Así es el ‘grooming’, el engaño ‘online’ a menores para involucrarles en una actividad sexual

grooming
Fuente: SHUTTERSTOCK
Tiempo de lectura: 2 min

El grooming es un conjunto de acciones con las que un adulto, que suele hacerse pasar por menor, trata de establecer una relación de confianza a través de internet con un niño o adolescente con el fin de involucrarle en una actividad sexual. 

Publicidad
  • Los objetivos del grooming van desde producir contenido pornográfico a tener encuentros con el menor y abusar sexualmente de él.

¿Cómo se produce? El contacto entre el ciberacosador y la víctima comienza a través de internet, en redes sociales, videojuegos o comunidades online.

  • El agresor que lleva a cabo el grooming suele actuar detrás de un perfil falso con una edad similar a la de la víctima y, para ganarse su confianza, afirma compartir sus mismos gustos y aficiones, e incluso puede llegar a ofrecerle regalos.
  • De esta forma, el acosador intenta aislar al menor, desprendiéndolo de su red de apoyo y generar un ambiente de intimidad con el que conseguir su propósito sexual y de chantaje.
  • Una vez que consigue material para manipular al menor, le exigirá más contenido o incluso mantener un encuentro físico. Si el menor no cumple con lo que le pide, le amenazará con hacer públicas las imágenes o vídeos.
Publicidad

Consecuencias. Las consecuencias del grooming pueden ser de diferente gravedad. Puede comprometer la seguridad física y emocional del menor, provocarle ansiedad y depresión y otros problemas académicos, sociales y afectivos.

Penas de cárcel. El delito de grooming viene recogido en el artículo 183 del Código Penal desde 2015 y establece diferentes penas en función de la gravedad del acto de ciberacoso:

  • En el caso de que el agresor contacte con un menor de 16 años con el fin de obtener material pornográfico, la pena de prisión será de seis meses a dos años.
  • Si el agresor contacta con el menor y le propone concertar un encuentro sexual, la pena será de uno a tres años de cárcel o se le impondrá una multa de 12 a 24 meses, además de las penas correspondientes a los delitos que haya podido cometer en el encuentro.
Fuentes
  • Instituto Nacional de Ciberseguridad (Incibe)
  • Fundación Mapfre
  • Código Penal
Publicidad