Las subvenciones a los partidos para los gastos electorales del 23-J serán de 21.167 euros por escaño conseguido

gastos electorales 23J
Fuente: EFE/Luis Tejido
Tiempo de lectura: 3 min

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este 1 de junio anuncia subvenciones para gastos electorales del 23-J: 21.167 euros por cada escaño conseguido en Congreso o Senado. 

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Esta es la cantidad de dinero público que podrán recibir los partidos políticos para costear las campañas electorales de las próximas generales. Además de fijar el dinero que recibe cada partido en base a los escaños obtenidos (21.167,64 euros cada uno), también fija el dinero a recibir en base al número de votos recibidos (0,81 euros por voto) y para el envío de sobres y papeletas electorales (0,23 por elector).

  • En España el criterio para recibir las subvenciones no es el mismo para todos los partidos: se toman como referencia sus resultados en las elecciones. Los pagos se producen en función del número de votos que reciban y los asientos representativos que logren. Así, las cuantías definitivas que recibirá cada partido se sabrán después de conocer los resultados electorales, aunque pueden pedir anticipos con los resultados que sacaron en las anteriores.

21.167,64 euros por cada escaño obtenido en el Congreso o en el Senado

Cada partido después de las elecciones recibirá una cuantía en función del número de escaños que hayan obtenido. 

  • 21.167,64 euros por cada escaño obtenido en el Congreso de los Diputados o en el Senado.
  • 0,81 euros por cada uno de los votos obtenidos por cada candidatura al Congreso, uno de cuyos miembros, al menos, hubiera obtenido escaño de Diputado.
  • 0,32 euros por cada uno de los votos obtenidos por cada candidato que hubiera obtenido escaño de Senador.

Los gastos electorales del 23-J por el envío de papeletas electorales: 0,23 euros por elector

El Estado también subvencionará a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral. 

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Así, se abonará 0,23 céntimos de euro por elector en cada una de las circunscripciones en las que el partido hubiera obtenido el número de votos, diputados o senadores suficientes para formar un grupo parlamentario. 

¿Qué es un gasto electoral?

Confección de sobres y papeletas, propaganda y publicidad o alquiler de locales son algunos de los gastos electorales contemplados por la LOREG. Ningún partido, federación, coalición o agrupación puede realizar gastos electorales que superen los límites establecidos tal y como indica la norma.

Límite máximo subvenciones por resultados electorales

Los partidos tienen un límite de gasto electoral fijado. En esta ocasión será el que resulte de multiplicar por 0,37 euros el número de habitantes correspondiente a las poblaciones de derecho de las circunscripciones donde presente sus candidaturas cada partido, federación, coalición o agrupación.

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