El Tribunal Supremo (TS) ha anulado el Real Decreto 252/2023 por el que en abril del año pasado el Gobierno estatal acordó el traspaso de las competencias en materia de tráfico de la Guardia Civil a la Comunidad foral de Navarra.
La sentencia, emitida el pasado 15 de febrero, estima así el recurso presentado por la asociación Justicia para la Guardia Civil (Jucil) al considerar que no puede emplearse un real decreto de traspaso para atribuir al Gobierno autonómico una competencia que no aparece reconocida en la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (Lorafna), equivalente al estatuto de autonomía, y tampoco está amparada en su derecho histórico.
Lo esencial. En este sentido, el Supremo explica que estas competencias de tráfico que ostenta la Guardia Civil pueden atribuirse al Gobierno de Navarra pero por otras vías:
- Por un lado, el traspaso se puede realizar a través de una reforma en la Lorafna, ya que, según la sentencia emitida, la realidad normativa previa y posterior a la ley foral asigna estas competencias a la Guardia Civil y cede a la Policía Foral funciones de “colaboración o cooperación” en este ámbito.
- La segunda opción es llevar a cabo el traspaso de competencias mediante la aprobación de una ley orgánica, según estipula el artículo 150.2 de la Constitución. Este epígrafe recoge que “el Estado podrá transferir o delegar en las comunidades autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación”.
Contexto. El pasado 1 de julio entró en vigor el traspaso de las competencias y servicios de tráfico de la Guardia Civil a la Policía Foral de Navarra a excepción de la facultad de imponer sanciones administrativas a vehículos de motor, que se haría efectiva a partir del 1 de enero de 2025.
El Supremo rechaza la alegación del Gobierno de Navarra sobre la “falta de legitimación activa” de la asociación de guardias civiles, Jucil, para presentar un recurso
El Supremo ha rechazado la alegación realizada por el Gobierno de la Comunidad Foral de Navarra en la que señalaba la falta de legitimación activa de la asociación Jucil para presentar el recurso que ha concluido con la anulación del Real Decreto 252/2023.
- Según la sentencia, el Ejecutivo autonómico sostiene que el traspaso de competencias a la comunidad “no afecta a la Guardia Civil” y alega que los intereses profesionales, personales y familiares de los trabajadores afectados por el traspaso “están satisfechos”. Asimismo, se acoge a que “podrán cambiar de funciones o seguir desempeñándolas en otros destinos geográficos, es decir, yéndose de Navarra o, en fin, podrán integrarse en la Policía Foral de Navarra”, añade el texto.
Ante esto, el Supremo señala que “es obvio que cualquiera de esas alternativas incide, al menos, en los intereses profesionales de los guardias civiles y lo hace hasta el punto de prever su integración en otro cuerpo policial”.
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Me alegro.