El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves 8 de junio publica una orden que deja sin efecto la anterior, que vio la luz el 29 de mayo, y que supuso la restricción en el movimiento de ganado bovino, tras flexibilizar la Junta de Castilla y León las medidas de control y erradicación de la tuberculosis bovina. Pero, tras la suspensión cautelar de esta resolución autonómica por parte del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la Orden anterior ya no es necesaria para restringir el movimiento de estos animales.
Agricultura había emitido otra Orden para contrarrestar los efectos de la resolución de la Junta de Castilla y León
El BOE de hoy reestablece el movimiento del ganado bovino en la Comunidad Autónoma y deja sin efecto la Orden anterior, que establecía limitaciones y que se había emitido para contrarrestar una resolución autonómica publicada el pasado 15 de mayo por la Junta de Castilla y León.
Esta resolución flexibilizaba los requisitos relativos a los movimientos de estos animales, por lo que la Abogacía del Estado interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Y mientras tanto, Agricultura emitió una Orden que los restringía.
Pero, dado que el miércoles 7 de junio fue suspendida cautelarmente por dicho Tribunal Superior de Justicia, la Orden emitida por el Gobierno para establecer las limitaciones al ganado bovino ya no es necesaria.
El Gobierno señala en el texto que las medidas de Castilla y León se «oponían a la legislación de la Unión Europea y nacional»
En el documento publicado este 8 de junio el Gobierno señala que la resolución que había emitido Castilla y León «incluía un conjunto de medidas que se oponían a la legislación de la Unión Europea y nacional».
Y recuerda que la tuberculosis «es una enfermedad altamente infecciosa» y de «erradicación obligatoria, que supone un riesgo cierto para la población, lo que exige extremar las garantías».
- Boletín Oficial del Estado (BOE)