qué cargo deberán ocupar en la mesa electoral. De acuerdo con este manual, el proceso de votación tiene cuatro fases que deben seguir en este orden: constitución de la mesa, votación, escrutinio de papeletas y finalmente la preparación y entrega de la documentación. 

¿Quiénes tienen que presentarse en el colegio electoral? 

Los convocados tienen que reunirse en el local electoral a las 8:00 de la mañana, tanto las personas que forman la mesa como los suplentes. Estos últimos,  en caso de presentarse los titulares, se pueden marchar después de haber firmado la lista de miembros de mesa para “acreditar su asistencia”. 

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Según la guía de la mesa electoral, entre las 8:00 y las 8:30 también deberán presentarse los interventores (personas designadas por los representantes de cada candidatura), acreditados ante el presidente o presidenta, quien elaborará después el acta de la mesa electoral y que deberán firmar todos.  

¿Qué tareas realizan los miembros de la mesa electoral? 

Una vez constituida la mesa electoral, sus miembros deben comprobar, entre otras cosas, que las urnas están cerradas y precintadas y no tienen roturas; situar la cabina de votación en el local; comprobar que hay un número suficiente de sobres y papeletas durante toda la jornada, y que la mesa tiene toda la documentación necesaria.

El miembro encargado de la presidencia debe anunciar el comienzo de la votación con las palabras “empieza la votación” a las 9:00 horas. En todo el proceso tiene que haber al menos dos miembros presentes en la mesa electoral. 

El presidente se encargará de guardar el orden en el local electoral, si hiciese falta, durante la jornada, conforme con la guía de la mesa electoral. También es responsable de la interrupción o suspensión de la votación, si se diera el caso. 

¿Cómo se desarrolla la votación? 

El manual para los miembros de la mesa electoral establece que durante el proceso de votación hay que identificar a los votantes. Los encargados de esta tarea son los vocales (o los interventores si lo desean): 

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  • Los vocales comprobarán siempre que los documentos presentados (DNI, pasaporte o permiso de conducir) tengan una fotografía de la persona, y podrán aceptarlos aunque estén caducados, siempre y cuando sean los originales. 
  • Luego verificarán que el elector está inscrito en la lista del censo electoral. 
  • El presidente o presidenta recibirá el sobre de votación y luego se lo devolverá al votante para que él mismo lo introduzca en la urna. 
  • Según la guía de mesa electoral, se anotará el nombre y apellidos de la persona que vota, así como registrar el número con que figuran en la lista del censo electoral.

A las 20:00 horas de la tarde, la presidencia procederá a  anunciar el fin de la votación. Así, solo permitirá que voten las personas que todavía se hallen en el local, si no hubieran votado todavía. Después, se introducirán en las urnas las papeletas del voto por correo sin abrir. 

Finalmente y como indica la guía, se realizará la votación de las personas que integran la mesa electoral y los interventores o interventoras con derecho a votar. 

Una vez cerrada la votación, se comenzará “inmediatamente y sin interrupciones” el escrutinio de votos de forma manual. El recuento, como señala la guía de mesa electoral, es público y no podrá suspenderse hasta haber contado todos los votos. 

¿Cómo es el proceso del recuento de votos?

El presidente o presidenta abrirá la urna y leerá en voz alta el nombre de la candidatura votada y la mostrará al resto de miembros de la mesa electoral. Después, tendrán que verificar que el número de sobres coincide con el de votantes. Durante este recuento, se pueden encontrar votos en blanco o nulos

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El presidente destruirá entonces las papeletas de votación en presencia de los asistentes. No obstante, la guía de mesa electoral señala que los votos nulos o que sean objeto de reclamación no se destruyen. 

Tras el recuento,  el o la presidenta de la mesa anunciará en voz alta el resultado de las votaciones, indicando la siguiente información: el número de personas incluidas en las listas del censo electoral; el de las certificaciones censales de alta y sentencias aportadas; el de personas que han votado; el de votos nulos y votos en blanco, y el número de votos obtenidos por cada candidatura. 

Después de anunciar los resultados, se debe desarrollar el acta de escrutinio, que contendrá los datos anunciados por la presidencia de la mesa. 

¿Qué ocurre una vez se han contado los votos?

Como explica la guía de mesa electoral, una vez que se ha preparado toda la documentación necesaria, hay que entregarla en tres sobres: 

  • Sobre 1: contendrá todos los documentos originales que se han usado en el día.
  • Sobre 2: se introduce una copia del acta de constitución de la mesa electoral 
  • Sobre 3: contiene el acta de la sesión con el recuento de votos.

¿Dónde hay que entregar los sobres? La presidencia de la mesa tiene que entregar el sobre 1 y 2 al juzgado de Primera Instancia o de Paz, acompañado por fuerzas y cuerpos de seguridad. 

Por su parte, uno de los vocales esperará en el local electoral hasta que llegue algún empleado de correos para recoger el sobre 3. 

Fuentes
  • Manual de instrucciones para las personas que integran las mesas electorales
  • Junta Electoral Central

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