Nos preguntáis por la queja de los funcionarios de prisiones que no contaron con horas laborales para votar el 4-M

municipios madrid resultados
Colegio electoral / David Fernandez / EFE
Tiempo de lectura: 9 min

La diputada del PP, Ana Vázquez Blanco, denunció la tarde del 4M en Twitter que el Ministerio del Interior estaba “impidiendo ir a votar a sus funcionarios de prisiones contra el criterio de la Junta Electoral”. A esta publicación, que se hizo viral, añadió dos documentos firmados a 30 de abril por el director del Centro Penitenciario de Soto del Real contestando negativamente a la petición de un funcionario público, con jornada laboral de 8:00 a 15:00 horas, que pedía “el abono de las horas” para ejercer “el derecho a sufragio activo”.

Publicidad

En realidad, estos documentos muestran la denuncia de varios funcionarios, y sus quejas no se quedaron ahí. Los trabajadores públicos de prisiones se acogen, entre otras normas, a una resolución de la Delegación de Gobierno para fundamentar que les dieran horas para ejercer el derecho al voto durante su jornada laboral, aunque esta acabe a las tres de la tarde.

Por su parte, Instituciones Penitenciarias respalda su criterio ─no dar un permiso de cuatro horas a los trabajadores─ en otro escrito de la misma administración. Además, la Junta Electoral Central se ha pronunciado, también la Junta Electoral Provincial de Madrid. ¿Qué dice cada administración?

La dirección de los centros penitenciarios niega dar tiempo laboral para votar

Dado que las elecciones de la Comunidad de Madrid se produjeron en día laborable, los trabajadores de diferentes centros penitenciarios de la comunidad pidieron a la dirección de su centro que les dieran el permiso retribuido, como se indica en la ley, para acudir a las urnas. 

La razón que recogen dichos documentos para no considerar procedente la petición de horas del funcionario de prisiones es que “dicho derecho [el de sufragio] puede ejercitarlo durante el resto de la jornada de votación establecida para ello”. Es decir, desde la hora que finalice su jornada laboral, a las 15:00, hasta las 20.00 horas, cuando cerraban los colegios electorales de las elecciones a la Asamblea de Madrid.

Los escritos oficiales anonimizados que la diputada del PP adjunta a su publicación son reales, así lo aclara a Newtral.es el departamento de prensa de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior.

Publicidad

Como explicamos en Newtral.es, según la normativa aplicable en Madrid (regulada en esta resolución de 2015), los permisos retribuidos para los trabajadores que acudan a votar pueden variar según las circunstancias del trabajador.  En el caso de los trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales, como es el caso de estos funcionarios, pueden disfrutar de un permiso retribuido de cuatro horas.

“Es importante destacar que esas horas a las que tiene derecho un trabajador por ir a votar no se las pueden descontar a nivel dinerario en ningún caso, sino que deben ser remuneradas”, explicaba la profesora Sánchez Medero a Newtral sobre el horario de votaciones en Madrid.

La Delegación de Gobierno se pronuncia a favor de los funcionarios

Ante la resolución negativa de la dirección de los centros penitenciarios, los funcionarios afectados elevaron la queja a la Delegación de Gobierno en Madrid a través del sindicato CSIF. Esta les da la razón. Según el artículo 10 de la Ley 30/1984, esta administración es competente para responder al requerimiento de los trabajadores públicos.

En su escrito, al que ha tenido acceso Newtral.es a través del CSIF, la Delegación de Gobierno de Madrid con fecha de 29 de abril, resuelve que “los interesados tienen reconocido legalmente el derecho al voto en el proceso electoral” del 4M y que disponen “de un máximo de cuatro horas retribuidas”. Además, insta al centro penitenciario “a acordar la franja laboral en la que podrán ejercer tal derecho, para no desatender las necesidades básicas del servicio”.

La Junta Electoral de Madrid también les da la razón

Los funcionarios también consultaron a la Junta Electoral Provincial (JEP) de Madrid, que respondió el día 2 de mayo con un escrito en el que dice: “Esta JEP recuerda que el artículo 13.1 del Real Decreto 605/99, de 16 de abril, dispone que las Administraciones Públicas, respecto de su personal, adoptarán las medidas precisas para que los electores que presten servicios el día de las elecciones puedan disponer en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del voto”. Dicho documento también ha sido cedido por CSIF a Newtral.es. 

Publicidad

Hemos intentado ponernos en contacto con la Delegación de Gobierno en Madrid y con la Junta Electoral Provincial de Madrid para contar con sus declaraciones, pero hasta el momento no nos han respondido.

Además de en la normativa de la Comunidad de Madrid antes citada, y el Real Decreto 605/1999 que menciona la JEP, los funcionarios se acogen a una resolución de 24 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se regulan, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, los permisos retribuidos de las personas trabajadoras a fin de que puedan ejercer sus derechos laborales en las elecciones autonómicas..

La Junta Electoral Central no está de acuerdo: “Puede ejercer su derecho a sufragio”

Por su parte, otro sindicato de funcionarios de prisiones afectado, la Asociación de Trabajadores Penitenciarios ‘Tu abandono me puede matar’, recurrió a la Junta Electoral Central. Newtral.es también ha tenido acceso a este documento a través de Instituciones Penitenciarias. Este es uno de los documentos en los que se apoya la Dirección General de Instituciones Penitenciarias para avalar su criterio, ya que le da la razón.

En el escrito, el presidente de la Junta Electoral Central rechaza la petición por considerar que “el personal de Instituciones Penitenciarias afectado puede ejercer su derecho de sufragio durante un periodo de cinco horas”, refiriéndose al tiempo del que disponen estos trabajadores una vez haya concluido su jornada laboral. Europa Press recogía la noticia de esta resolución el mismo día de las elecciones.

El criterio de Instituciones Penitenciarias

Según explica este departamento dependiente del Ministerio del Interior, la Secretaría General de recursos humanos “apoyó su resolución en la decisión acordada por la Delegación del Gobierno en Madrid, del año 2016, que a su vez contaba con un informe favorable de la Abogacía del Estado, la cual también citada una sentencia dictada en el año 2011 por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid”.

Publicidad

Según Instituciones Penitenciarias, en este escrito de la Delegación de Gobierno, del 3 de mayo de 2016, y en el informe de la Abogacía del estado se puede leer la Sentencia 1195/2011 del TSJM, en la que dice: En definitiva, se trata de garantizar el derecho al voto, y en consecuencia, se establecen medidas para que la Administración pueda facilitar tal ejercicio. Por tanto, la cuestión con arreglo al citado artículo 13 es clara. O bien se arbitran medidas para facilitar el ejercicio en horario laboral, o se facilita el voto por correo”.

Y añade: “Ningún sentido tiene facilitar horas dentro del horario laboral, si se dispone de horas libres en ese mismo día, puesto que ese no es el espíritu y finalidad de la norma citada, que pretende facilitar el derecho al voto, no establecer un permiso de cuatro horas en un día de prestación de servicios”.

Los funcionarios de prisiones se quejan de que, pese que ambos se acogen a lo que dice la Delegación de Gobierno en Madrid, aunque en escritos distintos, la resolución que utilizan los trabajadores para defenderse es más reciente y, además, es específica sobre este caso. También de que, aún así, la dirección General de Prisiones no cambiase de opinión.

«Hay que tener en cuenta la lejanía de la mayoría de centros penitenciarios respecto a los núcleos urbanos como las prisiones de Estremera o de Soto del Real», denunciaba CCOO ante este hecho. «El personal penitenciario no suele estar empadronado en la misma localidad donde están ubicados», añadían.

¿Y ahora qué?

Los trabajadores públicos de los centros penitenciarios de Madrid no pudieron, finalmente, acudir a votar en su horario laboral en las elecciones del pasado 4M. Según explican desde el CSIF, por este motivo los funcionarios van a interponer una denuncia contra el subdirector general de recursos humanos y otras a los directores de los centros.

Fuentes